El hombre explica que está separado desde hace siete años, aunque nunca tramitaron el divorcio. Se casaron hace 45.
La jueza le pregunta dónde están los tres hijos (le aclara que si él no está “en posición de socorrerla vienen los hijos”). El hombre cuenta que el mayor murió, la hija “cree” que vive en el Chuy, aunque no tiene contacto, y el tercero vive en la calle. “Estuvo conmigo hasta hace diez días”, dice.
La muerte del hijo más grande del matrimonio afectó a la señora —asegura él— por lo que el psiquiatra que la atendía recomendó internarla. Estaba en un residencial pero cerró y la mandaron a la Española.
El hombre agrega que le entregó dinero a un abogado que se comprometió a tramitarle una pensión por invalidez, pero que no cumplió con lo pactado. La mujer nunca tuvo ingresos y la idea era que con esa pensión pudiera vivir. El cobra $15 mil de jubilación y apenas le da para vivir, por lo que no puede hacerse cargo de su esposa.
La jueza le explica que el abandono de personas mayores e incapaces es delito según el 329 del Código Penal.
La defensora que representa los intereses de la señora le pide a la jueza que la alguacil concurra al centro del Mides a averiguar si la mujer va a poder permanecer allí y que se busque el paradero de la hija en el Chuy para que se haga cargo de su madre.
Cuando se retira el hombre, la jueza afirma que los juzgados de Familia Especializada son “el residuo del Poder Judicial”. “Todo viene acá. Una persona precisa un cupo cama o que la internen en el Piñeyro del Campo viene acá, otra es inimputable también viene acá”, ejemplifica.
La última nueva tarea que les asignó la Suprema Corte implica que si una persona es enviada a prisión y tiene hijos menores a su cargo, debe hacerse un juicio para averiguar si los niños y adolescentes tienen derechos vulnerados y buscar soluciones.
Para empezar con la segunda audiencia el receptor sale a llamar a la denunciante pero no está. La llaman por teléfono y responde que no va a ir “porque ama a su pareja” y pide que le saquen las medidas cautelares. Como vencen dentro de tres meses, la jueza dispone que la alguacil se entreviste con denunciante y denunciado y averigüe los motivos por los cuales no asistieron al juzgado. En ese caso la pareja tiene hijos en común y se había evaluado que había riesgo para la víctima.
El siguiente caso es el de la madre de un joven de 25 años adicto a la pasta base y con esquizofrenia que está en situación de calle. La mujer relata que hizo hasta 3er año de UTU y consume desde hace 8 o 9 años. Estuvo en tratamiento por su enfermedad hasta que se fue de la casa.
La justicia le prohibió acercarse a su madre luego de que entrara a la casa a robar y la amenazara con un cuchillo.
La última denuncia la hizo ella porque incumplió la medida y regresó a la casa dos noches antes de la audiencia con insultos, y pidiendo dinero. La amenazó a ella y a su pareja, y se instaló en el patio con una carpa.
Cuando la policía llama al juez de turno para informarle de una denuncia, los jueces suelen ordenar medidas urgentes por teléfono como la prohibición de acercamiento y de comunicación con la víctima, y la ley de género los obliga a realizar una audiencia dentro de las 72 horas para escuchar a las partes. No siempre se cumple con esos plazos pero cuando puede estar en peligro la víctima, tratan de cumplir.
— Tengo miedo, no creo que me mate pero sí que me pueda hacer daño —dice la madre.
— ¿Quiere tobillera? —pregunta la jueza.
— Sí, por favor. Necesitaría tratamiento pero es por su cuenta y no lo va a hacer.
La defensora pide que se mantengan las medidas de no acercamiento y se agregue la tobillera “por el miedo fundado” de la madre. La jueza le encomienda al Equipo Técnico valorar el riesgo para definir si le colocan el dispositivo. Agrega que cambiará la carátula a violencia de género (Ley 19.580) y la deriva a un programa para víctimas de hijos que consumen drogas. También decide enviar copia de la audiencia a Fiscalía, “a ver si hace algo”, dice.
