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29 de junio 2022 - 5:03hs

A dos meses que el Poder Ejecutivo sugiriera adelantar para julio el pago del correctivo por inflación en aquellos acuerdos donde originalmente el ajustes estaba pactado recién para julio de 2023 –al final de los convenios– gran parte ya tienen resolución.

En esta negociación estaban incluidas 83 mesas. Un relevamiento realizado por El Observador —que abarcó 60 de esos subgrupos— muestra que en 30 casos (50%) hubo acuerdo entre sindicato y empleadores para adelanta el pago del correctivo por inflación. En otros 21 casos (35%) no hubo acuerdo por negativa de los empleadores, en 8 se seguía negociando y en un caso se esperaba a tener el dato de inflación de junio para que se active una clausula de salvaguarda prevista de antemano.

De la letra de las actas se desprende que en la mayoría de los casos se pagará enteramente la diferencia entre los ajustes salariales otorgados en el año móvil (julio 2021-junio 2022) y la inflación observada en ese período. A modo de aproximación y tomando un caso general, si la inflación en el año móvil a junio terminara en 9,37%, el correctivo sería de aproximadamente 3,6%. Esto contemplando trabajadores privados que percibieron por concepto de inflación esperada 5,57% para todo el año móvil.

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Una variante está en la manera en que se abonarán. Hay casos en los que se prevé un solo pago junto con el próximo aumento salarial semestral, y en otros hasta en dos cuotas. Vale mencionar que cada convenio tiene sus particularidades por lo que la magnitud de la corrección tendrá diferencias.

Los que adelantan

Entre los rubros que adelantarán el pago hay rubros como repuestos automotores, importadores de almacén, ópticas, hoteles de alta rotatividad, pensiones, cadenas de comida, talleres de aviación, servicio de acompañantes, suministradoras de personal, empresas de limpieza, agencias de publicidad, estudios contables, sanitarias, y actividades rurales (ganadería, agricultura, tambos y actividades conexas).

En el rubro financiero las AFAP tendrán un correctivo que se pagará en dos cuotas (julio y enero de 2023 ), al igual que las compañías de seguros,  y en transporte de valores el correctivo será equivalente al 80% del IPC del período. Las casas de cambio tendrán una corrección por inflación pasada de 2% (1% en julio y 1% en enero 2023). Las empresas de servicios financieros abonarán un correctivo de 1,5% también dividió en dos cuotas.

Inés Guimaraens El salario real de los trabajadores privados acumula más de dos años de caída.

Dentro de la industria adelantarán el correctivo actividades como fábricas de  raciones, panificadoras industriales, confiterías,  catering industrial, descarga de pescado congelado, tejido de punto, curtiembres, derivados de petróleo y carbón, y látex.

Sin acuerdo

Por otra parte, no hubo acuerdo para anticipar el pago en casas de música,  librerías, casas de fotografía, casas dentales, droguerías, venta de motos y un grupo residual de comercio, así como en transporte de bebidas. Al igual que en inmobiliarias, estaciones de servicio, servicios 0900, tintorerías y comercio de productos médicos.

Tampoco en sectores de la pesca (captura, planta de procesamiento, criaderos y granjas marítimas); perfumerías, minería (extracción minerales metálicos,  piedras preciosas, alhajas) y vidrio.

Se sigue negociando en dos grupos del transporte de pasajeros (transporte interdepartamental y venta de pasajes), así como en TV abierta de Montevideo e interior. Y en la industria de la bebida el sector malterías negociará una vez esté el dato de inflación de julio. Una cláusula de salvaguarda dice que si  en los primeros 12 meses de vigencia del acuerdo la inflación superara el 7,87%, se podrá convocar al Consejo de Salarios para acordar adelantar el pago del correctivo.

Los que ya lo tienen

Hay otro grupo de mesas que ya  tienen incorporado un primer correctivo por inflación pasada para esta mitad de año porque en la negociación del año pasado no se plegaron al lineamiento oficial y acordaron por fuera. Es el caso de sectores como tiendas,  supermercados, artículos para el hogar, barracas de construcción, comercio minorista de la alimentación, y almacenes y autoservicios en cadena.
También lo tienen las trabajadoras de servicio doméstico, heladerías industriales, molinos de sal, molinos de trigo, molinos de café y té, licorerías, bebida, fábricas de fideos, industria frigorífica, industria de chacinado, talleres gráficos, metalúrgicos, autopartes, industria del plástico, forestación, hortifricultura, criaderos de aves y apicultura. En el caso de la enseñanza privada los correctivos son cada seis meses en caso de ser necesarios.
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