El calendario de vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) termina este mes, de acuerdo a los plazos que se habían establecido por el último digito en cédula de identidad, RUT o número de identidad extranjero.
Los dígitos 0-1-2-3 y 4, lo podían hacer entre el 3 de julio y el 31 de julio. En tanto, los dígitos 5-6-7-8 y 9 tienen plazo desde el 1° de agosto al 28 de agosto.
Los contribuyentes que luego de presentar la declaración tengan pagos a saldar podrán hacerlo en cinco cuotas iguales con vencimientos mensuales el 29 de agosto, 29 de setiembre, 30 de octubre, 29 de noviembre y 29 de diciembre de 2023. El pago se podrá realizar electrónicamente vía internet o en las redes de cobranzas habilitadas.
En caso de tener saldo a favor la DGI, el contribuyente podrá elegir que la DGI le deposite el saldo en su cuenta bancaria o cobrar en las redes de cobranza habilitadas.
Los contribuyentes que tienen que presentar declaración tienen a disposición los formularios de declaración jurada en línea con la información cargada de la actividad laboral desarrollada en 2022.
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