6 de mayo de 2026 19:43 hs

La decisión de la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, de rebajar de cinco a tres años la inhabilitación para ejercer a una anestesista por un caso de mala praxis continúa generando repercusiones.

La jerarca fue consultada este martes por legisladores de la oposición durante una comparecencia en el Senado, pero sus respuestas no resultaron satisfactorias por lo que volverá a ser citada, según anunció Martín Lema del Partido Nacional.

Lustemberg pidió pasar a sesión reservada por lo que lo dicho no quedó en la versión taquigráfica. El director general del MSP, Rodrigo Márquez, aseguró que lo hizo porque hay un “proceso legal en curso” que así lo requiere.

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Pese a esto, El Observador accedió a la resolución de la ministra en la que expone los argumentos que la llevaron a bajarla, algo que motivó la renuncia de varios integrantes de la Comisión Honoraria de Salud Pública.

Constituida como tribunal disciplinario, la comisión había evaluado el caso y dispuesto los cinco años de sanción, por lo que el cambio los molestó ya que –además– fue inconsulto.

El caso viene desde el año 2023 cuando una pediatra sufrió un paro cardíaco mientras era operada de la vesícula. La paciente no tenía complicaciones previas y luego del paro sufrió un agravio encefálico que la dejó en estado casi vegetativo por diez meses hasta que falleció. En ese entonces, El Observador informó que una de las hipótesis era que la médica había ido a drogarse con fentanilo al baño.

En la resolución, Lustemberg reconoció que el trabajo de la comisión fue “preciso, ajustado, adecuado y correcto” y no tuvo objeciones a su proceder, pero consideró que el “quantum sancionatorio” lucía como “desproporcionado” ya que no aparecía cuál era el “fundamento” para la fijación de esa sanción inhabilitante.

A juicio de la ministra, las penas deben seguir principios de discrecionalidad, proporcionalidad y gradualidad, los cuales tienen que “ponderarse con estricto cuidado, con la finalidad de arribar a una sanción adecuada”.

“Sin perder de vista el accionar culpable de la recurrente, el hecho de aplicar una sanción por ese período de tiempo podría ocasionar que se esté inmerso en la hipótesis del exceso de poder”, consideró.

A su entender, las conclusiones que llevaron a la sanción fueron “pertinentes” pero como no se explicitó “con claridad” la pena a aplicar hubo “falta de motivación suficiente para imponer una sanción tan gravosa”.

“En base a la discrecionalidad, proporcionalidad y gradualidad que se debe tener en toda actuación administrativa, hace que sea aconsejable mantener la sanción de inhabilitación dispuesta pero morigerar la misma, estableciéndola en tres años”, dice el texto.

Los “agravios” descartados

En el recurso que presentó ante el MSP, la anestesista sancionada también había considerado que había "gravísimas irregularidades formales y sustanciales" en la pena, que se la privaba de ejercer su profesión “sin pruebas concluyentes” y que no había apartamiento de la “lex artis” como sugería la comisión.

El ministerio desestimó todos los argumentos y aseguró que no se vulneraron sus derechos, que la comisión tenía “idoneidad técnica y profesional” ya que entre los integrantes había un docente grado 4 de anestesiología que estuvo 30 años en la cátedra así como otros médicos y abogados de “dilatada y reconocida” trayectoria.

“Se le brindaron todas las garantías del debido proceso y del derecho de defensa”, fundamentó el MSP al confirmar el resto de la sanción.

El Observador informó días atrás, a partir de fuentes del MSP, que tras analizarlo junto a su equipo, la ministra había resuelto bajarle dos años la pena porque también ponderó que la profesional sería “reevaluada” por la cátedra de anestesiología para poder volver a ejercer.

A su vez, consideró que había “riesgo” de que la sanción cayera por falencias en el procedimiento administrativo. Como tercera razón, el equipo valoró que la mujer había recibido una condena de 24 meses en la Justicia mediante proceso abreviado en el que asumió su culpabilidad y que fue consensuado con la familia de la víctima.

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