La Suprema Corte de Justicia (SCJ) sancionó a una jueza de Familia que le impuso a un hombre —denunciado por violencia doméstica por su expareja en diciembre de 2020— una medida de no acercamiento a la mujer por 180 días y a su hijo por 90. El padre denunció que en la audiencia "no se escuchó al menor a fin de recabar su opinión", según el fallo de la Corte al que accedió El País.
La primera audiencia fue el 9 de marzo y la jueza debería haber convocado a los padres a una nueva en el plazo de 72 horas con el objetivo de brindarle medidas de protección al menor; sin embargo, convocó una segunda audiencia para el 5 de abril de 2021.
Tras la denuncia del padre, la SCJ le solicitó informes a la jueza para que elaborara su defensa. Asimismo, el Tribunal de Apelaciones de Familia de 1er Turno declaró nula la sentencia de la magistrada. Y finalmente, la Corte inició un procedimiento disciplinario contra la jueza y designó como instructora a una ministra del Tribunal de Apelaciones de Familia de 2° Turno, según publicó el matutino. Los motivos del sumario respondían tanto a que no escuchó la opinión del niño como a que no citó una segunda audiencia a la brevedad posible como lo establece la Ley de Género.
La ministra entendió que "existieron apartamientos" a la normativa vigente en la actuación de la jueza: incumplió con el plazo de 72 horas para celebrar una nueva audiencia y su sentencia careció de justificación o motivación. De todas formas, la ministra señaló que muchos de los apartamientos fueron subsanados durante el proceso y “no comprometen” la responsabilidad funcional de la jueza actuante.
Luego el caso pasó a la División Jurídico Notarial del Poder Judicial, que tuvo una opinión más categórica que la ministra: "La actuación de la magistrada podría constituir un error inexcusable". La División Jurídica coincidió con la denuncia del padre de que la jueza no justificó su sentencia, que existió “omisión” en relación a los medios probatorios, y que la jueza fijó una audiencia "fuera de los plazos legales", lo que implica un "error que un magistrado celoso de sus deberes no hubiera cometido".
Finalmente el caso llegó a la SCJ, que entendió lo mismo que el informe de la División Jurídica.
Después de advertir que la jueza no tenía sanciones administrativas en su legajo, la Corte decidió imponerle una sanción de apercibimiento y censura en forma oral ante la propia SCJ porque haber generado un "descrédito" para el Poder Judicial, mediante los "apartamientos señalados".
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