El Banco de Previsión Social (BPS) negó haber desalojado de una vivienda en Maldonado a una mujer de 65 años que posteriormente habría terminado en un refugio de Montevideo, como afirmó el director del organismo en representación de los empresarios, José Pereyra.
En diálogo con El Observador, el organismo sostuvo que la mujer nunca fue beneficiaria de su programa de soluciones habitacionales y que ocupaba de manera irregular una vivienda del complejo Cerro Pelado, en Maldonado. “BPS nunca la desalojó”, aseguró la institución.
La versión oficial contradice el relato realizado por Pereyra, quien contó públicamente una serie de situaciones que, según dijo, conoció durante su gestión y que involucraron a jubilados y pensionistas.
“El BPS echó gente mayor a dormir a la calle por peleas internas”, afirmó el director días atrás en una entrevista con el medio del departamento fernandino FM Gente, en la que relató tres casos y aseguró que llegó a denunciar penalmente a un compañero de trabajo “por perjudicar a cuatro ciudadanos”.
Qué respondió el BPS sobre la mujer que terminó en un refugio
Uno de los casos relatados por Pereyra fue el de una mujer de 65 años que, según su versión, fue expulsada por el BPS de una vivienda de Maldonado perteneciente al programa de soluciones habitacionales del organismo.
Pereyra aseguró que junto a su equipo hizo un seguimiento de la situación y que finalmente encontraron a la mujer en un refugio de Montevideo. Incluso afirmó que no tenía celular porque se lo habían robado allí.
Consultado por El Observador, el BPS dio una versión diferente de lo sucedido. Según informó el organismo sobre la base de los datos aportados por sus servicios, la mujer no era la titular de la vivienda ni tenía autorización del BPS para residir allí.
La beneficiaria original había permitido que la mujer viviera en el inmueble junto con ella y su hija. Sin embargo, posteriores relevamientos ocupacionales realizados por el organismo determinaron que la titular ya no residía en el lugar y que la vivienda estaba siendo ocupada por la mujer de manera irregular.
El BPS sostuvo además que no existió un lanzamiento. Según la explicación oficial, la hija de la beneficiaria original entregó las llaves de la vivienda en mayo de 2025, por lo que no fue necesario realizar un desalojo judicial.
“Destacamos que BPS nunca la desalojó porque se produjo la entrega de la llave por parte de la hija de la beneficiaria original”, señaló el organismo.
El BPS agregó que, de acuerdo con información que había recabado informalmente, la mujer se habría trasladado a Buenos Aires, donde tendría familiares, después de la devolución de las llaves.
Tras las declaraciones de Pereyra, el organismo volvió a averiguar sobre su situación y recibió información de que la mujer habría regresado de Argentina y posteriormente ingresado a un refugio.
“Por información recabada ahora, a raíz de las declaraciones del director Pereyra, y sin que esto tenga algo que ver con el BPS, la persona habría vuelto de Buenos Aires y habría ingresado a un refugio, habiendo tramitado una pensión a la vejez”, indicó el organismo.
El BPS insistió en que la mujer “nunca fue y no es beneficiaria del programa de soluciones habitacionales” y sostuvo que tampoco fue desalojada, dado que su presencia en la vivienda surgió de “un acuerdo interno con la beneficiaria original”.
Quiénes pueden acceder a las soluciones habitacionales del BPS
El programa de Soluciones Habitacionales del BPS contempla tres modalidades: vivienda, cupos cama y subsidio de alquiler.
Según explica el organismo en su página web, está dirigido a jubilados y pensionistas por sobrevivencia del BPS que residan permanentemente en Uruguay y cuyos ingresos nominales no superen las 12 Unidades Reajustables (UR), equivalentes a $ 23.289,24.
Para determinar si una persona supera ese límite, el BPS considera todos sus ingresos nominales, cualquiera sea su naturaleza, que se suman a la jubilación o pensión que paga el organismo. Existen algunas excepciones, entre ellas determinadas prestaciones del Banco de Seguros del Estado (BSE), la prima por edad y algunas prestaciones reparatorias.
Además, constituye un impedimento para ingresar al programa ser propietario o copropietario de una vivienda, tener derecho de uso y habitación, ser promitente comprador, usufructuario o titular de otros programas de vivienda.
Si el beneficiario declara que vivirá con una o más personas, quienes cohabiten con él deben cumplir los mismos requisitos exigidos al aspirante, según establece el BPS.
La pareja de jubilados expulsada “por $2.000” y el hombre que perdió su jubilación
Pereyra relató además el caso de una pareja de jubilados de 75 y 82 años que, según afirmó, fue expulsada de un complejo habitacional del BPS.
El director explicó que el programa establece un tope de ingresos para acceder al beneficio y que la pareja superaba ese límite por unos $2.000. Según Pereyra, los dos jubilados fueron “echados a la calle por $2.000”, aunque aclaró que el organismo se encuentra actualmente “reviendo la situación”.
El tercer episodio mencionado por Pereyra fue el de un hombre al que, según su relato, el BPS le retiró la jubilación durante siete años, desde 2019. El director aseguró que el organismo reconoció recientemente que había cometido un error y que ahora deberá “remendar” la situación.
Los tres casos fueron utilizados por el director para describir situaciones que, según afirmó, encontró durante su gestión en el organismo. En ese contexto, el director sostuvo que llegó a presentar una denuncia penal contra un compañero de trabajo “por perjudicar a cuatro ciudadanos”.