Economía y Empresas > PARTIDA SALARIAL EXTRA

Cambios en ticket alimentación: gobierno quiere que beneficio pase del empleador al trabajador

Para la Cámara de Comercio, modificación eleva costos y cambia las reglas de juego de convenios salariales que ya están vigentes
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14 de noviembre de 2018 a las 05:04

La Cámara Nacional de Comercio y Servicios (CNCS) recibió con cierta “sorpresa y disconformidad” una modificación legal que envió al Poder Ejecutivo al Parlamento que reduce el beneficio impositivo que obtienen las empresas por pagar a través de partidas como los tickets alimentación, dijo una fuente de la gremial a El Observador

Hasta 2019 inclusive, la suma de prestaciones exentas de aportes patronales jubilatorios como tickets de alimentación, coberturas médicas, seguros y gastos de transporte, que sean asumidas por el empleador no podrán superar el 20% de la retribución que el trabajador recibe en dinero. En 2020 ese porcentaje se reducirá a 15% y a 10% en 2021. Cuando se supere ese porcentaje, el excedente estará gravado con los aportes impositivos correspondientes. Este es uno de los tantos cambios legales que el Ejecutivo envió al Parlamento sobre fines de octubre referentes a la ley de Inclusión Financiera, cuya votación en la comisión de Hacienda del Diputados está prevista para hoy miércoles. “Recibimos el proyecto el jueves y apenas nos dieron tiempo para enviar una nota”, cuestionó la fuente de la CNCS.

Si bien no hay datos oficiales, se estima que más de 250 mil trabajadores uruguayos cobran un porcentaje de su salario a través de ticket alimentación, restaurant, canasta o transporte. El Observador intentó obtener la visión de las dos principales empresas -Sodexo y Edenred- sobre el impacto de esta medida en su negocio pero no fue posible obtener una respuesta. En tanto, en la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU) recién estaban comenzando a analizar el alcance de esta nueva disposición legal. “Hoy estamos con la cabeza en los Consejos de Salarios”, respondieron desde esa gremial. 

La fuente de la Cámara de Comercio dijo que la gremial no estaba de acuerdo con el cambio por varios motivos. En primer lugar porque se establece “una doble limitación como materia  gravada”, además de asimilarlo a la cuenta sueldo en el sentido que la empresa que brinda ese servicio no puede cobrar por el mismo al empleador. Por otro lado, la gremial advierte que este cambio abarca a partidas salariales que ya están negociadas en los Consejos de Salarios y que se van a ver afectadas porque su implementación está prevista desde enero del próximo año. 

“En definitiva, incorpora un costo laboral adicional para las empresas y termina siendo un desincentivo para que los empresarios otorguen esas partidas para los trabajadores”, explicó. 

La partida de alimentación paga a través de ticket tiene naturaleza salarial y se computa para el cálculo de salario vacacional, licencia e indemnización por despido, pero no para el medio aguinaldo que se abona en junio y diciembre. 

Lo que busca el gobierno

De acuerdo al proyecto de ley que envió el Ejecutivo, el trabajador podrá elegir a través de qué institución prefiere cobrar los tickets de alimentación, con lo que el régimen pasará a ser similar al que hoy ya está vigente para el pago de salarios, facultad que lo habilita a cambiarse de prestador transcurrido el plazo de un año. Por otro lado, al igual que ocurre con las instituciones de intermediación financiera e instituciones emisoras de dinero electrónico en el pago de remuneraciones, los emisores de estos instrumentos no podrán cobrar por sus servicio a los empleadores. 

La forma en que se instrumentará este cambio y los plazos estarán sujetos a la reglamentación. Hoy es el empleador el que elige con qué empresa contrata el servicio. Con esta modificación el gobierno busca generar mejoras de competencia en el mercado que redunden en mejores condiciones de aceptación para los comercios.

“Se está equiparando la lógica de funcionamiento de las prestaciones de alimentación al pago de salarios, con el objetivo de generar mayor competencia entre los prestadores y que esta redunde en mejores beneficios para el trabajador y no para el empleador, que es como hasta ahora se ha dado la dinámica de funcionamiento”, justificó ante la comisión de Hacienda la pasada semana el coordinador de la Ley de Inclusión, Martín Vallcorba. 

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