19 de marzo de 2026 16:00 hs

En el marco de la discusión sobre el proyecto de ley que reduce el monto de las multas que aplica el Ministerio de Transporte por exceso de velocidad, el Ministerio del Interior aprovechó su comparecencia ante la comisión de Diputados para plantear una “inquietud” transmitida a las autoridades por la Dirección Nacional de Policía Caminera.

“Me refiero a una situación que se viene verificando desde hace un tiempo y que no tiene una previsión normativa concreta: la adulteración de las matrículas en los vehículos que circulan por nuestras rutas nacionales”, dijo en la comisión el director general del Ministerio del Interior, Gerardo Siri.

El jerarca separó el asunto en dos tipos de situaciones: las accidentales –matrículas gastadas o viejas o personas que perdieron o les robaron la matrícula– y los que buscan eludir controles y multas. Y este segundo grupo es al que apunta el Ministerio del Interior.

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La normativa actual prevé una sanción de 4 unidades reajustables ($7.664) por la falta de matrícula o por su “ilegibilidad”. Sin embargo, la preocupación del Ministerio del Interior es otra: “Lo que estamos poniendo arriba de la mesa -creemos que los señores legisladores pueden tomar las previsiones del caso- es establecer la sanción correspondiente para la adulteración”.

Si bien Siri aseguró que el Ministerio del Interior entiende que se configura un delito penal, y la Policía está derivando los casos a Fiscalía para que defina si da curso o no a un investigación, reclamó un marco normativo para una sanción administrativa.

“Creemos que sería bueno contar con una norma que prevea expresamente que la adulteración es una falta en sí misma y que establezca un guarismo punitivo que sea bastante superior al que hoy existe en la normativa”, dijo Siri y mencionó la iniciativa del Congreso de Intendentes de reducir a la mitad la mayoría de las multas lo que llevaría a la sanción por la falta o ilegibilidad a apenas 2 UR (unos $3.832).

Reducción de multas

El Ministerio del Interior, en tanto, respaldó el proyecto de ley de reducir a la mitad las multas por exceso de velocidad –salvo cuando se supere el límite por más del doble–. “Nos parece adecuado es espíritu que anima la norma propuesta”, dijo Siri y agregó que la escala de montos que se establece no le merece ningún reparo.

El texto fue presentado por los diputados opositores Sebastián Andújar, Conrado Rodríguez y Álvaro Perrone y cuenta con amplio consenso. El proyecto abarca las multas que aplica el gobierno nacional en rutas.

En paralelo, el Congreso de Intendentes acordó esta semana reducir a la mitad el monto de las multas salvo las más graves. Ese beneficio regirá siempre y cuando las personas paguen al contado y en fecha: antes del vencimiento de la primera cuota de la patente de rodados del año siguiente.

Estos cambios ahora pasan a la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) para que el Poder Ejecutivo los ratifique mediante un decreto.

Las multas de tránsito que no tendrán reducción del costo

  • Conducir bajo los efectos del alcohol u otras drogas.
  • Negarse a la prueba de alcohol u otras drogas.
  • Participar en competencias vehiculares no autorizadas.
  • Conducir al doble o más de la velocidad permitida.
  • Sin el Permiso Único Nacional de Conducir habilitante para la categoría del vehículo que conduce.
  • No usar cinturón de seguridad.
  • No usar casco.
  • Menor de 12 años en asiento delantero.
  • Menor de 12 años sin Sistema de Retención Infantil.

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