8 de julio 2022 - 11:27hs

El juez Alejandro Recarey, que aceptó un recurso de amparo y suspendió la vacunación contra el coronavirus a menores de 13 años este jueves, difundió un comunicado, al que accedió El Observador, para contestar a "versiones que distorsionan el fallo", en el que marca que "ningún gobierno puede firmar contratos secretos" como el que firmó el gobierno con Pfizer.

Tampoco cree que el fallo implique un "atentado" a la "libertad de vacunación", y resaltó que cuando el gobierno "cumpla los niveles de transparencia que se le imponen" se reanudará "inmediatamente" la vacunación en esta franja.

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Las aclaraciones

Recarey marcó cinco aclaraciones en su carta. Además del secretismo de los contratos y el no involucramiento del fallo en el plano científico, el juez también marcó que la decisión judicial "no prohíbe el desarrollo de la campaña vacunatoria a menores", solo su suspensión de carácter "provisional y temporario". 

Sobre las críticas recibidas por prohibir una decisión voluntaria como la vacunación, el juez enfatizó en que aún sin ser obligatorias "debe informarse todo acto médico", lo que también implica que se comparta "la composición" de la vacuna y "sus riesgos y efectos adversos ya comprobados a nivel nacional e internacional".

Uno de los argumentos que el juez subrogante enunció en su fallo fue que la no obligatoriedad "evidencia por sí sola la endeblez científica de la propuesta vacunatoria". "Si su cientificidad (la de la vacunación) fuera meridianamente sólida, en buena lógica un gobierno responsable la hubiera impuesto de manera compulsiva", indicó el magistrado.

"El hecho de que esta sea optativa para los representantes legales de los menores, no libera al Estado de confeccionar el debido consentimiento informado", afirmó Recarey, quien resaltó que "el gobierno debe siempre y en cualquier caso presentar toda la información a la persona interesada", algo que entiende "no se estaba cumpliendo".

Por esto, la sentencia pide que se indique a quienes quieran vacunarse que "los preparados tienen solamente autorización provisoria de emergencia" y "no definitiva". 

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