30 de julio de 2026 8:39 hs

A un mes de iniciada la campaña, más de 400.000 ciudadanos ya gestionaron sus borradores o confirmaron su información a través de los canales digitales estatales.

El nuevo calendario de vencimientos y pagos

El organismo estableció la fecha límite para la entrega de los formularios y la posibilidad de fraccionar el pago del saldo resultante en hasta cinco cuotas iguales.

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Las fechas del calendario fiscal para la declaración y el abono de cuotas se distribuyen de la siguiente manera:

  • Plazo límite para presentar la declaración jurada: 31 de agosto de 2026.
  • Vencimiento de la Cuota 1: 31 de agosto de 2026.
  • Vencimiento de la Cuota 2: 30 de septiembre de 2026.
  • Vencimiento de la Cuota 3: 30 de octubre de 2026.
  • Vencimiento de la Cuota 4: 30 de noviembre de 2026.
  • Vencimiento de la Cuota 5: 30 de diciembre de 2026.

Cómo realizar el trámite y consultar devoluciones

Los contribuyentes pueden ingresar al borrador de su declaración jurada mediante los servicios en línea de la DGI, utilizando su usuario gubernamental o identidad digital. En el portal se deben verificar las rentas percibidas y las deducciones reportadas por el Banco de Previsión Social (BPS).

Si la información precargada es correcta, el trámite se completa confirmando el formulario en el sistema. En caso de registrar un saldo a favor, el monto se acredita en la cuenta bancaria previamente asociada o queda disponible para cobro presencial en la red de cobranzas habilitada.

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