La normativa previa difería con un decreto ley vigente del año 1943

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Gobierno cambia decreto y permite a policías condenados por la Justicia cobrar la mitad de su salario

Hasta este cambio era obligatorio retener el total del salario; ahora es posible mantener la mitad del sueldo (dependiendo de la gravedad) al igual que el resto de los funcionarios públicos
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31 de mayo de 2022 a las 12:58

El Poder Ejecutivo estableció que los funcionarios policiales que sean condenados a una suspensión temporaria en el empleo por la Justicia Penal dejarán de perder el total de su salario en el tiempo sin trabajo y se les retendrá "la mitad cuando menos de los haberes", según el decreto 217 del Ministerio del Interior publicado el 24 de mayo de 2022, firmado por el presidente, Luis Lacalle Pou.

Jennifer Izquierdo, abogada del Sindicato Policial (Sifpom), indicó a El Observador que este cambio "mejora la situación" de los policías, ya que antes si eran formalizados con una suspensión "les retiraban todo el sueldo", cuando ahora se les podrá retener desde la mitad en adelante de su remuneraciones "dependiendo de la gravedad" de los hechos cometidos.

En la normativa anterior se ordenaba "la retención total de los haberes" ante una suspensión temporaria, según el decreto 1/016 del Ministerio del Interior, vigente desde enero de 2016.

Sin embargo, el Poder Ejecutivo remarcó que esta norma difería con el articulo 1 del Decreto Ley N° 10.329 de 1943, que marca que una suspensión temporaria a cualquier funcionario público "aparejará siempre la retención de la mitad cuando menos de los haberes, sin perjuicio de las restituciones que pudieran proceder en caso de declararse por sentencia no haber lugar a los procedimientos".

Este artículo de casi 80 años fue ratificado en la normativa vigente del procedimiento administrativo y disciplinario aplicable a los funcionarios públicos de la administración central de 1991, y al régimen disciplinario de los funcionarios públicos de 2014.

La presidenta del sindicato, Patricia Rodríguez, dijo a El Observador que el sindicato vio con buenos ojos el decreto, porque permite a los funcionarios policiales formalizados "no estar en todos los casos con una retención total de haberes".

Andrés Ojeda, abogado de Sifpom, explicó a El Observador que con este cambio se "equipara" a los funcionarios policiales con el resto de la administración pública en lo que refiere a esta normativa.

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