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El desafuero del diputado Placeres

Ante el fallo judicial y por el bien de la democracia, el Frente Amplio debe apoyar el pedido de desafuero
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06 de mayo de 2019 a las 05:01

Por el bien de la democracia y la salud de nuestro estado de Derecho, el gobernante Frente Amplio no debería temblarle el pulso y apoyar el pedido de desafuero al diputado oficialista Daniel Placeres, por parte de un fiscal de Crimen Organizado que tiene la convicción de que en principio este legislador es responsable del delito penal por la conjunción del interés personal y público.

No estamos ante una resolución judicial contaminada de consideraciones políticas o ideológicas. Es un fallo de una unidad de la Fiscalía Especializada, un representante del Ministerio Público, que forma parte de la organización de nuestra Justicia independiente, que llegó a la conclusión de que Placeres, del Movimiento de Participación Popular (MPP), que lidera el expresidente José Mujica, podría haber violado el artículo 161 del Código Penal al tener un papel activo en la cooperativa “recuperada” Envidrio luego de ocupar una banca como diputado.

En su calidad de diputado, y estando íntimamente involucrado en la gestión de la mencionada cooperativa, sin que se supiera oficialmente, Placeres “promovió, fue informante y votó” una resolución y un proyecto de ley que favorecieron a Envidrio y a sus trabajadores. La actitud y posición del diputado frenteamplista contribuyó a una asistencia a Envidrio por US$ 1.645.091, dice el fiscal Luis Pacheco en su sentencia, luego de una profusa investigación en la que numerosos testigos confirman que el diputado Placeres tuvo un “rol de gestión y de conducción en múltiples áreas” de la cooperativa. Iba regularmente a la planta y era el interlocutor válido en asuntos laborales y de negocios.

En estas horas se han escuchado voces de apoyo a Placeres que lo defienden con el argumento de que no se benefició económicamente de su intervención legislativa en favor de Envidrio. Es una excusa que no resiste el menor análisis. Obviamente que hubiese sido una conducta más reprochable, prevista en el Código Penal, si tal extremo hubiese ocurrido.  Pero un acto de corrupción también puede ocurrir cuando las conductas de apartan del estado de Derecho. No importa las buenas intenciones, sino el respeto a la ley.

Sería un error con graves consecuencias para la salud de la democracia que el Frente Amplio no tuviera la misma actitud implacable que tuvo con casos de corrupción cuando era un partido opositor. La conclusión de la investigación judicial no responde a una maniobra del “neoliberalismo” ni a un “complot de la derecha”.

El diputado Placeres, según surge de la investigación rigurosa del fiscal, cometió las dos modalidades de delito de conjunción del interés personal y del público previstos en el artículo 161 del Código Penal: actuó a favor de una empresa en la que estaba íntimamente involucrado y no informó a la Cámara de tal conflicto de interés.

La virtud de la ley en un estado de Derecho se despliega con todo su potencial cuando está por encima de cualquier otro interés como el poder político o económico.

“El deber es la necesidad de una acción por respeto a la ley”, decía Kant. Y eso es lo que el Frente Amplio debería tener presente si no cumple con su deber de apoyar el desafuero de un diputado que prima facie infringió la ley y que tiene todas las garantías jurídicas que emanan del principio del debido proceso.

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