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21 de noviembre 2024 - 17:05hs

El consejero de Peñarol Guillermo Varela reveló este jueves las averiguaciones que formuló para saber si es posible que los hinchas del club aporten fondos para lograr retener a la actual figura del plantel: Leonardo Fernández.

El volante aurinegro llegó a préstamo este año de Toluca hasta el 30 de junio y tras gestiones del presidente Ignacio Ruglio en México a mitad de año, se logró extender el préstamo hasta el 31 de diciembre.

A partir de esa renovación, Peñarol se hace cargo del 100% del salario del jugador -a través de un convenio pagadero en cuotas para años siguientes- y también le pagó a Toluca un cargo por el préstamo con los ingresos generados por avanzar a cuartos de final primero y luego a las semifinales de la Copa Libertadores.

En los últimos días, tanto el presidente Ruglio como el secretario general Edgardo Novick y el consejero Guillermo Varela se pronunciaron públicamente sobre la posibilidad de que Fernández pueda seguir en Peñarol.

"Después de los primeros seis meses hicimos un esfuerzo desmedido, con un sueldo desmedido para Uruguay, pero que valió la pena. Se hizo porque Peñarol está bien económicamente. Ahora a fin de año el tema es muy diferente, el presidente de Toluca, que vino a verlo en el partido contra Atlético Mineiro, me dijo que el año que viene quiere desquitar lo que puso por el jugador que fueron entre US$ 6 y US$ 7 millones, el sueldo es enorme. Soy muy franco, entiendo al hincha, todos quisiéramos que siga jugando. Nunca es imposible, nada es imposible, pero lo veo muy difícil", expresó el domingo Novick.

Varela volvió a poner el tema sobre la mesa este jueves tras hacer una importante averiguación que el próximo martes llevará al consejo directivo: "Estimados, tema Leo Fernández, lo divido en dos. En la Directiva casi todos coinciden que hay que concentrarse en estos dos partidos que quedan y no interponer ningún tema que venga a alterar el buen clima reinante".

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Guillermo Varela, consejero de Peñarol
Guillermo Varela, consejero de Peñarol

"Me lo planteó el Presidente y otras voces calificadas. Así que respetaré ese pedido y todas mis averiguaciones de status, valor de la ficha, posibilidades reales, ofertas del exterior, etc. sobre Leo las compartiré una vez termine el Campeonato que espero sea cuanto antes (ojalá en 10 días)", agregó Varela.

"El segundo tema es que me comprometí a 'entender' si era viable la colecta de socios e hinchas. Hablé con las autoridades del Banco Central y con los proveedores calificados para la elaboración de fondos de inversión 'de la gente'. Tengo buenas noticias, se puede y jurídicamente tenemos los instrumentos como para plantearlo hacer. Más allá de que podamos ofertar (o no) por la continuidad de Leo, podemos armar una plataforma donde los hinchas y socios puedan ser 'inversionistas' del club en el progreso de jugadores de formativas o en la llegada de otros jugadores. Sobre esto ya estoy trabajando para presentarlo la semana que viene en el consejo directivo, apenas lo haga, compartiré el plan para que todos opinen o lo mejoren", expuso Varela.

Su inquietud surgió a partir de una pregunta que le hizo el usuario de X @SetaVos que le dijo: "Sé que en otros países hay diversas posibilidades para que los hinchas puedan invertir en determinado jugador. ¿Por qué en Uruguay eso no es posible?"

"En Uruguay es más posible que en otros países, porque tenemos regulado por ley el Crowdfunding. A mí me encantaría proponerlo y más para Leo Fernández. Tenemos algunas dificultades legales, pero para todas hay una solución jurídica", respondió Varela.

"La plataforma de cómo recaudar no es el problema, el tema es el armado de los derechos (no de formación, sino de la ficha) y los acuerdos entre privados", agregó.

La ley que puede viabilizar esta intención de Peñarol es el artículo 50 de la 19.280 que regula las plataformas de financiamiento colectivo.

El texto de la norma es el siguiente: "Las plataformas de financiamiento colectivo son mercados de negociación de valores de oferta pública abiertos a la participación directa de los inversores y reservados a emisiones de monto reducido. El Banco Central del Uruguay establecerá los límites máximos de emisión por emisor así como definirá el concepto de inversor pequeño y los límites máximos de participación de dicha categoría de inversores en cada emisión. Las instituciones que administren plataformas de financiamiento colectivo requerirán para funcionar autorización previa de la Superintendencia de Servicios Financieros, para el otorgamiento de la cual serán valoradas razones de legalidad, oportunidad y conveniencia. Será aplicable a estas instituciones lo dispuesto en los artículos 88 a 92 de la presente ley, en lo pertinente. Los emisores y las emisiones negociadas en plataformas de financiación colectiva se inscribirán ante la misma institución administradora, en las condiciones que establezca la regulación del Banco Central del Uruguay. La administradora oficiará como representante de los tenedores, como agente de pago y como entidad registrante de los valores, y será responsable de divulgar la información periódica del emisor y de la emisión exigidas por la reglamentación. Asimismo, la administradora deberá registrar los emisores y las emisiones en una sección específica que incorporará el Registro de Mercado de Valores, cumpliendo los requisitos que determine la Superintendencia de Servicios Financieros. No podrán efectuar emisiones en estas plataformas las personas jurídicas cuyas ventas anuales superen el valor máximo que establezca la Superintendencia de Servicios Financieros. No será aplicable a los emisores de valores negociados en plataformas de financiación colectiva lo dispuesto en el Título VI de la presente ley, con excepción de lo dispuesto en el artículo 82. Tampoco será aplicable a dichos emisores lo dispuesto en el artículo 113. La reglamentación que dicte el Banco Central del Uruguay podrá requerirles la presentación de informes profesionales sobre sus estados financieros, así como establecer exigencias en materia de gobierno corporativo a su respecto".

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