La Rendición de Cuentas deroga la Ley de Medios

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Rendición de Cuentas deroga la ley de medios para “dejar de tener inequidades”

El subsecretario de Industria, Walter Verri, aseguró que la decisión se tomó por la demora en aprobar el proyecto que envió el Ejecutivo;
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01 de julio de 2022 a las 05:00

La Rendición de Cuentas que ingresó este jueves al Parlamento deroga la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, más conocida como ley de medios, y que fue aprobada en el final del gobierno de José Mujica.

El subsecretario de Industria, Walter Verri, dijo a El Observador que la decisión de incluir la derogación del proyecto se produjo por la demora en aprobar la iniciativa que envió el Ejecutivo en 2020 y para "dejar de tener inequidades", en referencia a las inconstitucionalidades que se han decretado sobre la ley vigente, en particular el artículo 56 que impedía a los cable operadores ofrecer servicios de Internet.
 
La decisión del gobierno había sido adelantada por Búsqueda. El articulado presentado por el Ministerio de Industria señala que las “concesiones, autorizaciones y licencias” que se otorgaron “no se verán afectadas” y plantea que aquellas que se encuentren en trámite también serán “convalidadas”, más allá de la existencia de “nuevos requisitos”.

Se mantiene la obligación de pasar los partidos en instancias definitivas

Pese a que deroga la norma de forma completa, la Rendición de Cuentas incorpora cuatro artículos que forman parte de la ley.

El primero obliga a transmitir por televisión los partidos de las selecciones de fútbol y básquetbol en instancias definitivas de eliminatorias y torneos internacionales. Señala que si no hay “ningún otro prestador” interesado en la emisión deberá realizarla el canal público y que el Poder Ejecutivo podrá “excepcionalmente” incluir “eventos adicionales” en esta modalidad. 

El segundo expresa que las personas con discapacidad tienen “derecho a la accesibilidad” de los servicios de comunicación audiovisual, y el tercero agrega que todos los canales deben brindar “parte de su programación” acompañada de sistemas de subtitulado, lengua de señas o audio descripción, en especial los contenidos de interés general como informativos, educativos, culturales y acontecimientos relevantes.

“El Poder Ejecutivo fijará la aplicación progresiva y los mínimos de calidad y cobertura exigibles para el cumplimiento de estas obligaciones”, dice el artículo.

A su vez, el cuarto menciona que el Ejecutivo “facilitará y promoverá” el desarrollo de tecnologías apropiadas, la producción de contenidos nacionales, la formación de profesionales y la investigación en accesibilidad audiovisual para “apoyar el cumplimiento de estas obligaciones y asegurar el efectivo ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad auditiva y visual”.

El articulado también restablece dos normas que fueron aprobadas durante la dictadura y que habilitan sanciones a medios cuando "perturben la tranquilidad pública", menoscaben la "moral y las buenas costumbres", y comprometan la "seguridad o el interés públicos, o afectar la imagen y el prestigio de la República".

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