La Agencia Nacional de Vivienda (ANV) mantiene abierta hasta el próximo 30 de junio la agenda para que titulares de créditos hipotecarios en Unidades Reajustables (UR) puedan acceder a beneficios que incluyen la extinción de la deuda o la reducción de la tasa de interés hasta el 0% o el 2,5%.
La iniciativa forma parte del denominado Plan UR, que fue flexibilizado a fines de 2025 mediante el decreto 243/025 para ampliar el alcance de los beneficios previstos en la Ley N° 20.237.
La normativa, aprobada en 2023, creó un fideicomiso destinado a reestructurar y administrar créditos hipotecarios y promesas de compraventa en UR originados en el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU).
Qué beneficios ofrece el Plan UR
La ANV dispone de una herramienta online para que los titulares consulten si están comprendidos dentro de los beneficios.
Al verificar el estado del crédito, pueden aparecer cuatro situaciones:
Extinción del crédito
En estos casos, el préstamo queda cancelado y dejan de generarse nuevas cuotas.
Además, si el titular realizó pagos correspondientes a cuotas con vencimiento posterior al 1° de marzo de 2025, esos montos serán reintegrados al momento de la escrituración o cancelación de la hipoteca.
Reducción de tasa al 0% o al 2,5%
Los beneficiarios pueden acceder a una rebaja de la tasa de interés siempre que realicen la solicitud correspondiente y acrediten estar al día con los tributos nacionales y departamentales.
Crédito en análisis
Significa que el préstamo cumple con los requisitos generales de la ley, pero presenta características particulares que requieren un estudio adicional por parte de la ANV.
No aplica
Corresponde a los créditos que no cumplen con las condiciones establecidas para acceder a los beneficios.
Quiénes pueden acceder
Para cualquiera de los beneficios existen requisitos generales:
- Ser persona física titular de un crédito hipotecario en UR.
- Que el crédito esté vigente.
- Que haya sido destinado a vivienda propia.
- Que el monto original del préstamo no haya superado los US$ 80.000.
- Que el crédito haya sido asumido antes del 1° de enero de 2009.
Requisitos para acceder a la extinción del crédito
Además de las condiciones generales, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- Que el crédito tenga 40 años o más de antigüedad.
- Haber realizado al menos 110 pagos durante los últimos 10 años.
- Que el total abonado represente al menos el 35% del monto garantizado en la escritura hipotecaria.
- Firmar la cancelación de la hipoteca dentro de los dos años posteriores a la aplicación del beneficio.
- Estar al día con los tributos asociados al inmueble al momento de escriturar.
Quiénes pueden acceder a una tasa de interés de 0%
La reducción al 0% está dirigida a créditos asumidos antes del 31 de diciembre de 1993.
Además, los titulares deberán:
- Solicitar formalmente el beneficio ante la ANV.
- Presentarse todos los titulares del crédito o concurrir con carta poder certificada.
- Acreditar estar al día con tributos departamentales e Impuesto de Primaria.
Quiénes pueden acceder a una tasa de interés de 2,5%
Este beneficio está previsto para créditos asumidos entre el 1° de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 2008.
En estos casos también será necesario:
- Solicitar la aplicación del beneficio ante la ANV.
- Presentarse todos los titulares o hacerlo mediante representante con carta poder certificada.
- Presentar constancias de estar al día con los tributos departamentales y con el Impuesto de Primaria.
Hasta cuándo hay plazo para anotarse
Los titulares que hayan sido identificados como potenciales beneficiarios deberán agendarse a través de este enlace antes del próximo 30 de junio para iniciar el trámite.
La ANV también habilitó canales de consulta para quienes tengan dudas sobre su situación particular o los requisitos exigidos para acceder a los beneficios.