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El recurso de referéndum contra la ley trans

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20 de marzo de 2019 a las 16:33

El 26 de octubre de 2018 fue promulgada la Ley Integral para Personas Trans, más conocida como ley trans. Se trata de una ley totalmente impregnada por la “perspectiva de género”, una ideología muy radical que ignora varias verdades científicas:

1) La especie humana consta de sólo dos sexos: masculino y femenino.

2) El sexo masculino o femenino está determinado por condiciones biológicas innatas.

3) El sexo biológico es inmutable: en realidad no es posible cambiar de sexo, sino sólo ejercer violencia contra el cuerpo para hacer que se parezca al sexo opuesto.

La ley trans define a la “persona trans” como “la persona que se autopercibe o expresa un género distinto al sexo que le fuera asignado al momento del nacimiento, o bien un género no encuadrado en la clasificación binaria masculino femenino, independientemente de su edad y de acuerdo a su desarrollo evolutivo psicosexual”. Según la primera parte de esta definición, el sexo de una persona no es natural sino convencional (“asignado”). ¡Un profundo dislate!

La segunda parte de esta definición, además de los transexuales, podría incluir a muchos otros géneros: intersexuales, pansexuales, asexuales, queer, género fluido, etc.

La ley trans atenta gravemente contra la patria potestad, porque permite que los menores de edad, incluso sin la anuencia de sus padres, cambien su nombre y sexo en documentos identificatorios para adecuarlos a su “identidad de género” autopercibida o deseada y reciban tratamientos de hormonización “para adecuar su cuerpo a su identidad de género”. La autorización de los padres solo se requiere para “intervenciones quirúrgicas genitales irreversibles”.

La ley trans no es un hecho aislado, sino que forma parte de un plan de reingeniería social que incluye una educación sexual relativista, basada en la misma ideología de género. En el mundo, esta combinación de herramientas legales y educativas está aumentando mucho la cantidad de niños y adolescentes con disforia o confusión de género. Antes, la inmensa mayoría de los menores con confusión de género alcanzaba la armonía con su propio sexo biológico al crecer y madurar. Ahora, en Estados Unidos, Canadá, Reino Unido y otros países, dado que se considera prácticamente obligatorio que los padres y educadores apoyen cualquier expresión de deseo de cambio de género de parte de un menor, está aumentando exponencialmente la cantidad de casos que no se resuelven con una aceptación del propio sexo. Se está alentando a muchos menores a seguir un camino engañoso y con frecuencia autodestructivo.

Por supuesto, las personas trans tienen la misma dignidad humana y los mismos derechos que cualquier otro ser humano, pero los tienen por ser humanos, no por ser trans. De por sí la “transexualidad” no es una fuente de derechos. Sin embargo, la ley trans viola el principio constitucional de igualdad ante la ley, porque otorga a las personas trans, por el hecho de ser trans, derechos especiales y superiores a los de los demás ciudadanos, estableciendo cupos para personas trans en los puestos de trabajo del sector público y en las becas y apoyos estudiantiles, concediendo el régimen de beneficios de la Ley de Inversiones a las empresas que incorporen personas trans a su plantilla de personal, dando a las personas trans que cumplan determinadas condiciones una compensación mensual vitalicia de más de $ 11.000, etc. No es exagerado decir que la ley trans promueve la “transexualidad”.

Por último, la ley trans viola los derechos de los contribuyentes, al obligarlos a financiar con sus impuestos los tratamientos de hormonización y las intervenciones quirúrgicas requeridas para modificar los cuerpos de las personas trans en función de sus deseos; mientras a la vez el Estado uruguayo muchas veces se rehúsa a entregar medicamentos costosos a personas con cáncer u otras enfermedades graves, poniendo en riesgo sus vidas o incluso contribuyendo, por omisión de asistencia, a su muerte.

Por estas y otras razones de peso, la Comisión Nacional Pro Derogación Nacional de la Ley Trans, presidida por el precandidato nacionalista Carlos Iafigliola, está recogiendo firmas a favor de un referéndum contra la ley trans. El plazo para la presentación ante la Corte Electoral de las 56.000 firmas necesarias para poner en marcha la siguiente etapa (una votación no obligatoria en la que se necesitaría que al menos el 25 % de los ciudadanos habilitados para votar apoye el referéndum) terminará el 25 de marzo.

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