Nacional > HECHOS NO CONCUERDAN

Fiscalía culpa a Zubía por demora que permitió la huida de un delincuente

El Ministerio Público concluyó que el exfiscal no siguió el procedimiento adecuado y que hizo declaraciones falsas
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08 de mayo de 2018 a las 21:15
Un informe de la Fiscalía General de la Nación fechado el 10 de abril señala que el exfiscal Gustavo Zubía "incumplió a sus deberes funcionales" al no seguir el procedimiento establecido para solicitar una orden de allanamiento urgente con el fin de capturar a un hombre que había baleado a otro.

Según los dichos de Zubía publicados por El Observador el pasado 13 de enero –que motivaron esta investigación administrativa–, debido a la "demora burocrática" del sistema judicial, para cuando el fiscal pudo obtener el documento que habilitaba a que la Policía ingresara a la vivienda donde se refugiaba el delincuente, este ya había fugado.

Zubía había dicho entonces a El Observador que el trámite para aprobar esta orden de allanamiento había demorado dos horas. Según explicó, como el sistema informático que conecta la Fiscalía con el Poder Judicial y la Policía fallaba, él debió viajar desde su casa para presentarse personalmente en la Oficina Penal Centralizada (OPEC) para presentar la solicitud, llenar un largo formulario y luego presentar el documento ante la Policía que perseguía al delincuente.

En las conclusiones del informe –al que accedió El Observador– se detalla que el día en que se produjo el hecho el sistema operativo que conectaba a la Fiscalía con el Poder Judicial y la Policía funcionaba correctamente. Por el contrario, el fiscal prefirió utilizar el sistema de "contingencia", pensado para los casos en los que el sistema informático fallaba, y que implica que una persona se presente directamente en la OPEC para hacer las solicitudes.

El informe contradijo los dichos del fiscal acerca de que él mismo debía presentarse ante la OPEC para tramitar una orden de allanamiento, y aclaró que el trámite puede ser realizado por un funcionario de Fiscalía, un administrativo autorizado, o la Policía, si lo que se busca es especial celeridad.

Como el sistema informático sí funcionaba, el informe concluye que Zubía, al no encontrarse en la Fiscalía, debía haber utilizado la tableta que le fue entregada para realizar este tipo de trámites de forma remota. Sin embargo, el exfiscal había utilizado este dispositivo por última vez el 11 de noviembre de 2017, apenas 10 días después de la puesta en marcha del nuevo Código del Proceso Penal.

El informe señala que entre que se presentó la solicitud de allanamiento y que fue aprobada pasaron 23 minutos, según datos aportados por la OPEC, y no dos horas como había dicho a El Observador.

Por estas razones el informe señala que, dado que el uso del sistema informático es obligatorio, Zubía incumplió con sus "deberes funcionales" en lo que se considera una "falta leve".

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