7 de junio de 2012 18:44 hs

El diputado Jorge Gandini (Alianza Nacional) presentó un proyecto de ley en nombre de su sector para modificar el Código de la Niñez y la Adolescencia de modo de endurecer las penas que se les aplican a los menores infractores.
La próxima semana el parlamentario blanco se reunirá con su colega frenteamplista Julio Bango para poner esta iniciativa en conocimiento del oficialismo. “Estas modificaciones se inspiran en nuevas realidades constatadas en el entramado social; y en la necesidad de proteger al conjunto de la población, resguardando al adolescente que cae en conflicto con la Ley al disponer la privación de libertad como principal opción para su reinserción”, señaló Gandini

El proyecto establece, entre otras cosas, que para el caso de que se configuren infracciones gravísimas (homicidio, rapiña, violación, secuestro, tráfico de estupefacientes y otras) el Juez “deberá obligatoriamente disponer la privación de libertad como la única medida de carácter socioeducativa. En estos casos el mínimo de internación será de 12 meses, y el Juez en ningún caso podrá disponer del cese de la medida (es decir su libertad), antes que se cumplan los 2/3 de la pena, al igual que en el Código Penal”

Además, se agrega a las potestades del Juez al fijar sentencia la posibilidad de considerar agravantes –dado que hoy solo puede considerar eximentes y atenuantes. El Juez también estará obligado a disponer en cualquier caso la privación de libertad cuando los padres o responsables del menor infractor no tengan las condiciones necesarias para hacer cumplir las medidas socioeducativas que le encomienda el Juez o tengan antecedentes penales.

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Asimismo, cuando los menores sean derivados a sus responsables, el incumplimiento de los deberes encomendados a estos por el Juez, se considerará omisión a los deberes inherentes a la patria potestad, y su consecuencia podrá ser la pérdida de la misma. Asimismo, la reiteración de infracciones cometidas por el adolescente, que hayan sido castigadas con medidas no privativas de libertad, deben ser sustituidas por el Juez por la internación, al igual que la reiteración en la tentativa y complicidad de hurto, que actualmente siempre se castiga con medidas no privativas de libertad.


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