El Estado uruguayo deberá pagar US$ 13 millones a la empresa OAS, luego de que un tribunal de apelaciones confirmara la sentencia en primera instancia de la jueza civil Susana Moll que desestimaba la impugnación pedida por Gas Sayago para que ese dinero no formara parte del activo de la compañía brasileña.
El tribunal confirmó la sentencia de Moll por considerar que estaba "bien fundada" su argumentación con respecto al litigio, informó el diario El País. La Justicia entendió que los reclamos de Gas Sayago no tenían argumentos válidos.
El paquete accionario de Gas Sayago pertenece en un 79% a UTE y en 21% a Ancap. A comienzo de año se puso a la venta el 100% de sus acciones, pero hasta la fecha la operación no se ha cerrado.
El 1° de octubre de 2013, el gobierno firmó el contrato con GDF Suez para la construcción y puesta en funcionamiento de la planta regasificadora en Puntas de Sayago. Ese día, el entonces ministro de Industria, Roberto Kreimerman, señaló que el acuerdo con la multinacional era un "hito" para el país. El consorcio GNLS (conformado por GDF Suez y Marubeni) contrató a la brasileña OAS para la construcción de la planta. Pero hubo desavenencias técnicas entre ambas y a principios de 2015 a OAS se le rescindió el contrato. El 30 de setiembre de ese año, la entonces ministra de industria, Carolina Cosse, anunció el fin de la vinculación contractual con GNLS.
Desde entonces a Gas Sayago se le han iniciado reclamos ante la Justicia por el proceso de la construcción de la planta regasificadora por US$ 21,7 millones. Fueron acciones presentadas por empresas y trabajadores.
En 2015, la empresa OAS se presentó a concurso, y en el inventario de activos se incluía un crédito de 13 US$ millones que OAS tenía con Gas Sayago, por lo que para la compañía brasileña ese era dinero que la empresa uruguaya le debía.
El Estado uruguayo presentó entonces a la Justicia un pedido para dejar por fuera de los activos de OAS los US$ 13 millones, lo que fue rechazado por la jueza Moll en primera instancia y, ahora, con el segundo fallo en contra por parte del Tribunal de Apelaciones, la sentencia queda firme y no podrá interponerse otro recurso.
Según la sentencia citada por El País, el tribunal considera que no corresponde sacar del inventario de bienes de OAS esos US$ 13 millones
"La suma referida (US$ 13 millones) debe permanecer en el activo de OAS, mateniéndose el referido crédito en calidad de verificable”, dice el escrito judicial.
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