25 de febrero 2026 - 5:00hs

En la provincia argentina de San Luis, un bebé nació y se fue, enseguida, con una familia adoptiva. Suena simple, pero encierra innumerables complejidades. Lo habitual es que los mecanismos para dar en adopción a bebés recién nacidos cuyos padres no pueden o no quieren criarlos se activen una vez que los bebés nazcan, y eso implica en la mayoría de los casos que el recién nacido pase sus primeros meses de vida en un limbo muy alejado del apego que los especialistas recomiendan. Quedan en salas de hospitalesun problema reportado varias veces por El Observador— o pasan a familias de acogida, de manera provisoria, o pasan a familias del Registro Único de Adoptantes, bajo el riesgo de que puedan ser reclamados por su familia de origen. En resumen: el bebé pasa de mano en mano, durante un tiempo, "institucionalizado", antes de conocer lo que implica tener una familia.

Por eso, la decisión que tomó el juez de Familia Hugo Orozco marcó un precedente en la región. Como la mujer que gestaba —él se detiene a explicar por qué la llama "mujer que gesta" y no "madre"— se presentó ante el Registro Únido de Adoptantes a manifestar su decisión de no criar al bebé, a las instituciones de la provincia les dio tiempo para preparar todo para su llegada.

Al momento de nacer, ya estaba todo pronto para que los padres adoptantes que estaban primeros en la lista del registro pudieran obtener la guarda provisoria del bebé. El caso abre la discusión más allá de la frontera, sobre todo, porque en Uruguay desde el Parlamento y desde la Institución Nacional de Derechos Humanos se inició un proceso de revisión de todo el sistema de adopciones. Además, en concreto, el mes que viene se volverá a presentar un proyecto de ley sobre adopciones prenatales, que ya había sido archivado en la administración anterior.

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En entrevista con El Observador, Orozco explica las características de este caso, la importancia de velar por el "interés superior del niño" y de dejar de lado el "adultocentrismo" a la hora de pensar en soluciones para temas vinculados a los derechos en la infancia.

¿Cómo llegás en este caso, para que finalmente se termine dando esta decisión al momento del nacimiento del bebé?

El Registro Único de Adoptantes, nuestro de acá de la provincia de San Luis, toma conocimiento de esta chica gestante, que no es un tema menor este término porque nunca se percibió madre, no estaba en su deseo maternar, sino darlo en adopción. Toma conocimiento y eso nos permite trabajar el caso con antelación al parto. Justamente en razón de esto de que la chica no quería maternar, y me refiero específicamente no a esta idealización de tener el bebé, de criarlo, sino que ella no lo quería tener ni siquiera los 45 días que prevé nuestro código, razón por la cual nosotros empezamos a trabajar con el Programa Niñez para descartar o trabajar, mejor dicho, con toda la familia extensa tal cual lo prevé nuestra normativa, y una vez que se hizo eso yo pedí el registro de adoptantes y otorgo una guarda provisoria supeditada al nacimiento con vida del niño y a la ratificación de los 45 días, por lo cual el día del parto se coordinó además con el hospital para el trato con la mujer, de no maternizar este parto, se pidió una habitación separada donde me constituí con la secretaria, yo ya había otorgado la guarda provisoria y se hizo entrega del bebé en ese lugar.

Cuando a la chica gestante se la llama a los 45 días a ratificar su voluntad comienza técnicamente el proceso de adopción. Declaro la situación de adoptabilidad del niño, en razón del informe del Programa Niñez, lo que se trabajó con la Defensoría de Niñez y otorgo la guarda preadoptiva. Con el antecedente del caso, a los poquitos meses no vi necesidad de extender la guarda preadoptiva. Nuestro código procesal de San Luis me habilita hasta seis meses. A mí me pareció seis meses un tiempo prolongado porque el bebé desde el nacimiento estuvo con esta familia, que además para estar inscrita en el registro de adoptantes cumplió un montón de requisitos psicológicos y sociales. Yo tuve una audiencia con ellos y les expliqué la situación: “Está este bebé por nacer, ¿ustedes aceptan tenerlo como guardadores pero supeditado a la condición de ratificación de la gestante?”. Ellos aceptaron. Fue todo muy cuidado, con audiencias específicas, hablando en un lenguaje sumamente sencillo, y sobre todo centrado en el derecho del niño a tener una familia, porque más allá del tecnicismo, fue siempre pensando en el bebé, en que el bebé no pase en diferentes familias, y le di la oportunidad, con estas características, en estas condiciones, a esta pareja que estaba anotada.

