La reforma de la seguridad social incluye una serie de modificaciones que involucra a las personas que hoy tienen entre 40 y 49 años, y que están afiliados de manera voluntaria a las AFAP, a través del famoso artículo 8 de la ley 16.713 de 1995.
Ahora la nueva ley mantiene la distribución de aportes de esos trabajadores (mitad a BPS y mitad a AFAP), pero reduce progresivamente la bonificación de 50% que oficia como incentivo para afiliarse al régimen mixto y la elimina a partir de 2043, como explica en detalle esta nota.
Además, se deroga la posibilidad de revocar la decisión de afiliación voluntaria al sistema mixto que se tenía hasta ahora.
Si el trabajador optara por revocar su afiliación voluntaria seguirá dentro del sistema mixto, pero cambiará la distribución de sus aportes. Solo aportará a las AFAP en los meses que su salario supere el tope de $ 78.770 (a valores actuales), que es el límite de aportación obligatorio.
Al revocar la opción, la AFAP deberá transferir al BPS la diferencia de saldos que se genere por el cambio en la distribución de aportes histórica.
La propuesta del MEF
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), propuso esta semana en el Parlamento que esos fondos se vuelquen a un fideicomiso. Eso implica que se computen por separado a las cuentas de BPS.
Esto es de importancia dada sus implicancias fiscales, tomando en cuenta que los ingresos extraordinarios producirán un mejor resultado en el corto plazo, y lo contrario en el largo plazo por el aumento de gasto que tendría BPS.
La directora de la Asesoría Macroeconómica del MEF, Gabriela Miraballes, explicó que “el impacto financiero” que generarían esas revocaciones se daría al principio, porque se tendría “una devolución de aportes y rentabilidades que las AFAP harían al BPS”, y también “el BPS tendría incrementos en los aportes desde el momento en que las personas revocan la opción hasta el final de su etapa activa”.
Y “temporalmente mucho después” se tendría un crecimiento de los egresos del BPS en el momento en que este colectivo se jubile. Adicionalmente, si la persona en actividad o jubilada fallece, podrían generarse pensiones de sobrevivencia en el BPS por un monto mayor, explicó en la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda.
“Entonces, tendríamos una situación de nuevos ingresos y egresos que afectarían al BPS. Habría un flujo de ingresos y un flujo de egresos diferentes. Y esto se produce a lo largo del tiempo, a partir de que este colectivo retorne al BPS con estos aportes y luego se jubile”, dijo.
El fideicomiso propuesto se encargaría de administrar e invertir los fondos de las personas que se desafilien, asociado a las jubilaciones que luego deberían cubrirse con esos recursos. La iniciativa es similar al fideicomiso de los cincuentones que está operativo desde 2018.
Dos escenarios proyectados
De acuerdo con la cantidad de personas que se asesoren y revoquen la opción, el BPS estudió dos escenarios, según relató Miraballes.
Uno de ellos es que revoquen la opción el 20 % del colectivo considerado. En ese caso revocarían la opción 52.500 personas y esto tendría un impacto financiero de US$ 896 millones en el período temporal en que se haga esa revocación.
Si revocaran la opción el 50 % de ese colectivo, es decir, 132.000 personas, esto tendría un impacto financiero de US$ 2.200 millones aproximadamente, afirmó la funcionaria del MEF.
Según Miraballes, hasta 2040 “no habría necesidad” de que el BPS reciba fondos de este fideicomiso, pero a partir de ese año las necesidades financieras van aumentando, tienen un pico en 2048, y luego empiezan a bajar.
El fideicomiso se crearía en 2024, comenzaría a realizar transferencias de fondos al BPS en 2040, y por 20 años, “con una cadencia que priorice las entregas de fondos de similar forma a como se requiere para hacer el pago de las prestaciones” a este grupo de personas, explicó Miraballes.
¿En qué invertiría el nuevo fideicomiso de seguridad social?
El fideicomiso II de Seguridad Social tendría por objetivo “administrar el patrimonio fideicomitido con el fin de preservar el capital y maximizar la rentabilidad de los fondos administrados, mediante una gestión prudente de riesgos en un horizonte de inversión adecuado”.
El abanico de posibilidades de inversión sería similar al fideicomiso de los cincuentones -que administra la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND)-: valores que emita el Estado uruguayo o instrumentos de regulación monetaria del Banco Central (BCU), depósitos a la vista y plazo fijo en instituciones de intermediación financiera dentro del país, y valores de renta fija emitidos por organismos internacionales de crédito o por gobiernos extranjeros con alta calificación.