Continúa el diferendo entre el Estado uruguayo y el empresario Alfredo Etchegaray por los créditos o lucros de los objetos obtenidos en la expedición de rescate realizada al coracero Admiral Graf Spee, hundido en aguas del Rio de la Plata a comienzos de la segunda guerra mundial, luego de la feroz batalla que tuvo el 13 de diciembre de 1939 contra los barcos británicos Ajax, Aquiles, y Exeter.
Frente a esta nueva acción judicial, Etchegaray habló con El Observador.
"En realidad fue una batalla frente a las costas de Rocha, afuera del Río de la Plata. Pasaron por Punta del Este, Montevideo. 1939, primera gran batalla naval. Durante casi 84 años estas piezas estuvieron bajo el agua. En 1939, los ingleses mandaron buzos, murieron los dos buzos con sus escafandras. Después Alemania vendió el Graf Spee a un ciudadano uruguayo Julio Vega Helguera. Investigué en los archivos en el Public Record Office de Londres (Oficina de Registro Público), y luego en la década del ochenta, Uruguay emite una ley por la cual hace contratos con privados, pero antes les avisa a todas las embajadas por si tenían interés en algún barco".
"Fue un rescate muy complejo, con hierros retorcidos, con torpedos activos en la proa, porque en la popa fue la parte que explotó y fueron décadas de trabajo. Aquí estamos hablando de la necesidad de que el estado simplemente cumpla con la Constitución, el derecho a la justa compensación, Ya que son los proyectos de la gente, de todos de ustedes los que hacen crecer un país".
Sobre la nueva instancia judicial que determinaría llevar este caso a una corte internacional, Etchegaray explicó: "Hubo varios procesos, fallos a favor, fallos en contra y luego ahora iniciamos una nueva etapa con reclamaciones de muy alto valor por la violación de los derechos básicos consagrados en nuestra Constitución. Por ejemplo, el artículo número 24 donde el Estado es responsable, por los daños que produce en los particulares por sus acciones. Por suerte además, tenemos tratados internacionales, que si el estado nuevamente continúa incumpliendo y los fallos judiciales pudieran ser contrarios, porque fueron varios procesos, allí actúan los tratados internacionales que Uruguay estaría incumpliendo".
Artículo 24 de la Constitución Nacional
El Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y, en general, todo órgano del Estado, serán civilmente responsables del daño causado a terceros, en la ejecución de los servicios públicos, confiados a su gestión o dirección.