4 de octubre 2023 - 5:00hs

Las inmobiliarias apoyan un proyecto de ley que está en tratamiento parlamentario. La iniciativa, que promueve la figura de operador inmobiliario, pretende que el sector tenga mayor regulación. Uno de los objetivos es frenar el informalismo.

El proyecto de ley es analizado por la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Diputados. La aspiración es regular la actividad legal de la actividad profesional inmobiliaria en el marco de la defensa de la libre competencia.

Dentro de esa actividad están incluidos los comisionistas, agentes, corredores, brókers, operadores, empresas prestadoras de servicios inmobiliarios u compañías prestadoras de servicios inmobiliarios turísticos. Todos estos actores son denominados operadores inmobiliarios.

El proyecto plantea que para ejercer la actividad se necesitará estar inscripto en el Registro Nacional de Operadores Inmobiliarios que será administrado por una comisión honoraria integrada por tres representantes del Poder Ejecutivo y dos designados por las gremiales más representativas del sector.

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Apoyo inmobiliario

La Cámara Inmobiliaria Uruguaya (CIU) es defensora del proyecto y uno de los motivos es el fuerte crecimiento del informalismo en el sector que se registró después de la pandemia. En ese momento fue que la cámara comenzó a trabajar en el marco regulatorio.  

La presidenta de la CIU, Beatriz Carámbula, dijo a El Observador que la propuesta propone la creación de un registro donde habrá una matrícula, tasa de inscripción y sanciones. “El proyecto es para todos los operadores inmobiliarios, para trabajar bajo las mismas condiciones. Con las mismas obligaciones y beneficios”, señaló.

Armando Sartorotti Operador inmobiliario

El vicepresidente de la gremial, Matías Medina, recordó que los operadores inmobiliarios son sujetos obligados ante la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft). Todos los sujetos obligados deben presentar reportes de las operaciones sospechosas que detecten en su actividad.

“Si hay una informalidad tan grande y en contrapartida no hay tantos sujetos obligados, la persona que quiere recurrir al delito de lavado de activos va a ir a un operador que no esté regulado”, dijo Medina. La visión de la gremial es que con el registro de la matrícula se podrá determinar con claridad cuáles son los operadores que están formalmente en actividad.

Carámbula expuso que con la ley también se busca la protección de los ciudadanos. “El informalismo es brutal, por eso es necesario tener un marco regulatorio. Cuidar a los ciudadanos “, expresó.

Las inmobiliarias plantean que los profesionales deben estar registrados como ocurre en otras actividades. “Para ser médico hay que tener un título; para ser rematador hay que tener la matrícula”, ejemplificó.

Para la elaboración del proyecto la CIU contó con el asesoramiento jurídica de Leonardo Costa, Alberto Puppo, Julio Facal y Santiago Carnelli.

Medina también defendió la conformación de la comisión que administrará el Registro Nacional de Operadores Inmobiliarios. Lo fundamentó en que el Poder Ejecutivo tendrá la mayor potestad a través de sus tres votos en la comisión. Complementó que los dos votos del sector inmobiliario otorgarán idoneidad técnica para asesor en materia de actividad. Pero será la mayor participación estatal la que brindará garantías al marco regulatorio. “No es que un colega va a juzgar a otro; no es así”, comentó.

Carámbula sostuvo que el proyecto respeta la libertad del comercio. Es decir, si el propietario de una vivienda quiere alquilarla o venderla sin la participación de una inmobiliaria puede hacerlo. Pero a lo que se opone la gremial es que un particular que maneja sus casas particulares también comience a hacerlo con las de un vecino o amigo.

“Ahí está en una actividad comercial como el operador inmobiliario. Lo que estamos pidiendo es un mínimo de legalidad. El problema es que a veces hay estructuras montadas que son informales”, afirmó Medina.

Alquiler en temporada

 La presidenta de la CIU destacó que Uruguay es bien visto internacionalmente por su seguridad jurídica, políticas sociales y los cuidados ambientales. “En todo eso es innovador; no puede ser que la actividad inmobiliaria no tenga un marco regulatorio”, señaló.

Las sanciones

El artículo 11 del proyecto de ley es el que refiere a las sanciones. Explica que toda persona jurídica que infrinja las disposiciones de esta ley podrá ser sancionada por la comisión. Esas sanciones se aplicarán apreciando la entidad de la infracción y los antecedentes del infractor.
Consistirán en apercibimiento, observación, multa o suspensión del Registro Nacional de Operadores Inmobiliarios cuando corresponda en forma temporaria, o con previa autorización judicial, en forma definitiva. Las suspensiones temporarias no podrán superar el límite de los tres meses.
El monto de las multas oscilará entre un mínimo de 1.000 Unidades Indexadas (UI), equivalentes a $ 5.784 (a valores actuales) y un máximo de 500.000 UI que representan $ 2.892.200 (US$ 73.875). Serán aplicadas según las circunstancias del caso, la conducta y el volumen de negocios habituales del infractor.

 

 

 

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