La Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA) informó a la Fiscalía General de la Nación que a partir de enero se producirá una disminución del número de cupos para que delincuentes realicen tareas comunitarias. Si bien el organismo no pidió formalmente a los fiscales que eviten solicitar esta medida cuando fijen una libertad vigilada o una suspensión condicional del proceso, dos opciones que permiten evitar la prisión a cambio de cumplir con una serie de pautas, varios fiscales consultados por El Observador lo interpretaron de esa forma.
La razón de esta baja es que buena parte de los 40 acuerdos que el organismo tiene con instituciones que requieren de la tarea de personas en conflicto con la ley son liceos, locales de UTU y escuelas, y todas cierran durante la temporada de verano.
En enero se produce “un cuello de botella”, que obliga a derivar a las personas a las que se les fijó la realización de una tarea comunitaria a las otras instituciones que tienen acuerdo con la OSLA, es decir centros de salud o Intendencias, señaló una fuente del Ministerio del Interior a El Observador. Por el momento, el organismo no tiene acuerdos con empresas privadas ya que el equipo que está trabajando en la búsqueda de convenios comenzó hace tres meses. En ocasiones anteriores no hubo empresas interesadas en recibir delincuentes.
El trabajo comunitario es una de las alternativas que se fijan cuando los fiscales acuerdan con los imputados una suspensión condicional del proceso, es decir cuando se decide poner en pausa la persecución penal de un delito durante un período determinado a cambio de que cumplan una condición. Si el infractor respeta el acuerdo podrá impedir que le quede un antecedente penal. Esta forma de resolver los conflictos judiciales se aplica únicamente con personas sin antecedentes y que hayan cometidos delitos cuya pena mínima sea inferior a los tres años.
También se puede aplicar la obligatoriedad de realizar trabajo comunitario cuando se condena a una persona que cometió un delito a cumplir una libertad vigilada. Este instituto se aplica solo para personas sin antecedentes y cuya pena mínima sea de tres años, o entre tres y cinco (cuando se trata de una libertad vigilada intensiva). En el caso de la libertad vigilada la persona queda con antecedentes penales por más que cumpla con el trabajo.
El fiscal de flagrancia, Carlos Negro, dijo a El Observador que estaba al tanto de la disminución de los cupos y que ante esta situación se deberá buscar otras medidas para los imputados. De todas maneras, dijo que “el sistema no se cae” por esta carencia, ya que el trabajo comunitario se ordena solo en aquellos casos donde se evalúa que tiene sentido que se aplique una medida de este tipo. En casos de personas con adicciones, o con algún tipo de imposibilidad de realizar este tipo de trabajo, por ejemplo, no es aconsejable.
“La tarea comunitaria es una medida que tiende a la protección de la sociedad toda. Es una forma de retribuir a la sociedad por el daño que se hizo a partir del delito y permite cierta resocialización y reeducación del imputado al trabajar para la comunidad a la que agredió”, señaló Negro.
OSLA está trabajando para que se incorporen más cupos de trabajo, pero además para que las tareas que se realicen sean más variadas. Actualmente la mayoría supone trabajos de mantenimiento o barrido, que exigen muy poca preparación.
El fiscal de flagrancia, Leonardo Morales, dijo que los abogados de oficio suelen rechazar la propuesta de realizar trabajo comunitario porque en ocasiones la OSLA tiene tan pocos cupos que los imputados deben quedar en una cola de espera para poder cumplir con sus condenas o condiciones fijadas por la suspensión del proceso.
Por esta razón, la medida que más se solicita es la de presentarse en la comisaría, la de no acercarse a una víctima, la de cumplir un arresto domiciliario o la de realizar un tratamiento de drogas. En este último caso, se busca que la persona manifieste su voluntad de dejar las drogas y una contención familiar que reduzca las posibilidades de un incumplimiento por abandonar un programa de desintoxicación.
La oficina encaragada de hacer seguimiento a este tipo de tratamientos desde la puesta en marcha del nuevo Código del Proceso Penal es la OSLA. En Montevideo a las personas se las suele derivar al Dispositivo Ciudadela o al Portal Amarillo, dos instituciones que reciben adictos. Sin embargo, en el interior no hay opciones por lo que esta medida se debe descartar.
La fiscal de flagrancia, Brenda Puppo, dijo a El Observador que no suele pedir la realización de trabajo comunitario, porque se trata de poner condiciones que las personas puedan cumplir. En su caso suele apelar a la obligación de presentarse a la comisaría. “Yo a veces les marco que se queden dos horas sentados en la comisaría para que les moleste un poco más”, explicó.
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá