13 de mayo de 2026 7:46 hs

La Cámara de Diputados aprobó este martes un proyecto de ley que modifica el régimen de multas de tránsito en rutas nacionales, establece nuevos criterios para las sanciones por exceso de velocidad y endurece las penalizaciones para quienes circulen sin matrícula o con chapas adulteradas. La iniciativa recibió 91 votos en 92 legisladores presentes y ahora pasó a consideración de la Cámara de Senadores.

La única representante que no acompañó en la votación fue Nibia Reisch, del Partido Colorado.

El texto modifica varios artículos de la Ley N°19.824 y fija nuevos topes máximos para determinadas infracciones, además de incorporar mecanismos de reincidencia y campañas de educación vial.

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Nuevas multas por exceso de velocidad

El proyecto establece que las multas por exceso de velocidad en rutas nacionales tendrán un tope máximo de 15 unidades reajustables (UR) y quedarán divididas en distintas franjas según la gravedad de la infracción y el momento en que se pague.

Para quienes excedan hasta 20 km/h el límite permitido, la multa será de 2,5 UR si se abona dentro de los primeros 180 días desde la notificación; subirá a 3,5 UR entre los 181 y 365 días y llegará a 5 UR después de ese plazo o en caso de reincidencia.

En los casos de excesos de entre 21 y 30 km/h, las sanciones irán de 4 UR a 8 UR, dependiendo del tiempo de pago y de si el conductor registra reincidencias.

Para quienes superen entre 31 km/h y hasta casi duplicar la velocidad máxima permitida, las multas oscilarán entre 6 UR y 12 UR.

El proyecto también establece que quienes circulen al doble o más de la velocidad habilitada recibirán directamente una sanción de 15 UR.

Alcohol, drogas y matrículas adulteradas

La iniciativa fija además multas de hasta 10 UR para quienes crucen semáforos en forma no autorizada o adelanten en zonas prohibidas en rutas nacionales.

En tanto, conducir bajo efectos del alcohol o drogas —o negarse a realizar espirometrías o pruebas de detección— tendrá una sanción máxima de 15 UR.

La misma multa se aplicará a quienes circulen sin matrícula o con chapas adulteradas u ocultas deliberadamente.

El proyecto también faculta a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a aplicar multas directamente en casos vinculados a matrículas adulteradas o inexistentes en jurisdicción nacional.

Fondos para obras y radares pedagógicos

La propuesta establece que el dinero recaudado por las multas vinculadas a matrículas adulteradas será destinado al financiamiento de obras de infraestructura vial.

Además, encomienda al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) la implementación de campañas masivas de educación vial y la instalación de radares pedagógicos para fomentar el cumplimiento de las normas de tránsito y reducir la siniestralidad.

Por otra parte, el proyecto redefine el concepto de reincidencia y establece que se considerará reincidente a quien cometa tres o más infracciones de igual o similar naturaleza dentro de un año calendario.

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