El Equipo Técnico o ETEC realiza una entrevista con la víctima y con el victimario, si es que se presenta, para definir si existe riesgo que obligue a colocar una tobillera o a decretar custodia policial, si escasean las tobilleras, o si existe alguna otra patología que amerite un tratamiento.
Lo ideal para los jueces sería contar con la pericia psicológica antes de la audiencia, pero eso no es posible porque el servicio está saturado. Los psicólogos y asistentes sociales definieron que no hacen más de cuatro pericias por día en cada turno, lo que implica que haya casos que deban ir a la lista de espera, informa la jueza. Mientras tanto, los magistrados resuelven las medidas de prevención si entienden que puede existir riesgo.
El Equipo Técnico sólo atiende con agenda
En el momento de este reportaje hay cuatro bajas por enfermedad. El Equipo Técnico está integrado por tres psiquiatras, dos médicos forenses, 13 psicólogos, 13 asistentes sociales, cuatro administrativos y una coordinadora que es la asistente social Rosario García Sande. El Observador la consultó pero la funcionaria no accedió a dar la nota.
La queja de Familia Especializada hacia la Fiscalía
Cuando se crearon los juzgados de familia especializada los fiscales intervenían en los casos como dictaminantes técnicos pero en la ley de Presupuesto del año 2015 se eliminó ese rol. Ahora son los jueces los que deciden reportarles casos si entienden que hay delito, a las fiscalías de Delitos Sexuales o Violencia Doméstica, para que investiguen.
La jueza se queja de que rara vez la fiscalía actúa. Muchas veces, hacen uso del Principio de Oportunidad que les da la posibilidad de no investigar y archivar el caso frente a delitos que no comprometan gravemente el interés público.
En esos casos, igualmente dictamina las medidas cautelares pero pasan los años sin tener noticias. Relató sobre un caso de abuso sexual en que pasados dos años le notificaron una pena de dos años, cuando ya las medidas habían vencido y estaba archivado porque no puede mantenerlas eternamente a la espera de fiscalía. En otro caso, fiscalía se dio “por enterada” y dijo que "no había flagrancia" cuando la víctima estaba lastimada y, a su juicio, si lo había.
La jueza Julia Staricco —que estuvo en Penal y está desde hace varios años en familia especializada— señala a El Observador que cuando hay una denuncia de violencia doméstica, en su “humilde opinión, siempre hay un delito”.
Lo mismo entiende con respecto a las denuncias por Código de la Niñez y la Adolescencia. “Si hay una situación de vulnerabilidad es que alguien está vulnerando a ese niño. Si la Fiscalía investiga o no, es otro cantar. Pero si hay una situación de violencia, esa situación tiene su contracara en un delito”, afirma.
Despacho de la jueza de Familia Especializada Julia Staricco
Staricco no está de turno por lo que aprovecha a estudiar expedientes o fijar audiencias evaluatorias que tiene que hacer antes de que venzan las medidas para determinar si las prorroga o las levanta y archiva el caso. La jueza cuenta que vienen haciendo capacitaciones con la Jefatura de Policía para que entiendan que se trata de dos procesos, uno de protección para la víctima y otro eventualmente penal, y que, si existe presunción de delito, deben dar cuenta a la Fiscalía para que solicite las evidencias que entienda necesarias para una eventual formalización.
Drogas, salud mental y violencia
La defensora de las víctimas asegura que los casos que ven en el turno se podrían reducir a tres grandes áreas: drogas, salud mental y violencia de género. Y dice estar convencida de que “si se tratara adecuadamente la salud mental bajarían las denuncias de género” porque gran parte de los casos que llegan tiene que ver con patologías.
Staricco coincide con el diagnóstico. “Antes estábamos acostumbrados a que el hombre era el agresor. Ahora los temas de salud mental están afectando también a las mujeres y si le sumamos el tema del consumo problemático, es un combo bastante difícil de abordar”.
La jueza lamenta que se haya perdido el contacto con el médico de familia, "porque hay cosas que se podrían solucionar o dar una respuesta rápida por la medicina general y no esperar un abordaje del psiquiatra. A veces, teniendo a alguien que los escuche, las víctimas y victimarios, que en definitiva son todas víctimas, se podrían solucionar los conflictos”.
A su juicio, estas situaciones reclaman una mayor articulación entre organismos del Estado para mejorar la respuesta. Por eso, dice, se está trabajando con los prestadores de salud para que los informes que les mandan sean "lo más completo posibles". “En un caso de una mamá que dio a luz y tiene un problema de consumo de estupefacientes, nos dicen que podría tener la tenencia provisoria la tía Paulita. ¿Donde ubicamos a Paulita?, para no perder tiempo oficiando (pidiendo a organismos que la ubiquen) necesitamos que nos manden todos los datos. Lo mismo las comunicaciones judiciales. Tienen que ser claras. Hay un cuello de botella en los organismos del Estado”, advierte.
En los casos de crisis por salud mental, los jueces los internan en el Hospital Vilardebó. “Pero si después no hay un plan de egreso, o no hay un seguimiento, esa persona vuelve a quedar en la calle o delinque, o vuelve la mamá y pide medidas cautelares acá, y estamos en un espiral”, dice Staricco.
Su colega que está de turno, entre audiencia y audiencia, coincide en que el Estado funciona con "compartimentos estancos". Ejemplifica que el Mides le pide por escrito a la jueza que intervenga INAU, porque no puede mandar directamente una solicitud a INAU. "No se hablan y nos piden darle apoyo a una mujer que tiene dos niños pero se fue del hogar y temen que los niños estén en riesgo".
En ese sentido, Staricco dice que pueden cumplir un rol fundamental en el trabajo con la primera infancia, que es la más olvidada. “En estos juzgados tenemos la suerte de poder trabajar en la prevención. Cuando te denuncian la situación de Marito y Marito tiene cinco hermanos más chicos entonces hay que ampliar la carátula y pedir a los otros organismos que averiguen en qué situación están esos niños”.
Pero aclara que, para eso, “se necesita mucha articulación con otras instituciones para que haya una respuesta efectiva". "Si no... Yo sacaré una sentencia preciosa, pero a los efectos de hacer justicia…no sirve de nada”.
En el caso de que un niño quede bajo tutela de INAU, afirma que le van pidiendo al organismo informes cada 30 días para hacer un seguimiento y, cuando la situación más o menos está encaminada, dispone "el cese de la intervención judicial, pero eso no implica que esas familias no tengan que seguir con un acompañamiento". También visita los hogares y trata de estar en contacto con los niños de los expedientes. Cuenta que la esperan con ansias y le preguntan: "¿Cuando me voy? ¿Cuando me vas a conseguir una familia? ¿Me puedo ir contigo?".
La jueza Julia Staricco guarda los dibujos que le entregan los niños
Muchas veces la intervención pasa por lograr que un niño que se alejó de la escuela, vuelva. Recuerda el caso de una niña de 11 años que llevaba meses encerrada en su casa en Ciudad Vieja sin ir a la escuela. Tenía un problema de autismo, que sin tratamiento fue aumentando. O el caso de unos niños que no iban a la escuela porque cuando llovía una cañada crecía y les cortaba el paso. Se solucionó pidiendo desde el juzgado a la Intendencia pudiera construir un puentecito para que pudieran pasar.
El dispositivo Élida 360
Aunque se pueda pensar que todos los casos que llegan a los juzgados de Familia Especializada tienen como protagonistas a personas de escasos recursos —que son la mayoría—, también desfilan por los juzgados profesionales y personas de alto poder adquisitivo que van acompañadas de abogados reconocidos.
En la sala de espera, el día del turno, aguarda una profesional —acompañada de su abogado particular— que denunció a su expareja por violencia psicológica, patrimonial y sexual. Tendrán audiencia en otro juzgado que también está de turno.
Después de que la mujer rompiera el vínculo, él se puso más violento y le manda cientos de audios con insultos y amenazas a pesar de que tiene una orden de prohibición de acercamiento a 500 metros por 180 días y prohibición de comunicación. Además. se instaló en la casa de balneario de ella, en Maldonado, a la que solían ir los fines de semana.
Al celebrarse la audiencia, el denunciado no se presentó, pero se comprometió a través de su abogado a abandonar la casa. De los antecedentes surge que ya tuvo colocado un año tobillera por denuncias de violencia de una pareja anterior.
En lugar de colocarle la tobillera, el juez dispone hacer uso del dispositivo Élida 360, una aplicación móvil del Ministerio del Interior para casos de violencia de género y doméstica de riesgo bajo. Debe su nombre a Élida Pensado Graña, la primera mujer policía uniformada del Uruguay. El dispositivo lo porta únicamente la víctima y se puede comunicar directamente con la policía. Si hay un incumplimiento se activa la alerta e impacta directamente en el sistema de gestión policial.
El denunciado que pidió tobillera y una víctima que no se presentó y estaba golpeada
El siguiente denunciado del turno ingresa solo. La víctima, que no se presentó, lo denunció por abuso sexual hace un año cuando estuvo internada en el Pereira Rossell. Él tiene 18 años y dice que la acusación es falsa, que sus madres, que son vecinas, eran amigas y se veían seguido pero que nunca estaban solos sino que “siempre había adultos”.
Interrogado por la jueza, relata que salió un tiempo con una hermana de la víctima cuando era adolescente pero que ahora tiene una nueva pareja, de 17 años, con la que tiene un bebé de diez meses.
Hace unos meses estaban sentados en la vereda de la casa de su madre y la vecina (madre de la víctima) “empezó a putearlos”. “Luego la hermana de ella le pegó a mi bebé con un fierro. Además les dieron puñaladas en las piernas y no pasó nada”, dice. Llamaron a la policía y ahí que se enteró de que tenía una orden de restricción de 500 metros.
Días después, fue a la seccional 21 porque había perdido la cédula y le informaron que tenía una denuncia. “Me llevaron al calabozo y me dejaron hasta las 7 de la mañana”.
Despacho de la jueza Julia Staricco
La defensora le pregunta a él si quiere tobillera. Él responde: “Prefiero tobillera para que vean que cumplo con las medidas”. Además, la víctima estudia a 1.000 metros de su casa y él trabaja a 30 metros de allí.
La abogada pide que se mantenga la prohibición de acercamiento a 500 metros para que la reducción del radio no perjudique su movilidad y la de la denunciante. La jueza hace lugar.
En el intervalo entre esa audiencia y la siguiente, en el juzgado celebran que el caso de una beba de 15 meses en el que intervinieron terminará finalmente en una adopción. Si bien las adopciones corren por los carriles de los juzgados de familia, en Familia Especializada se hace “la condición de adoptabilidad”, el trámite previo por el que la justicia informa a INAU que un niño está en condiciones de ser adoptado.
La siguiente denunciante tampoco se presentó. La llaman por teléfono, atiende su hija y dice que no está. Sí está el denunciado, pareja de la mujer y padre de sus hijos.
Al inicio de la audiencia la jueza relata que ella lo denunció porque se puso violento en una discusión en la que “tajeó el asiento de la moto de ella”. Telefónicamente impuso medidas de no acercamiento que están vigentes por seis meses.
El hombre dice que llevan 22 años juntos. “A veces tengo problemas de consumo (de cocaína). Me buscan para que yo me vaya a consumir. Mis dos hijas me agredieron a mí y cortaron el asiento para decir que fui yo. La cocaína es mi desahogo”, se justifica.
Ante algunas preguntas de la jueza, cuenta que cuando rezonga a sus hijas, de 15 y 17 años, la madre salta por ellas. También tienen un hijo de 21 años que ya no vive en la casa. Dice que hace días venía viendo “algo raro” y que se enteró de que “el vecino se metió a la casa” cuando él no estaba.
Le preguntan por sus ingresos y afirma que superan los $60 mil por lo que el defensor le aclara que, por esta vez, lo representar, pero que si hubiera otra audiencia tendría que venir con abogado particular. Si los ingresos superan los $ 34.300 nominales (5 BPC en caso de tener hijos a cargo) la persona debe contratar un abogado.
La defensora pide que la prohibición de acercamiento se reduzca a 200 metros, dado que él está en la casa del padre a cinco cuadras, que se le pida al alguacil que lo acompañe a retirar sus pertenencias de la casa, se realice evaluación de riesgo, y se lo derive a su mutualista por tratamiento de consumo problemático.
Según supo El Observador días después, se consideró que no existía riesgo para la mujer por lo que no se le colocó tobillera.
En varios momentos de la mañana suena el celular de la jueza. Al estar de turno le corresponden las llamadas provenientes de las seccionales pares o impares. Si está en audiencia, pide disculpas e interrumpe para atender.
En una de las llamadas la policía le informa que una mujer, joven madre de dos niños de 5 y 3 años, que estaba en la calle, fue a la casa de su madre y quiere echarla para quedarse allí con sus hijos. Según el relato de la agente, la abuela quiere hacerse cargo de sus nietos, pero no quiere recibir a su hija. La jueza le ordena a la efectiva que deriven a la mujer a un refugio, le prohíbe acercarse a menos de 100 metros y dispone que ambas vayan al juzgado al día siguiente con los niños para ser evaluados.
Al día siguiente la jueza supo que los hechos no eran como los había descrito la denunciante sino que en su casa funcionaba una boca de venta de drogas y que madre e hija habían discutido y, por eso, la había echado de la casa. La jueza informó a la Fiscalía.
En el siguiente caso tampoco se presentó la denunciante por lo que el receptor la llama por teléfono. La mujer dice que la policía no le notificó pero aclara que quiere que le saquen las medidas a su pareja. La jueza decreta —el receptor teclea— que la alguacil vaya a la casa. Él la quiso ahorcar y en otro momento la empujó mientras tenía a la bebé de un año en brazos. Además, según la denuncia, tiene un arma.
Efectivamente, la mujer no había ido a la audiencia por amenazas de su pareja. Cuando fue la alguacil la encontró lastimada, cuenta la jueza días después por teléfono al ser consultada por la resolución del caso.
Como la alguacil verificó que estaban viviendo juntos, la jueza informó a la Fiscalía de las lesiones, pero no levantó las medidas sino que dispuso que vencido el plazo, se archive el expediente. “No la voy a citar a audiencia porque ella no va a venir. Si se arma otro problema y vuelve a denunciar, como las medidas están vigentes, resolveré que incumplió las medidas”.
El incumplimiento de medidas cautelares (como prohibición de acercamiento o comunicación) constituye un delito de desacato agravado según la ley de género y habilita que el infractor pueda ser arrestado y formalizado y condenado, con penas que van desde tres meses de prisión hasta dos años de penitenciaría, en teoría.
Antes de las 14 horas la lista de las ocho audiencias fijadas se terminó, lo que pone fin a un día del turno bastante tranquilo. Desde marzo de 2025 los juzgados de la calle Rondeau y Valparaíso funcionan en dos turnos —matutino, de 8.30 a 14.45, y vespertino de 12.30 a 18.45 horas— lo que sirvió para organizar mejor la tarea frente a la demanda de trabajo. En la resolución por la que tomó esa medida, el Poder Judicial fundamentó que “surge acreditado que el volumen de trabajo en esta materia no ha dejado de crecer de manera inversa a la asignación de recursos”.
Por eso, una mañana con ocho audiencias —de las que tres no se realizaron por no asistir ni la víctima ni el denunciado— se considera tranquila, ya que hay días que superan las 10 y llegan a las 14, a las que hay que sumar las llamadas telefónicas de la policía.
Mañana será otro día en el turno del "residuo" del Poder Judicial.