3 de julio 2025
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3 de julio 2025 - 5:00hs

Tras el anuncio de las medidas económicas para zonas de frontera que realizó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto de ley en el que detalló topes, condiciones de aplicación y sanciones en caso de incumplimiento para tres de las cinco medidas comunicadas: reducción de IVA, beneficios patronales y régimen especial de importación.

El objetivo, según se indicó en la exposición de motivos, es otorgar al gobierno herramientas jurídicas para actuar con agilidad cuando existan diferencias de precios “significativas” entre Uruguay y los países limítrofes, que afecten la competitividad, el empleo y el consumo en las zonas fronterizas. El alcance será transitorio y podrá aplicarse en una o ambas fronteras, según la coyuntura.

IVA reducido: topes, condiciones y sanciones

El proyecto habilita al Poder Ejecutivo a reducir total o parcialmente el IVA en comercios minoristas ubicados hasta 20 kilómetros de la frontera. Pero, a diferencia del anuncio inicial, el proyecto estableció límites precisos: cada compra no podrá superar las 2.000 unidades indexadas (UI), unos $ 12.700 aproximadamente y el total mensual por comercio tendrá un tope de 10.000 UI (unos $ 63.000 aproximadamente). Además, solo aplicará si el pago y la entrega del bien se realizan presencialmente en el comercio, con medios electrónicos.

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El texto también prevé un régimen específico para monotributistas (incluido el monotributo social MIDES) y Literal E, con una devolución ficta que compense el beneficio del IVA. Lo mismo regirá para los casos en los que no pueda determinarse con exactitud la reducción de dicho impuesto.

Por otra parte, establece sanciones en caso de uso indebido del régimen: la aplicación incorrecta será considerada defraudación tributaria, y las empresas deberán devolver el crédito o reducción aplicada, con multas y recargos. Las redes POS, además, no podrán procesar beneficios si las operaciones se hacen fuera del local.

Importación sin tributos: qué empresas acceden y cómo funciona

Otra de las medidas anunciadas es la creación de un régimen especial de importación para el comercio minorista. En este caso, el proyecto de ley detalló que estará destinado a micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) ubicadas hasta 60 kilómetros de un paso fronterizo.

Además, estableció que podrán importar determinados productos de consumo exentos de todos los tributos —incluidos IVA e IMESI—, sin intervención de despachantes de aduana ni certificados sanitarios o técnicos.

Para acceder al régimen, los comercios deben dedicarse al por menor y vender exclusivamente a consumidores finales, con entrega y pago en el propio local. La lista de productos habilitados será definida por el MEF. El texto también establece un régimen sancionatorio: quien incumpla perderá el beneficio por dos años y, en caso de reincidencia, será excluido de forma permanente. Las mercaderías incautadas podrán destinarse a instituciones públicas, exentas de tributos.

Reducción de aportes patronales

El proyecto detalló también las condiciones para acceder a la exoneración de hasta 75% en los aportes patronales a la seguridad social por nuevos empleos.

Solo podrán acceder empresas de los siguientes sectores: comercio minorista; industria manufacturera; minería; alojamiento y servicios de comida; actividades administrativas y servicios de apoyo; artes, entretenimiento y recreación; y estas tienen que estar ubicadas en un radio de hasta 60 kilómetros de la frontera.

Además, el beneficio solo se aplicará al incremento neto de personal, tomando como base el promedio de empleados del semestre previo a la entrada en vigor de la medida. En caso de empresas que tengan más de un local, el aumento de trabajadores deberá verificarse tanto a nivel global como en los locales dentro de la zona fronteriza, y los nuevos empleados deberán estar asignados exclusivamente a esos locales.

Free shops excluidos y otros detalles

El proyecto estableció que las medidas no podrán aplicarse si no existen diferencias de precios relativas significativas con los países vecinos. Para determinarlo, el gobierno indicó que considerará también los costos de transacción y otros parámetros relevantes.

Asimismo, se excluyó expresamente a las empresas que operen bajo el régimen de free shops, por ya contar con beneficios especiales.

El proyecto no incluye dos medidas que el MEF ya comunicó públicamente: el aumento del descuento en el IMESI a las naftas en frontera, que pasó de 24% a 32%, ni la extensión del subsidio al 100% para el arrendamiento de POS a monotributistas y Literal E. En ambos casos, se trata de beneficios que podrían instrumentarse por vía reglamentaria, sin necesidad de pasar por ley.

Modificaciones propuestas por el diputado Marne Osorio

El diputado del Partido Colorado por Rivera, Marne Osorio, presentó una serie de modificaciones al proyecto de ley enviado por el MEF. Entre sus propuestas planteó la creación de un Observatorio Nacional de Frontera que permita relevar datos en tiempo real sobre la situación económica y social en estas zonas, y priorizar la inversión en infraestructura logística y energética en la frontera del norte del país.

El diputado también propuso la creación de un régimen especial de vivienda promovida, con el objetivo de atraer inversiones al sector de la construcción y facilitar el acceso a la vivienda en las zonas limítrofes. Asimismo, planteó que se asegure una evaluación anual de las políticas implementadas para medir su efectividad. Las propuestas de Osorio serán analizadas en la Comisión de Hacienda donde está a estudio el proyecto de ley.

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