Opinión > Editorial

Doce hombres en pugna

Instalación de un jurado enfrenta complejas dificultades prácticas y estructurales
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27 de septiembre de 2017 a las 05:00
La idea de restablecer los juicios con jurado es una lógica extensión natural del sistema acusatorio que entrará a regir en noviembre bajo el nuevo Código del Proceso Penal (CPP). El Fiscal de Corte, Jorge Díaz, otros fiscales y varios penalistas han señalado la pertinencia de que se restablezca esa práctica, suspendida en Uruguay hace casi 80 años por un escándalo judicial. Completaría la modernización del sistema penal alcanzada con el CPP. En vez del vetusto y enredado sistema inquisitorio vigente, que nos ha generado censura de Naciones Unidas, los juicios serán ahora orales y públicos, con un fiscal que acusa, un abogado que defiende y un juez que falla.

Pero complementarlo con la instalación de un jurado de personas no vinculadas a la estructura judicial, para que evalúen el desarrollo del juicio y declaren a un acusado culpable o inocente, enfrenta complejas dificultades prácticas y estructurales que lo convierten en una meta deseable pero a largo plazo. Un obstáculo es el ritmo cansino a que se mueve cualquier reforma importante en nuestro país. El CPP tuvo una trabajosa gestación de casi una década, desde que una comisión de expertos empezó a redactarlo hasta que, luego de demoras y descuidos gubernamentales y parlamentarios, se confirmó su cercano nacimiento. Pero entra en vigencia con muchas incertidumbres, tanto sobre la adecuación de espacios físicos como sobre la adaptación de magistrados, defensores y funcionarios a un cambio drástico.

La demora en implementar el CPP anticipa igual lentitud en estudiar y discutir sobre la conveniencia y factibilidad de volver a tener jurados. Los problemas vienen por varios lados. Uno es el costo adicional que conllevaría solventar el alojamiento y otros gastos de 12 personas, que deben permanecer aisladas durante la duración del juicio para evitar presiones y hasta sobornos. Otro es que ese aislamiento obliga a los jurados a abandonar totalmente durante ese tiempo a sus familias, sus trabajos y toda otra obligación que no sea asistir a las audiencias y finalmente emitir su fallo.
La utilidad del sistema de jurados depende, obviamente, de que el nivel intelectual y de formación educacional de sus integrantes los habilite para sopesar, en forma responsable y objetiva, sin prejuicios ni opiniones preconcebidas, las pruebas y argumentos del fiscal y el defensor. La actual formación general de gran parte de la población anticipa el cumplimiento cabal de esos requisitos. Fue precisamente su ausencia lo que determinó que se abandonara el recurso a jurados en 1938, en el sonado caso de La Ternera. El acaudalado dueño de esa estancia, José Saravia, había sido encarcelado, junto con otras personas, después de hallárselo culpable del asesinato de su esposa. Pero fue absuelto años más tarde por un jurado en medio de sospechas de que sus integrantes habían sido sobornados.

Ese riesgo es mucho menor en la actualidad, por la formación de los jurados y las garantías en procedimientos. Incluso el fiscal y el defensor, en un proceso selectivo previo al juicio, tienen la opción de recusar candidatos que no consideren confiables. Pero la incorporación de jurados al nuevo sistema acusatorio es por ahora solo un proyecto útil que inicia el proceso de discusión, con la perspectiva de que lleve bastante tiempo hasta que se acuerde y pueda implementarse.

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