Pasaporte uruguayo

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Oficialismo y oposición se señalan por emisión de pasaporte al narco Sebastián Marset; FA dice que decreto de 2014 aumentó seguridad

Técnicos de la coalición opositores elaboraron informes para su bancada de legisladores; dicen que decreto de Lacalle Herrera rebajó seguridad para dar pasaportes en el exterior
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15 de agosto de 2022 a las 05:01

Para el Frente Amplio, el decreto de 2014 que modificó los requisitos para obtener un pasaporte uruguayo en el exterior del país no solo no los rebajó, sino que los aumentó. Quien había rebajado las exigencias para conseguir un pasaporte uruguayo en el exterior había sido el presidente Luis Lacalle Herrera en 1993, señalan.

Eso se desprende de un informe elaborado por técnicos del FA para su bancada de legisladores, a los que tuvo acceso El Observador.

El documento compara el decreto 167/93, sancionado durante la presidencia de Lacalle Herrera, y el 129/2014, que lo sustituyó, aprobado en el gobierno de José Mujica.

El decreto de 1993, que llevó la firma de Lacalle Herrera y sus ministros del Interior y Relaciones Exteriores, Juan Andrés Ramírez y Sergio Abreu, establecía que aquellos mayores de 14 años que tramitaban el pasaporte en el exterior tenían que dar cuenta de “sus antecedentes de conducta”.

Según se establecía, tal información se recababa de diversas maneras, según las circunstancias del solicitante.

Si quien pedía el pasaporte era un ciudadano inscripto en el consulado al cual recurría, los “antecedentes de conducta” se le solicitaban “a las autoridades locales pertinentes” o se pedía una “prueba testimonial” consistente en “la declaración de por lo menos dos personas de reconocida solvencia moral y de conocimiento del agente consular y a satisfacción de éste”.

Si, en cambio, la persona que pedía el pasaporte no estaba inscripto en esa oficina consular o tenía residencia en otro lugar del mundo, los antecedentes se obtenían consultando a “las autoridades locales y a la filial Interpol respectiva, cuando el Cónsul lo estime pertinente”.

Cambios del Frente Amplio

El decreto del Frente Amplio modificó la edad mínima para el pedido de antecedentes de 14 a 18 años. “No hay ni que explicar por se puso en el nuevo decreto a mayores de 18 años”, dice el informe de los técnicos de la coalición opositora.

Con la reglamentación aprobada en el gobierno de Mujica los requisitos que se piden son “información de antecedentes judiciales para mayores de 18 años, o en su defecto, consulta a la filial Interpol respectiva o prueba testimonial en la que deberá constar declaración de por lo menos dos personas de conocimiento”.

Según el documento de los técnicos del Frente Amplio, “el Operativo Pasaporte instrumentado por acuerdo entre Ministerio del Interior, Dirección Nacional de Identificación Civil y Ministerio de Relaciones Exteriores siempre solicita antecedentes judiciales a Policía Científica, previo a imprimir un pasaporte para ser entregado al Ministerio del Exterior para su remisión al Consulado respectivo”.

El decreto del gobierno de Mujica llevó las firmas del vicepresidente Danilo Astori y los ministros Eduardo Bonomi y Luis Almagro.

El informe de los técnicos del Frente Amplio señala que el decreto de Lacalle Herrera había sustituido el pedido del “viejo certificado de antecedentes judiciales expedido por la ex Policía Técnica” por un informe “a criterio del cónsul”.

La persona, entonces, “podía estar requerido en el país y obtenía el pasaporte”.

Por eso se lo modificó, se señala.

Se agrega, además, que los cónsules “en la generalidad de los casos” no solicitaban información a las autoridades locales y que ellos mismos escrituraban el pasaporte a mano en el propio consulado.

“El sistema demostraba grandes falencias” y permitía la posibilidad de que “como todo quedaba a criterio del cónsul, se expidiera un pasaporte” a una persona que tuviera antecedentes en nuestro país.

“Además, se entregaba un pasaporte en la mayoría de los casos con un chequeo de la identidad relativo, ya que los consulados no tenían expertos en dactiloscopía y todo dependía que la persona tuviera su cédula en poder (cosa rara para aquellos con años residiendo en el exterior) y se chequeara pulgar con pulgar, lo que era difícil”.

La discusión sobre los criterios para obtener un pasaporte en el exterior se da luego de que el narcotraficante Sebastián Marset recibiera un pasaporte uruguayo tramitado ante el consulado de Dubai, en octubre.

Este sábado El Observador publicó que la policía había comenzado a colaborar a través de la DEA en una investigación contra Marset por narcotráfico y lavado de activos en agosto de 2021, dos meses antes de que el Ministerio del Interior y el Ministerio de Relaciones Exteriores tramitaran y emitieran el pasaporte.

El director general de secretaría del Ministerio del interior, Luis Calabria, declaró en marzo a radio El Espectador que con el decreto de Lacalle Herrera “para el otorgamiento de pasaportes había que presentar los antecedentes, no se limitaba a antecedentes nacionales o internacionales”.

“En el 2014, el gobierno del expresidente Mujica flexibiliza eso y se exigen solo antecedentes en el Uruguay”.

Calabria manifestó que las autoridades del Frente Amplio “flexibilizaron” los requisitos pedidos.

En tanto, el ministro de Relaciones Exteriores, Francisco Bustillo dijo este viernes que Marset logró obtener la libertad en virtud de que el trámite del pasaporte en el exterior de acuerdo a la normativa vigente era un mencanismo “imperfecto”.

Por este motivo es que la cancillería e Interior trabajan en una nueva modificación del decreto.

Para uruguayos detenidos o expulsados

Respecto a los uruguayos detenidos por cometer un delito en otro país, y que solicitan un pasaporte, el decreto de 1993 establecía:
“A los nacionales uruguayos que hayan delinquido o sean objeto de expulsión por las autoridades del país en que residen se les otorgará también un certificado de viaje válido para el regreso directo a la República en el que deben constar las causas de su expedición (expulsión, etc.) comunicándose con antelación a las autoridades uruguayas el medio de transporte y la fecha de arribo al país”.
En el decreto de 2014, esa redacción se modifica de esta manera:
“A los naturales, nacionales uruguayos y/o ciudadanos legales que sean objeto de expulsión por las autoridades del Estado en que residen, se les otorgará un documento ‘Válido directo a la República por un solo viaje’; dejando expresa constancia en el documento la causa que motivó la expedición del mismo, debiéndose comunicar en forma inmediata a la autoridad competente el medio de transporte y la fecha de arribo al país”.

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