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Tribunal de Honor de la Armada absolvió a oficial condenado por desapariciones

Frente a la dificultad para que el gobierno homologue esa resolución, un órgano de alzada estudia el caso
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30 de enero de 2019 a las 05:03

El Tribunal de Honor de la Armada se pronunció sobre el caso del capitán de navío retirado Juan Carlos Larcebeau, condenado por la justicia penal por detenciones ilegales y desapariciones de uruguayos en Argentina, y decidió no sancionarlo.

El fallo del tribunal ni siquiera hizo una observación verbal al marino, la sanción menor que puede aplicar ese órgano. Sin embargo, cualquier decisión que adopte el tribunal debe ser homologada por el ministro de Defensa Nacional o por el presidente de la República. 

Tomando en cuenta la situación jurídica de Larcebeau, condenado por la justicia civil, desde la Armada entendieron que el gobierno no le iba a dar el visto bueno a la actuación del tribunal y por eso buscaban una salida para lograr que el fallo sea confirmado. Fuentes militares dijeron a El Observador que se elevó el caso a un tribunal de alzada para que lo estudie.

La iniciativa de someter los casos de los militares juzgados civilmente a tribunales de honores partió del gobierno.

Los Tribunales de Honor juzgan el aspecto moral de las cuestiones que analizan, y actúan en forma independiente de la justicia militar. Sus integrantes deben ser militares de mayor rango que al que juzgan, y actúan de acuerdo “a la conciencia que se formen frente a la verdad depurada e inspirándose siempre en el sentimiento de Honor y deber militar”, establece el reglamento de los tribunales de honor de las Fuerzas Armadas.

Según esa norma, el honor “es la virtud militar por excelencia, es una religión, la religión del deber, que señala en forma imperativa el comportamiento que corresponde frente a cada circunstancia” y los tribunales “apreciarán” la actuación de los militares valorándolas a la luz del “ideal del perfecto caballero”.

"En todos los casos, los fallos de los Tribunales de Honor deben precisar si por la naturaleza y entidad de la falta moral cometida, el Oficial sometido a su jurisdicción queda habilitado o inhabilitado para continuar formando parte del Cuadro de Oficiales, sin perjuicio de las resultancias disciplinarias a que diere motivo el establecimiento de verdad", agrega el reglamento.  

La causa penal

Larcebeau fue condenado en octubre de 2009 a 20 años de penitenciaría como autor de 29 delitos de homicidio muy especialmente agravado, junto con el exdictador Gregorio Álvarez, en el marco de la investigación por los traslados clandestinos de presos políticos en 1978. 

El juez Luis Charles –actual ministro de un tribunal de apelaciones- concluyó en su sentencia de primera instancia que Larcebeau, en su calidad de oficial de Inteligencia (S2) del Estado Mayor del Fusna, viajaba “asiduamente a Argentina, donde participó en operaciones militares tendientes a la desarticulación del denominado aparato subversivo”.

De esta forma, Larcebeau participó “de los grupos armados que realizaron detenciones ilegales en Argentina, interrogatorios con apremios psicofísicos, traslados y asesinatos”, y pese a que “estaba sometido a jerarquía (…) resulta notorio que poseía facultades de mando y que sus actividades de Inteligencia eran operativas”. Su accionar “constituyó parte de una política sistemática de aniquilamiento de los denominados grupos subversivos”, escribió Charles entonces.

A su vez, Larcebeau enfrenta dos demandas civiles del Ministerio de Defensa Nacional que frente a juicios iniciados por hijos de las víctimas de la represión dictatorial contra el Estado uruguayo inició "acciones de repetición" contra el militar. 

Según había informado Brecha, el Ministerio de Defensa fue condenado a indemnizar a Nicolás Goycoechea –hijo de Gustavo Goycoechea y Graciela Basualdo– y a Pablo Sobrino –hijo de Guillermo Sobrino– por los delitos perpetrados por sus subordinados, en el ámbito del Plan Cóndor con la cifra de US$ 352 mil. 

Las demandas de Defensa contra Larcebeau fueron presentadas en diciembre de 2017.
 

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