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Cancillería advirtió que sentencia del caso María viola el derecho internacional

La sentencia judicial establece una "intervención policial" al consulado que desconoce lo establecido en la Convención de Viena de 1963
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03 de octubre de 2019 a las 19:34

El Ministerio de Relaciones Exteriores emitió un comunicado donde advirtió que el numeral 5 de la sentencia con la que la Justicia española resolvió este martes quitar a la uruguaya María la tenencia de su hija y dejar al padre a cargo de la menor, viola el derecho internacional consagrado específicamente en la Convención de Viena de 1963 sobre relaciones consulares.

El numeral 5 del fallo judicial establece que la madre debe entregar a su hija al padre en la sede del Consulado de Uruguay en Barcelona este viernes a las 10 horas y el titular del Consulado (u otra persona que lo represente) debe entregar a la menor al padre a las 11 horas del mismo día. Para asegurarse que ese procedimiento tenga lugar, la Justicia española solicitó que exista una "intervención policial".

Es este último punto (la intervención policial) el que genera polémica y, según el gobierno uruguayo, viola el derecho internacional. El comunicado de Cancillería señaló que la sentencia desconoce la "inviolabilidad de los locales consulares" establecida en el artículo 31 de la Convención de Viena así como también la "inviolabilidad personal de los funcionarios consulares" establecida en el artículo 41 y la "inmunidad de jurisdicción" previstos en el artículo 43. Para el gobierno esto es "una extralimitación grave".

"Ante esta situación, el Ministerio de Relaciones Exteriores instruyó a la Embajada de la República en España y al Consulado General de la República en Barcelona a establecer contacto con las autoridades españolas competentes, a efectos de manifestar la preocupación ante una sentencia improcedente, de conformidad con el Derecho Internacional, exhortando a dichas autoridades a que la resolución de la situación se lleve a cabo atendiendo al interés superior de la niña", señaló el texto.

El martes 24 de setiembre, durante la audiencia judicial, los fiscales del caso desestimaron las pruebas realizadas por la Justicia uruguaya y catalogaron el informe del INAU como una injerencia a la Justicia española.

María y su hija residían en España desde junio de 2018 por orden de la Justicia Uruguaya.

En tanto, la Justicia española archivó la denuncia contra el padre de la niña y la jueza determinó visitas vigiladas, conocidas como puntos de encuentro. En nueve de 10 ocasiones la niña se negó a la posibilidad de ver a su padre y se descompuso, según confirmó Andrea Tuana, directora de la ONG El Paso.

Luego de que no se lograra recomponer el vínculo entre la niña y el padre, la abogada del padre planteó que María tiene un trastorno mental y que la niña corre riesgos graves de estar cerca de la madre, según dijo Tuana a El Observador.

El pedido de la abogada también planteó que se le quitara la tenencia a la madre y que el cuidado de la niña pasara a ser del padre. 

Según comunicó Tuana a El Observador, los fiscales y el abogado defensor del padre determinaron que se le hiciera una pericia a María, ya que la defensa del denunciado planteó durante las audiencias que María tenía un trastorno mental.

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