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¿Quiénes podrán fotocopiar libros a partir de la aprobación de la nueva ley?

El Senado aprobó por unanimidad este miércoles el proyecto que despenaliza la reproducción de textos
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13 de abril de 2016 a las 19:30

La Cámara de Senadores aprobó este miércoles el proyecto de ley impulsado por la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay (FEUU) que pretende despenalizar la reproducción de textos, cuando su fin sea educativo, para uso personal y sin fines de lucro.

Desde 1937 y con una modificación en 2003, la Ley 9.739 prohíbe reproducir, por cualquier medio o procedimiento "una obra, interpretación, fonograma o emisión, sin la autorización escrita de su respectivo titular", aunque fuera sin ánimo de lucro o de causar perjuicio. Y prevé para ello una sanción de entre 10 UR, unos $9 mil, y 1.500 UR, $ 1.350.765 (a valores actuales).

De esa forma, una práctica usual sobre todo entre los estudiantes de distintas facultades, como es fotocopiar los libros de estudio, se considera ilícita y pasible de sanciones. Es decir que "son ilegales todas las formas para acceder a los materiales salvo ir a comprar", explicó a El Observador el integrante de la mesa ejecutiva de la FEUU, Marcio Mañana. Eso cambiará a partir del proyecto aprobado en la Cámara de Senadores. El proyecto ahora pasará para su discusión a Diputados.

¿Qué cambia en los derechos de autor y quiénes pueden hacer uso de esta posibilidad?

Con la aprobación de este proyecto -presentado en 2013-, imprimir, descargar archivos, fotocopiar o hacer un compilado de varias obras dejará de ser ilegal, siempre y cuando sea para estudiar, con fines personales y sin que medie el lucro.

"Es lícita la reproducción por cualquier medio, de una obra o prestación protegida, ordenada y obtenida por una persona física, en un solo ejemplar para su uso personal y sin fines de lucro, no requiriendo autorización del autor o titular", dice el texto del proyecto.

Esto incluye los materiales de estudio a los que los estudiantes acceden a través de la plataforma virtual Eva de la Universidad.

También se permite reproducir obras de arquitectura a través de fotos, video y publicarlas en diarios, revistas, y libros con fines educativos.

La ley establece por otra parte que "se considera lícita la reproducción, distribución y comunicación pública para fines de enseñanza y aprendizaje, de parte de una obra publicada o íntegramente si su breve extensión o naturaleza lo justifican" y "siempre que se destine exclusivamente a la actividad educativa en establecimientos de enseñanza".

No debe haber intención de obtener una ventaja comercial o económica y debe incluirse tanto el nombre del autor como de la fuente. En esos casos, no será necesario tener autorización del autor ni pagar una remuneración.

"Lo principal es el poder generar la posibilidad de que los estudiantes hagan reproducciones de materiales de estudio con fines educativos", dijo Mañana a El Observador, y ejemplificó que conoce casos de estudiantes que en lo que va del semestre, tres semanas, debieron gastar $6.000 en materiales de estudio.

Más de la mitad estudia con fotocopias

Según cifras de un estudio realizado por el Proyecto Latin en 2012 y que difundió la FEUU, 40% de los estudiantes de la Universidad de la República (Udelar) no pueden "acceder a textos obligatorios" y un tercio dijo no tener acceso a "algunos de los textos fundamentales". Además, 66% de los estudiantes utilizan fotocopias sueltas de capítulos de libros, poco más de la mitad (58%) libros enteros fotocopiados.

El tema se puso sobre la mesa en octubre de 2013, cuando 14 personas que tenían a su cargo centros de fotocopiado Galería Montecarlo, ubicada al costado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, fueron procesadas sin prisión. La denuncia fue presentada entonces por la Fundación de Cultura Universitaria (FCU), quien alegaba la violación de los derechos de autor.

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