Traés el concepto de que la mujer "no quería maternar", hablás de la “mujer gestante”, ¿qué significa esto?

Maternar también tiene una parte romántica, de romantizar la maternidad de la mujer, pero no siempre se da así, hay chicas que viven situaciones traumáticas, entonces creo que en esto también las instituciones tenemos que estar a la altura de la realidad y saber que también está esta otra mirada, esta otra situación que atraviesan las mujeres.

Lo que sucede acá en Uruguay es que una vez que el niño nace y que se decide que la madre biológica no lo puede criar, empiezan a dispararse los diferentes mecanismos de búsqueda de familiares, de ver qué va a pasar con ese niño, y pasa mucho tiempo, a veces meses, esperando a ver si va en adopción o no. ¿Qué característica tuvo este caso, que otros no?

Lo que vos mencionás es lo que pasa en la mayoría de los casos. La normativa nos prevé agotar la familia extensa y a veces eso lleva un tiempo, es desgastante y a veces traumático para el niño, sobre todo cuando no es un bebé. Yo creo que parte de la discusión de esto también está en repensar o reflexionar todo el dispositivo de la adopción.

¿Es algo que prevés que lo vas a poder seguir aplicando en la medida de las posibilidades?

La verdad es que nunca me imaginé un caso así, creo que lo pude trabajar así porque la chica gestante avisó con tiempo y también tiene otra particularidad, fue muy rápido el trabajo que se hizo con la familia extensa, con el Programa Niñez y lo trabajé en equipo con la Defensoría, entonces tuvimos estos dos grandes factores a favor. Y también la voluntad de los guardadores que estaban en el listado de adoptantes que dieron su consentimiento, porque si ellos decían que no, yo tenía que seguir con el listado. No sé si todos están dispuestos a eso, porque yo como juez me centro mucho en el niño. También para ellos, si la madre no ratificaba, hubiese sido una situación dolorosa. Pero bueno, en esto de los dolores del derecho de familia yo siempre trato de evitar que los niños sufran. Todos los casos de adopción son específicos. Creo que el desafío de esto es repensar la adopción desde un lugar donde tratemos de dar una solución rápida con lo que se puede. A veces se puede y a veces no. Tal vez las chicas no saben que pueden hacer esto con anticipación. Entonces yo creo que abre otra opción para la mujer. Ese es el desafío de las instituciones: aggiornarnos a los nuevos tiempos para dar mayores opciones y poder trabajar de la mejor manera que uno puede.

¿Cuánto tiempo llevó desde que esta mujer gestante anuncia que no quiere criar hasta el nacimiento del bebé?

Se toma conocimiento cuando ya estaba embarazada, creo que estaba en el cuarto mes. ¿Qué es lo que pasa? Hay una situación traumática de fondo, entonces no me pareció prudente como juez en ese contexto tener la audiencia. ¿Qué es lo que pedí? Que avance su tratamiento psicológico por fuera del Poder Judicial, el Registro Único de Adoptantes la acompañó, se le hicieron pericias y cuando ella estuvo bien, íntegra, yo ahí le tomé la audiencia, y después tuvimos otra audiencia más a mitad del embarazo. Su integridad era importante para chequear su voluntad, porque había otras opciones, nosotros tenemos la ley de interrupción del embarazo, que eso en los hospitales de acá también lo trabajan.

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¿Esta persona tuvo en cuenta proceder con una interrupción voluntaria del embarazo?

Sobre ese tema no pedí información, porque ella ya venía con la decisión de gestarlo y no maternar, eso lo tuvo muy en claro. Yo como juez necesitaba ver el informe psicológico, necesitaba ver la pericia, necesitaba conocerla, necesitaba entrevistarla, y todo me llevó a esa decisión, que fue lo que realmente ella quería.

Te lo pregunto porque hubo un caso de este tipo en la provincia de Corrientes en 2019, y los movimientos feministas lo cuestionaron porque entendían que esa decisión desalentaba la interrupción voluntaria del embarazo. ¿Cómo ves esa discusión a la luz de hoy, que hay una ley de IVE aprobada, que ya pasaron varios años?

En Argentina, o al menos en San Luis, hay mucha información sobre la interrupción, los hospitales trabajan. En este caso concreto yo chequeé que realmente fuera su voluntad la de gestar.

