Durante el mes de noviembre, los trabajadores de diversos sectores celebrarán días de descanso establecidos por la ley, algunos de ellos con régimen de pago especial. A continuación, los principales feriados que quedan en el calendario del penúltimo mes del año en Uruguay.
Domingo 16: Día del Trabajador de la Psicultura
El 16 de noviembre se conmemora el Día del Trabajador de la Psicultura, un feriado no laborable que afecta a los trabajadores del sector. Este día se considera un feriado con régimen de pago doble, lo que garantiza una remuneración adicional para quienes deban laborar durante esa jornada.
Martes 25: Día del Taximetrista
El 25 de noviembre es el Día del Taximetrista, un feriado no laborable que aplica específicamente a los choferes de taxis en Montevideo. Al igual que el feriado anterior, este día está contemplado con régimen de pago doble para los taxistas que trabajen durante la jornada.
Viernes 28: Día del Trabajador de Edificios en Zonas Balnearias
Finalmente, el viernes 28 de noviembre será el Día del Trabajador de Edificios en Zonas Balnearias, un asueto especial para los trabajadores del sector, con carácter de feriado laborable pago. Este feriado está destinado a los empleados que prestan servicios en las zonas balnearias, quienes gozarán de un día de descanso con el beneficio de pago por la jornada trabajada.
¿Cómo se remunera a quienes trabajen durante los feriados no laborables?
En los feriados no laborables pagos, los trabajadores que no laboren durante la jornada recibirán su salario habitual. Sin embargo, aquellos que trabajen ese día deberán percibir el doble de la remuneración, tal como lo establece el artículo 18 de la ley N°12.590. Esto significa que, si un trabajador mensual labora en un feriado pago, su salario se incrementa en un día adicional, calculado dividiendo el sueldo entre 30.
En cuanto a las horas extras trabajadas en este feriado, se aplicará un recargo del 150% sobre el valor correspondiente a los días laborales, tal como indica el decreto N° 550/989.