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Polémica en la Justicia por las pruebas de un caso de abuso sexual: juez absolvió al acusado pero el tribunal lo condenó

Finalmente la Justicia condenó a la pena de tres años a un hombre por haber abusado sexualmente de una adolescente bajo un puente en el barrio Conciliación
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06 de abril de 2023 a las 05:04

La adolescente que denunció haber sido abusada sexualmente bajo un puente en el barrio Conciliación conocía a uno de sus agresores de vista. Se trataba de una persona prácticamente indigente que deambulaba siempre cerca de ese puente y a quien se había cruzado varias veces en los últimos dos meses. Cuando la interrogaron y le preguntaron si le había visto bien la cara, ella contestó que sí. Eran las cinco de la tarde y fue a plena luz del día. Ella no tenía dudas. Sin embargo, no sabía su nombre ni había cruzado palabra con él hasta el día del hecho. Por eso, salió a averiguar por el barrio el nombre y lo denunció en la Justicia.

La fiscal del caso, Mariana Alfaro, entendió que no correspondía hacer una rueda de reconocimiento, aunque fuera a través de un vidrio espejado. Lo consideró "una prueba innecesaria en los casos en que la víctima identifica a su agresor, como en el caso ocurre".

La defensa del acusado argumentó que no era él quien había abusado de la adolescente sino que ella lo estaba confundiendo. Se basó en que, según relató ella y varios familiares, después del hecho el acusado se sentaba en un banco frente a su casa y miraba en esa dirección. 

Además, llevó varios testigos –amigos y allegados de él– que contaban que el padre de la adolescente lo había amedrentado y que había dejado el barrio inmediatamente. De hecho, cuando la Policía lo detuvo, él informó que su domicilio estaba en otro barrio. 

Inmediatamente después de sucedido el crimen, la adolescente le contó a su familia quién la había abusado, y les dijo que era el muchacho, al que veían seguido y que, al menos su madre, también lo ubicaba. Según relató, tiempo antes iban caminando juntas y él la había llamado para que se acercara pero cuando la mujer se acercó, el hombre se escondió. La madre de la víctima declaró haberlo visto varias veces.

Con los elementos a la vista, el juez suplente José Luis Nicola, entendió que no existía certeza suficiente de que el acusado por la Fiscalía hubiera sido el abusador, cuestionó que la Fiscalía no haya pedido la rueda de reconocimiento (cuando le muestran a la víctima a varios posibles agresores) y dado que quien acusa es quien tiene que probar la culpabilidad, lo absolvió. 

"Su testimonio no ha sido corroborado por un reconocimiento judicial del acusado, a pesar de que la teoría de la defensa hacía hincapié en que se produjo un caso de confusión de identidades, que su solitaria versión (la de la víctima) no logró despejar", indicó en su sentencia. Ello se basa, en primer término, en el "escaso conocimiento" que tenía del agresor. Para fundamentarlo, citó un pasaje de la declaración de la adolescente, que decía que lo conocía "solamente de vista" y que lo había visto algunas veces "cuando volvía de estudiar": 

También recordó que, según su versión, él se sentaba frente a su casa y miraba para adentro. Eso "no se condice con las declaraciones de los testigos de la defensa, que sostienen que el acusado se tuvo que ir del barrio por razones de seguridad, porque tenía temor debido a una amenaza que habría sufrido de parte de un hermano de la víctima", alegó. Tampoco con el parte policial de quien lo detuvo, en donde constaba otro domicilio. 

La Fiscalía apeló porque entendía que el juez Nicola había valorado mal la prueba y que en su investigación había quedado plenamente probado que era el acusado quien había abusado de la adolescente. La discusión en el tribunal tampoco fue fácil, y la sentencia salió por voto dividido. 

Los ministros Alberto Reyes y Sergio Torres votaron a favor de condenarlo. Graciela Eustachio, por absolverlo. Ante el voto dividido, convocaron a una ministra de otro tribunal –Gabriela Merialdo– para que diera su parecer. Se ciñó a lo expuesto por Reyes y Torres, por lo que el acusado terminó condenado a tres años de prisión por un delito de abuso sexual agravado. 

"Ni persuade ni convence": los argumentos de los ministros que condenaron

Para Merialdo, Reyes y Torres, el señalamiento de la víctima al acusado resultó corroborado por la declaración de su hermano y su madre, quienes declararon que ella les contó que la había abusado "este muchacho", refiriéndose al acusado. La adolescente dijo haberlo visto antes del ataque y también lo vio después. Incluso lo había visto junto a su madre, cuando él las llamó. 

"En este contexto, si algo no puede ponerse en tela de juicio es que la presencia de AA en el barrio indudablemente captó la atención de la joven", indicaron los ministros. 

A su vez, criticaron que la defensa del acusado haya querido deslizar que el agresor fuera otra persona. "Lo primero que llama la atención cuando se pondera la prueba de descargo, es la parquedad o vaguedad y la ya señalada falta de espontaneidad con la que algunos deponentes se expresan en relación con la presencia de un desconocido con rasgos similares al acusado. A través de lo cual se infiere, o más bien sugiere, sería la persona que luego vio la joven y con la cual pudo confundirse", sostuvieron.

Recordaron que varios amigos o allegados del acusado declararon que "había una persona de iguales características", que "vive atrás de la placita" y que "el puente y la placita está todo junto". De esa forma, sugerían que podía ser esa persona parecida quien había cometido la agresión. 

"Tal especulación lo que en realidad evidencia es un intento de construir una hipótesis alternativa, que por carecer de base concreta y real, ni persuade ni convence", valoraron los ministros. 

Por otra parte, manifestaron que el argumento de que no era él quien se apostaba frente a la casa de la víctima por vivir en otro barrio no es creíble. Incluso viviendo en otro barrio, podría trasladarse hasta allí y quedarse mirando por horas. 

En definitiva, expresaron que no hay argumentos válidos para dudar de la identificación de la víctima. "De su relato emerge que pudo visualizar con absoluta claridad el rostro de un individuo que ya conocía por verlo de manera cotidiana, que la abordó por un tiempo apreciable, todo lo cual le permitió retener con seguridad sus rasgos principales", explicaron. 

"Es carga de la Fiscalía probarlo": los argumentos de la ministra que pidió la absolución

La ministra Eustachio recordó que "es carga del titular de la acción penal (la Fiscalía) probar que el imputado se encontraba en el lugar del hecho y que participó en el mismo".

Hizo hincapié en que "la única identificación que realiza la víctima es que era un sujeto de 'campera marrón' y que 'vivía con unos de ahí'", refiriéndose a un lavadero en donde, según el hombre, no vivía desde un mes y medio antes del ataque. Eustachio consideró que la Fiscalía nunca probó lo contrario. 

"Debe tenerse presente que en el momento del hecho no lo identificó por ningún nombre y a las personas que les contó (novio, hermano y a la madre) tampoco les mencionó de quien se trataba", argumentó la ministra que terminó mostrando su disconformidad en minoría.

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