El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno confirmó el procesamiento sin prisión por homicidio culposo al dueño de un local de fiestas y una animadora en el que en diciembre de 2016 murió un niño de cinco años en un inflable mientras estaba en un cumpleaños infantil. En segunda instancia, la Justicia confirmó también el procesamiento del hermano del dueño del local que, según comprobaron, “manipuló filmaciones para evitar perjuicios” al local, los empleados y su hermano.
A los tres se les impuso como medida sustitutiva la obligación de presentarse una vez por semana en la seccional policial más cercana a su casa durante tres meses.
A su vez, el tribunal rechazó la apelación de la fiscal Gabriela Fosatti por el que pedía también el procesamiento de los padres del niño que festejaba su cumpleaños por considerarlos responsables del cuidado de los invitados menores de edad. En cambio, para el tribunal la responsabilidad de los padres que contratan un local de fiestas para festejar el cumpleaños de un hijo disminuye en comparación a la que le toca a los propietarios del lugar.
“En el caso corresponde a los profesionales asumir las obligaciones de cuidado, a partir del momento en que los niños arriban al local. Siendo una empresa comercial que se dedica a ello las exigencias respecto a los deberes de cuidado son necesariamente mayores que las de un particular”, indica el fallo al que accedió El Observador. De todos modos, reconocen que en cualquier caso –fiesta en una casa o en un salón- “se requiere una diligencia media que impone exigencias tales como el cuidado de los niños en diversos aspectos que guardan relación con sus actividades en dichas reuniones sociales”.
El papá de Luciano, el niño que murió, lo dejó en el cumpleaños de un compañero sobre la hora 19.30 del 9 de diciembre. Cuando el cumpleaños terminó, su papá lo fue a buscar y el pequeño no aparecía. Minutos después fue encontrado dentro de un inflable que había sido arrollado y pese a los esfuerzos por reanimarlo, murió.
Luego de más de un año de investigación, el juez Tabaré Erramuspe falló a principios de noviembre del año pasado y consideró que fueron responsables el dueño del local de fiestas y la animadora que estaba al cuidado de los niños, porque “por omisión impropia quebrantaron el rol que habían asumido”.
Erramuspe agregó que el hecho de que el padre de Luciano no haya comunicado al dejarlo en el cumpleaños que su hijo padecía epilepsia no cambia "el exigible cuidado a la organización y a los integrantes de esta".
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá