La amnistía aprobada por el parlamento venezolano no puede incluir a los crímenes de lesa humanidad, dijo este miércoles Carlos Vecchio, encargado de negocios de Venezuela ante Estados Unidos asignado por Juan Guaidó.
"Crímenes de lesa humanidad no pueden ser contemplados en los esquemas de amnistía del Sistema Interamericano", afirmó Vecchio, en un momento en que Guaidó, jefe del parlamento que declaró usurpador al mandatario Nicolás Maduro, insiste en ofrecer una amnistía a los militares que colaboren con una transición.
La Ley de Amnistía fue ofrecida por Guaidó, autoproclamado presidente interino de ese país. La norma, que pretende facilitar "una transición política" que ponga fin al gobierno de Nicolás Maduro, es una herramienta que los políticos venezolanos proponen y usan con regularidad para reencauzar la vida institucional del país.
Sin embargo, la gran diferencia que presentó la iniciativa que salió a la luz la semana pasada es que apunta a que militares y policías -el sostén real del chavismo- no teman en dejar de respaldar al gobierno. El documento fue entregado a estos funcionarios el domingo pero hubo quienes lo rompieron o quemaron, en señal de apoyo Maduro.
La norma estipula la amnistía para todos los civiles, militares y demás funcionarios identificados como presos, perseguidos y exiliados políticos por hechos cometidos desde el 1 de enero de 1999 (poco antes de asumir por primera vez la presidencia el fallecido Hugo Chávez) hasta la entrada en vigencia de la ley.
Por otra parte, detalla que con la amnistía se produce "la extinción de la responsabilidad civil, penal, administrativa, disciplinaria, o tributaria, mediante la finalización definitiva de las investigaciones, procesos, procedimientos, penas o sanciones y de todos sus efectos que se han producido en general desde el 1° de enero de 1999".
Promete además amnistía "y otras garantías" a "civiles y militares que contribuyan a la defensa de la Constitución como deber establecido en los artículos 333 y 350 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela".
No detalla, sin embargo, de qué forma deberán "colaborar" los funcionarios civiles o militares para poder disfrutar de los beneficios.
Finalmente refiere a que las "solicitudes de aplicación" de la ley deberán ser presentadas ante los tribunales penales ordinarios y militares. Advierte que los funcionarios judiciales "que se nieguen a dar cumplimiento en lo establecido en la presente ley, serán sancionados".
El antecedente más reciente data de 2016, cuando la oposición planteó un proyecto similar para liberar a los presos políticos. Sin embargo, y a pesar de haber sido aprobada por la Asamblea General, el rechazo del presidente venezolano Nicolás Maduro no dio lugar a que se promulgue dicha norma.
En aquella ocasión el foco se encontraba en la anulación de las condenas de presos políticos, entre los que se excluía a aquellos que hubieran cometido crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad, a diferencia de la actual reglamentación que no hace esta especificación.
Además, luego de aprobarla, la Asamblea General delegaba el resto del trabajo al Poder Ejecutivo, reconociendo a Nicolás Maduro como el encargado de promulgar la ley. Esto en el actual proyecto no ocurre "debido al régimen de facto que impera en Venezuela", según afirma la oposición en el documento de la norma.
Finalmente, los proyectos de ley de amnistía de 2016 y el reciente, coinciden en considerar los hechos que fueron cometidos desde el 1° de enero de 1999, un mes antes de que comenzara la presidencia de Hugo Chávez, para otorgar la amnistía.
Fuentes: AFP y El Observador
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá