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Empieza a correr el reloj para aprobar la ley de urgente consideración

"En julio será ley", dijo el senador nacionalista Gustavo Penadés, y explicó que la comisión especial trabajará a partir de la semana que viene
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23 de abril de 2020 a las 14:05

Luego de meses con el tema en debate, el gobierno enviará finalmente este jueves a las 17 horas el proyecto de ley de urgente consideración, y activará el reloj para su aprobación en un máximo de 90 días. 

Pese a que en principio se entendía que el plazo perentorio regiría a partir del 5 de mayo, cuando se realizara la primera sesión ordinaria del Senado y se diera trámite al asunto, finalmente se definió que el reloj comenzará a correr a partir de este viernes. 

Así lo confirmó el senador nacionalista Gustavo Penadés, quien señaló que si bien otras leyes con plazos perentorios (como las de Presupuesto o Rendición de Cuentas) cuentan a partir del ingreso a la cámara, en el caso de los proyectos de urgente consideración el plazo corre al día siguiente de recibido por el Poder Legislativo. 

Los senadores de la coalición se reunieron este jueves con la vicepresidenta Beatriz Argimón para coordinar el trabajo del proyecto. A la salida del encuentro, Penadés dijo que la nueva interpretación salvaguarda a la futura ley de eventuales acciones de inconstitucionalidad por errores en su tratamiento.

"No queremos que nadie quiera presentar un recurso de inconstitucionalidad por la forma en que fue tratado el tema", agregó en declaraciones a radio Uruguay.

El coordinador de la bancada nacionalista dijo que "se aceleraron los plazos" y que por eso la comisión especial que tratará el proyecto "se instalará la semana que viene y no la otra" como estaba previsto originalmente. 

El artículo 168 de la Constitución establece que en los proyectos de urgente consideración "el plazo para la consideración por la primera cámara empezará a correr a partir del día siguiente al del recibo del proyecto por el Poder Legislativo".

La Carta Magna señala que "cada uno de los plazos ulteriores comenzará a correr automáticamente al vencer el plazo inmediatamente anterior o a partir del día siguiente al del recibo por el órgano correspondiente si hubiese habido aprobación expresa antes del vencimiento del término".

La primera cámara, en este caso el Senado, tendrá 45 días para hacer modificaciones al texto. Si el plazo se vence sin un pronunciamiento del cuerpo, se dará por aprobado y pasará a la Cámara de Diputados, que contará a su vez con 30 días para tratar el proyecto. 

Si en ese lapso Diputados aprobase un texto distinto al remitido por el Senado, el proyecto volverá a la Cámara Alta, que contará entonces con 15 días para su consideración. "Vencido este nuevo plazo sin pronunciamiento expreso el proyecto se remitirá inmediatamente y de oficio a la Asamblea General", establece la Constitución. 

Si en cambio la cámara baja no se pronuncia en los tiempos estipulados, se dará por aprobado el texto tal como venga desde el Senado. 

En total, el proyecto insume un máximo de 90 días antes de ser aprobado.

"Con estos plazos el vencimiento constitucional de análisis en senadores es el 7 de junio y será ley a partir de julio", dijo Penadés.

El Frente Amplio, que entiende que el mecanismo es inconstitucional por abarcar una extensa cantidad de temas, planteará quitarle el carácter de urgente consideración aunque sabe que no cuenta con los votos para que ello prospere.

La Constitución exige una mayoría especial de tres quintos del total de la cámara para "dejar sin efecto la declaratoria de urgente consideración".

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