Pobreza, gente, personas en situación de calle, indigentes en los primeros días de frío.

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Gobierno reglamentará ley del gobierno de Mujica para internar a personas de la calle en riesgo de muerte

ASSE, MSP y el Ministerio del Interior participarán de su implementación; la reglamentación se encuentra en las últimas etapas de revisión
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20 de mayo de 2021 a las 05:03

Al presentar el "Plan Invierno" –el pasado 14 de mayo– el ministro de Desarrollo Social Martín Lema afirmó que cuando la vida de una persona en situación de calle está en peligro, "hay que actuar". Este martes, el presidente, Luis Lacalle Pou, dijo que "no le parece algo alocado" internar contra su voluntad a una persona en situación de calle si su vida corre riesgo.

Poco después de que Lema asumiera en el Mides, un hombre de 61 años en situación de calle fue encontrado muerto en el Centro, en las calles Uruguay casi Río Negro. Según dijo Gabriel Cunha, director del Programa Calle del Mides a Telemundo habían conversado con él, "para ofrecerle una respuesta para que pudiera salir de esta situación, pero tristemente no aceptó”.

Para evitar situaciones de ese tipo, el Poder Ejecutivo está en las etapas finales de la reglamentación de la ley N°18.787 propuesta por la exsenadora Mónica Xavier y aprobada durante el gobierno de José Mujica, confirmó El Observador.

Cunha, adelantó al programa En Perspectiva de Radiomundo que propuso reglamentar esa ley "para tener una capacidad de respuesta mayor porque las personas, por distintas situaciones, a veces no quieren acceder" a ir a un refugio.

La ley se promulgó en 2011 y consta de un solo artículo que establece: "Las personas de cualquier edad, que se encuentren en situación de intemperie completa, con riesgo de graves enfermedades o incluso con riesgo de muerte, podrán ser llevadas a refugios u otros lugares donde puedan ser adecuadamente asistidas, aun sin que presten su consentimiento, siempre que un médico acredite por escrito la existencia de alguno de los riesgos indicados en la presente disposición y sin que ello implique la privación correccional de su libertad". 

Esta norma nunca se aplicó porque no se llegó a reglamentar. Hacerlo es potestad del Poder Ejecutivo. El gobierno entiende que le dará más definición y seguridad al Programa Calle para poder actuar. La idea es que a la hora de ponerlo en práctica, participen el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud Pública y la Administración Nacional de Servicios de Salud del Estado, confirmaron fuentes del Poder Ejecutivo a El Observador. Actualmente estas entidades ya trabajan junto al Mides en el marco del "Plan Invierno". 

Trasladarán a la persona en cuestión a lugares donde puedan ser "adecuadamente asistidas". Dependiendo del caso, serán hospitalizados o trasladados al refugio correspondiente. 

Durante el gobierno pasado, se removió a "cuatro o cinco" personas de las calles contra su voluntad, según explicó la exdirectora del Programa Calle y actual diputada, Micaela Melgar, a El Observador. En esos casos se actuó en el marco de la ley de Faltas (ley Nº 19.120) o a través de la intervención del juzgado de Familia.

La ley de faltas determina que “a fin de preservar la integridad física de quienes se encuentren en situación de calle” se llevará adelante el procedimiento competente y "la persona será trasladada a una dependencia del Ministerio de Desarrollo Social a los efectos de que se recabe su identidad, se le ofrezca una alternativa adecuada a su situación y se dé cuenta al Juez competente". 

Bajo esa normativa, explicó Melgar, psiquiatras de ASSE que trabajaban para el Mides realizaban el informe correspondiente y si se entendía que había que removerlos del lugar, se hacía. Estos métodos "son trabajosos, pero son garantistas", consideró la diputada. En su opinión reglamentar la legislación que se pretende implementar "no es efectivo, no cambia nada más que trasladarlos esa noche", dijo y señaló que hay que tener en cuenta la ley de Salud Mental (ley 19.529) que dice que una persona podrá ser internada contra su voluntad solo cuando haya riesgo inminente de muerte o esté incapacitado en su juicio. 

Si la persona sufre un trastorno mental y no existe ningún responsable, para internarlo debe haber un dictamen “firmado por dos profesionales médicos que no tengan relación de parentesco, amistad o vínculos económicos con la persona, uno de los cuales deberá ser especialista en psiquiatría”, agregó.

La exsenadora Xavier dijo a Montevideo Portal el pasado lunes que según el texto de la ley que ella impulsó la persona es obligada a ir al refugio o al centro asistencial cuando un médico diagnostica un riesgo sanitario, que puede ser por olas de frío, de calor o alguna enfermedad, por lo que es más amplia la aplicación. 

¿Hay derecho a vivir en la calle?

Al momento de la promulgación de esta ley no había unidad dentro del propio Frente Amplio y por eso no llegó a reglamentarse. Actualmente los parlamentarios siguen teniendo diferencias sobre el tema.

El senador y exministro de Desarrollo Social, Daniel Olesker, coincidió con la diputada Melgar con que "los mecanismos que hay son suficientes" para intervenir en caso de que sea necesario. 

El senador nacionalista, Jorge Gandini, manifestó que "hay situaciones extremas" en las que la reglamentación de esta legislación sería útil. "Eso tiene que ser una decisión por encima de la personal, si profesionalmente se entiende que hay riesgo de muerte,  debe haber internación compulsiva por el tiempo necesario", opinó.

La senadora del Partido Colorado, Carmen Sanguinetti, reparó en que la ley Nº 18.335 permite a un paciente negarse a recibir atención médica. Aunque apuntó que este proyecto "quizás no entraría dentro de lo que es 'atención médica', sino 'atención'". "Acá tenemos un desafío por delante. Han pasado gobiernos de distintos colores y seguimos conviviendo con este desafío que tenemos como sociedad", indicó. 

En tanto el diputado de Cabildo Abierto Martín Sodano, quien presentó un proyecto de ley para permitir la internación compulsiva de adictos a las drogas con delitos primarios, afirmó que no existe el derecho a vivir en la calle. "Todos merecemos una vida digna. El que piense que existe derecho a vivir en la calle tiene que saber lo que es un poco de dignidad propia. Se nota que nunca estuvo ahí", sostuvo. 

"Vivir en la calle no es un derecho, es el resultado de la vulneración de una serie de derechos que produce ese riesgo y ese daño. Tenés derecho a que no se te reprima por estar en esa situación", consideró al respecto la diputada Melgar. 

Olesker agregó que "no es un derecho vivir en malas condiciones, pero si la persona no pone en riesgo su vida con ello y no pone en riesgo la vida de otros, que en general no sucede, tiene el derecho a vivir donde le parezca".

Sanguinetti expresó que no "ve claro" si vivir en la calle es un derecho. Entiende que por un lado está el derecho de los ciudadanos a disfrutar del espacio público, pero se pregunta hasta dónde hay un derecho cuando no existe otra opción. 

Por su parte, Gandini valoró: "Vivimos en un país en libertad, lo que no está prohibido está permitido. En extremo, puede ser, en tanto no tiene opciones. Si tiene opciones y prefiere vivir en la calle, bueno, pero si esa opción le genera riesgo de muerte el Estado debe intervenir en función de un interés superior que está protegido por la Constitución de la República".

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