El trámite fue rápido ya que el 18 quedó pronto aunque el 20 se le hicieron ajustes de redacción y el 23 fue aprobado por el directorio de la Ursec, algo que fue rechazado por Pablo Siris, el representante del Frente Amplio en el organismo.
El jerarca consideró que la aprobación fue “express”, realizada "sin informe", sin ser consultada “con nadie” ni “consensuada” o “conversada” con integrantes de la administración entrante.
“No parece de buena práctica –ni se corresponde con los compromisos anunciados públicamente– que se tomen este tipo de decisiones cuando solamente faltan algo más de sesenta días para que asuma el próximo gobierno. Restan más de cien días para que venza el plazo, por lo que nada justifica que este proyecto sea hecho de forma express, sin análisis, sin la participación y diálogo necesario, sin la consulta a expertos y sin la participación de los regulados”, escribió en un hilo en Twitter.
A su vez, consideró que la reglamentación iba “más allá” de lo que establece la ley que se buscaba reglamentar.
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“Ojalá prime la prudencia y el MIEM frene la consideración de este asunto para su análisis con la rigurosidad técnica necesaria, el imprescindible civismo republicano y el respeto a los compromisos asumidos de generar espacios de diálogo durante la transición”, sentenció.
Este lunes, el futuro secretario de la Presidencia, Alejandro Sánchez, dijo que le pareció “muy extraña” la aprobación del borrador y señaló que parecía ser un “modus operandi” del gobierno saliente en este tema porque la votación de la ley se había dado de la misma forma en el Parlamento.
“Me parece que no tiene sentido este apuro, porque sacar una reglamentación hoy, apurado, sin informe, cuando el 2 de marzo puede caer, por supuesto que es un tema de la transición, porque no se puede pensar que se va a reglamentar de esa manera tan desordenada y desprolija una ley tan importante donde hemos tenido tantas diferencias”, respondió ante una consulta de El Observador.
“Hay algunos ministros –o algunos jerarcas en todo caso– que están apurados por demás”, agregó y consideró que no tenía sentido aprobar el decreto “sin consultar ni conversar con los que van a ser las futuras autoridades”. “Me parece que no es la mejor manera de transitar esta transición”, cerró.
A pesar de los comentarios de Sánchez, fuentes del gobierno saliente dijeron a El Observador que la “intención es reglamentar” porque la ley fue redactada por ellos.
Quien también manifestó su oposición fue el sindicato de trabajadores de Antel (Sutel), que emitió un comunicado en el que cuestionó que no se conversaran las “decisiones que comprometan a la próxima administración”.
“Si esta decisión de la Ursec –a instancias de la DINATEL– hubiera sido adoptada un 28 de diciembre, diríamos que es parte de una humorada del Día de los Inocentes, pero inocentes somos quienes creímos en el respeto a los procesos democráticos y al diálogo que debería ser inherente a un proceso de transición plenamente republicano”, señalaron.
A su vez, plantearon que no dejarán de “exigir que las telecomunicaciones estén al servicio del pueblo y del país y no al servicio de unas pocas empresas”.
Lo aprobado por Ursec
El borrador del decreto reglamentario, al que accedió El Observador, tiene 21 páginas y 57 artículos que “aterrizan” las principales disposiciones de la nueva ley de medios.
En los considerandos, la Ursec dice que hay “distintos extremos” que es necesario reglamentar entre los que están las transferencias de las licencias, los mecanismos de acceso a personas con discapacidad y el régimen de sanciones.
Así, por ejemplo, el quinto artículo fija en 60 días el plazo que tiene el gobierno para evaluar las solicitudes de quienes inicien los trámites para obtener una licencia de Servicios de Difusión de Contenido Audiovisual (Sedica), mientras que el décimo habilita al Poder Ejecutivo a dar excepciones a los requisitos que deben cumplir los dueños de los medios.
Siguiendo lo establecido por la ley, el decimotercer artículo establece la cantidad de licencias que podrá tener cada persona física o jurídica. Dice que en el área metropolitana de Montevideo no se podrán tener más de 5 licencias de radio (AM o FM) y una de televisión abierta, una cifra que se extiende a 6 en el resto del país.
“En el caso de tener licencia conjuntamente en el área metropolitana de Montevideo y en el resto del país: 5 licencias en el caso de radiodifusión sonora, ya sea en AM o FM, y de 1 licencia para la Sedica por televisión abierta”, agrega. A su vez, menciona que en el caso de la TV por cable, el límite será de 8 licencias.
“Si a la fecha de entrada en vigencia de la ley existieren casos de titularidad de licencias de Sedica que excedan los límites señalados, sea en forma total o parcial, los involucrados disponen de un plazo de 24 meses para adecuar su situación, mediante transferencia o renuncia a las licencias oportunamente otorgadas, según corresponda”, subraya.
También, en el decimoquinto artículo, da un plazo de 60 días a la Ursec para pronunciarse sobre las transferencias de licencias y 90 días al Poder Ejecutivo para resolver.
Por otra parte, en el vigésimo-primer artículo y los siguientes, el borrador establece cómo serán los llamados públicos y abiertos para la adjudicación de licencias y señala que en los casos que se considere necesario se podrán hacer consultas y audiencias públicas.
Menciona que las renovaciones de las licencias serán por períodos de 15 años y que quienes actualmente las tengan pasarán “automáticamente a ser titulares” sin hacer trámites.
Respecto a la discapacidad, establece la obligación de articular mecanismos para que quienes tengan discapacidad auditiva o visual puedan acceder a la televisión abierta.
"Los servicios de radiodifusión de televisión abierta en el área metropolitana de Montevideo deben incluir en un cuadro dentro de la imagen, un intérprete de lengua de señas o un sistema de subtitulado que, en tiempo real, traduzca los contenidos verbales de los programas informativos", señala el artículo 40.
El siguiente plantea que en un plazo máximo de 12 meses contados a partir de la aprobación del decreto, los servicios de televisión abierta del área metropolitana de Montevideo, deberán cumplirlo –como mínimo– en 3 programas dentro de los géneros periodísticos, de debate, deportivos, culturales o de interés general de producción o coproducción propia incluidos en su grilla. En el resto del país, el plazo es de 24 meses.