El nuevo Código General del Proceso (CGP) parece guardar más de una incógnita sobre los alcances de su aplicación en los bienes que pueden ser embargados por la Justicia. Ya el diputado blanco Jorge Gandini había advertido que la norma deja al alcance de los acreedores los salarios de las personas endeudadas cuyos haberes sean depositados en cuentas bancarias.
Ahora, el especialista en derecho procesal Santiago Pereira Campos señala que una de las reformas más polémicas que se introducen al CGP es la que refiere al concepto y alcance del “embargo genérico”, ya que se presta para más de una interpretación.
En la redacción anterior de la norma, el embargo genérico comprendía “los bienes presentes y futuros del embargado de naturaleza inmueble, naves, aeronaves, automotores y la universalidad conocida como establecimiento comercial”, según el texto. En este último caso, no comprende los bienes concretos que integran esta universalidad, que deberán ser objeto de embargos específicos. “Se trataba de un elenco cerrado de bienes comprendidos en el embargo genérico”, observó Pereira Campos.
Pero en la nueva redacción del CGP se establece que “el embargo genérico comprenderá los bienes presentes y futuros registrables del embargado y, en caso de universalidades, los bienes concretos que las integran deberán ser objeto de embargos especificos”, dice la ley que entró a regir la semana pasada.
Pereira Campos –quien es consejero del Centro de Estudios de Justicia de las Américas de la OEA– precisó que ante esta nueva redacción “el punto central es discernir qué debe entenderse por bienes registrables”. “La expresión es muy amplia porque no se limita a los registros públicos y, además, no define qué tipo de registros son los que quedarían comprendidos”, dijo.
En ese sentido, en una primera interpretación literal de la norma podría sostenerse que basta que el bien sea “registrable”, ya que la ley no realiza ninguna clase de distinción. “En ese supuesto no importaría el tipo de registro sino tan solo que el bien sea objeto de registro público o privado. En esta categoría entrarían los registros públicos todos y los registros privados de bienes de cualquier naturaleza”, sostuvo Pereira Campos. Y agregó: “No nos parece que esta sea la interpretación razonable de la norma, atendiendo a la necesaria seguridad jurídica que el sistema de transferencia de bienes debe otorgar a los enajenantes y adquirentes. Una extensión de tal naturaleza del concepto de embargo genérico generaría enormes dificultades en la comercialización de los bienes”.
El especialista señaló además que la redacción del nuevo CGP establece que a partir de su entrada en vigencia las modificaciones serán “de aplicación inmediata, incluso a los procesos en trámite”, agregando que “los embargos genéricos inscriptos antes de la entrada en vigencia de esta ley tendrán el alcance dispuesto por la nueva redacción dada al artículo 380, salvo en el caso de los actos realizados con información registral anterior a la vigencia de esta ley”. La norma exceptúa la aplicación retroactiva del nuevo alcance del embargo genérico “en el caso de los actos realizados con información registral anterior a la vigencia” de la ley aprobada por el Parlamento
Y aquí, según Pereira Campos, surge uno de los mayores inconvenientes. “Si por ‘información registral’ se comprende haber solicitado al momento de vender el bien información al registro para acreditar que el enajenante no estaba embargado genéricamente, en nuestra opinión la ley en su alcance retroactivo sería no solo muy inconveniente, sino incluso podría ser inconstitucional afectando derechos adquiridos y sancionando a quien actuó en el marco de lo que la ley le habilitaba a hacer”, dijo. “En ningún caso la ley puede imponer al adquirente en forma retroactiva una carga que no tenía oportunamente”, agregó. l