El Ministerio de Salud Pública (MSP) elaboró un decreto, que ya fue aprobado, que obliga a las mutualistas a tomar “medidas que permitan vacunar a domicilio” a sus afiliados contra la covid-19. A su vez, también se ven sujetas a “proveer medios de traslado adecuados” a los centros de vacunación.
El subsecretario de la secretaría de Estado, José Luis Satdjian, había adelantado a mediados de enero que esta iniciativa se estaba elaborando. En ese momento, el jerarca puso el foco en la necesidad de facilitar la posibilidad de inoculación a quienes no pueden dirigirse hacia los centros.
De acuerdo con la norma, los prestadores de salud tendrán que cobrar una tasa de hasta $ 550 tanto por ir a vacunar a domicilio como por trasladar al usuario a un vacunatorio.
Asimismo, se establece que quienes pueden solicitar este servicio son “los usuarios incluidos dentro de la población de riesgo para covid-19, de acuerdo a las definiciones del MSP”. Para ello, no es necesario presentar una indicación médica.
El MSP dispuso que esta medida esté vigente por 120 días, es decir, hasta el 4 de junio de este año.
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