En Uruguay hace unos años se presentó un proyecto de ley que habilitaba la adopción prenatal o neonatal, y en ese momento el proyecto se archivó. Varias organizaciones desde el derecho y desde la salud, con miradas feministas, sostenían que con una ley de este tipo se vulnera el derecho de la mujer a optar por un aborto. Pero parecería que hoy la discusión cambia. ¿Creés que tu decisión podría dialogar bien con estas corrientes o con estas maneras de entender qué derechos te están vulnerando?

Yo tengo mucha apertura a buscar soluciones en el caso concreto, como fue esta causa, creo que sí esta causa marca un antecedente en cuanto a los recién nacidos. Es difícil que la mujer avise con antelación al parto, es muy particular que se dé eso. Entonces, creo que cualquier juez de acá, de San Luis o de Argentina, se puede animar más y a buscar en el Registro de Adoptantes y dar una guarda, ¿no? Pero no todos los casos son iguales. Es muy difícil estandarizar algo tan complejo como son las adopciones.

Me imagino que tiene que ver con la información que hay en San Luis o la predisposición de los dispositivos que participan en adelantar procesos en algo que no están acostumbrados…

Y la articulación entre las instituciones, se articuló muy bien entre el hospital, el Registro de Adoptantes, Defensoría, el juzgado, fue un trabajo en equipo, en un caso particular, donde tuvimos muchas características a favor.

Te lo llevo a Uruguay, donde a veces se van pasando las responsabilidades entre diferentes instituciones, entonces todo queda como está. Nadie agarra la papa caliente y dice: yo puedo cambiar las cosas… ¿Creés que falta información del personal que trabaja desde las diferentes instituciones para poder activar esto?

La articulación entre las instituciones es lo más difícil, y muchas veces esto viene con las políticas públicas de los lugares, porque los jueces actuamos con la norma que tenemos y con lo que nos mandan, con los informes, entonces todo lo otro que vos mencionás es parte de las políticas públicas. No sé si falta información, creo que estamos transitando diferentes sociedades que requieren más opciones para resolución de conflictos. Yo me animo a decir eso. En esto de buscar opciones, la normativa se queda corta, porque las situaciones sociales van avanzando mucho más rápido que las normativas que tienen los países.

¿Creés que sería oportuno que Argentina discutiera, por ejemplo, una ley que avance en este sentido, de adopción prenatal, neonatal?

Me parece que es una opción más, como la triple filiación, hay cosas que van quedando cortas para dar respuesta a las situaciones actuales. Pero sí, me parecería importante comprender este supuesto. Que no aplica a todo el caso, habría que pensar de qué forma se hace con todos los resguardos. Creo que siempre es bueno sumar alternativas para dar respuesta a lo que pide la sociedad, pero siempre con mucho estudio y prudencia.

En algún medio mencionaste la idea de por qué someter a este bebé a la institucionalización innecesaria si tenías al listado de adoptantes que estaban esperando. Una posible respuesta podría ser “porque hay riesgos”. ¿Creés que tomaste riesgos en tu decisión?

El riesgo era para los adultos, no para el niño, esa es la gran diferencia. El riesgo del adulto era que la chica gestante no ratificara, entonces tuvieran que devolver al bebé. Lo más común en los juzgados es que citen a la gestante a los 45 días, que esos 45 días el bebé está con la mujer gestante que puede querer maternar o no esos días, o a veces puede ir a los cuatro meses. Pero yo creo que tenemos que corrernos de este lugar adultocentrista y focalizarnos más en el interés del niño. Evitar todas las situaciones menos favorables para los niños.

En todas las cuestiones que tienen que ver con los derechos de los niños siempre se habla del “interés superior del niño”. Pero a veces parece que esté corrido el interés superior, ¿no?

El interés superior del niño queda como un principio abstracto. El tema es que siempre hay que aplicarlo en el caso concreto. ¿Qué es lo mejor que yo le puedo dar a este niño? A este niño yo le tenía que dar una familia desde el nacimiento. Estamos en un momento donde hay mucha tendencia al adultocentrismo, ¿no? Y donde cuesta bajar el concepto abstracto del interés superior del niño. Tenemos que focalizarnos y empezar a pensar más desde el lugar del niño, para el niño, desde los derechos del niño, y evaluar los riesgos. Y evaluar primeramente los riesgos de los niños, y después vemos cómo podemos ir trabajando.

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