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Imputaron a los ocho detenidos por la Operación Océano

Con este resultado, la investigación lleva 32 personas enjuiciadas
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21 de agosto de 2020 a las 17:15

A pedido de la fiscal Darviña Viera, la Justicia imputó a los ocho hombres que estaban detenidos por el caso de la Operación Océano desde este jueves, investigación que tiene hasta el momento a 32 personas enjuiciadas por promesa de retribución. o pago a menores para tener sexo, entre otros delitos sexuales.

La audiencia tuvo lugar este viernes, y duró más de cinco horas. Seis de los hombres conducidos ante la Justicia fueron imputados por el delito de retribución o promesa de retribución a menores de edad, junto con otro delito que castiga a los adultos que tienen contacto virtual con menores para mantener conversaciones de connotación sexual. Los otros dos fueron imputados solamente por este último delito, y para todos rigieron medidas cautelares, como la fijación de domicilio, la prohibición de comunicación y acercamiento a menos de 500 metros de una de las víctimas.

Además, como en otros casos, Viera solicitó también que se aplicara para los primeros seis el artículo 79 de la ley de violencia hacia las mujeres basada en género, que define la inhabilitación a los imputados por delitos sexuales "para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia".

El número de las víctimas alcanzó hasta el momento a 18, luego de que la Fiscalía habilitara una línea telefónica –091 507 531– y se obtuvieran testimonios de varias menores, por este caso y otras investigaciones que se abrieron.

La mayoría de los imputados en esta investigación han sido penalizados por delitos de retribución o promesa de retribución a menores de edad para que ejecuten actos sexuales o eróticos en reiteración real, salvo en casos en los que además se imputó un delito de contribución a la explotación sexual o proxenetismo.

La Fiscalía también ha solicitado en muchos casos que se aplicara lo previsto por el artículo 79 de la ley de violencia hacia las mujeres basada en género, que define la inhabilitación a los imputados por delitos sexuales "para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia", aunque la Justicia no aceptó ese pedido en todos los casos.

La principal víctima del caso admitió haber utilizado al menos dos cédulas falsas con las que se hacía pasar por mayor de edad.

Esta joven –que cumplió los 18 años en mayo– realizó al menos tres declaraciones diferentes ante la fiscal de esta investigación, quien pretende además que vuelva a declarar una cuarta vez pero con la presencia de los abogados de los imputados, como una prueba anticipada del juicio.

El 8 de octubre, la jueza Adriana de los Santos pondrá a consideración de las partes de qué forma se va a realizar la declaración anticipada de la primera víctima, tal como pretende la Fiscalía. Eso es algo que está dispuesto en el artículo 76 de la ley de violencia hacia las mujeres basada en género, en donde se establece que "a solicitud de la víctima o del Ministerio Público, el Tribunal dispondrá el diligenciamiento de prueba anticipada (...) sin necesidad de otra fundamentación".

 

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