La pirotecnia sonora está en la mira del sistema político

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Fuegos artificiales: más prohibiciones, órdenes del Ejército y el debate sobre cómo se debe regular

Empresarios e intendentes manejan un informe jurídico del constitucionalista Martín Risso, quien arremete contra las regulaciones departamentales como "inconstitucionales" y pasibles de acciones
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01 de diciembre de 2021 a las 05:03

Canelones se sumará a los departamentos que prohíben venta de fuegos artificiales de estruendo y se incorpora a la discusión que se está dando también a nivel nacional en el Parlamento. El debate por la comercialización de estos productos incluye una disposición del Ejército y la mirada de los comerciantes, que se amparan en un experto para sostener que las regulaciones departamentales van contra la Constitución.

En Canelones la junta departamental dio el primer paso para prohibir la venta y uso de los fuegos artificiales "en todo el espacio público". El texto se aprobó en comisión y tendrá unanimidad en el plenario. Canelones se tornará así en el décimo departamento en atacar la pirotecnia de estruendo, con la diferencia de que, además, retirará –a sugerencia de Bomberos– los productos de la vía pública.

Según supo El Observador, la disposición no tendrá ninguna incidencia en las próximas fiestas, dado que los permisos ya están concedidos. Paysandú, Río Negro, Lavalleja, Durazno, Colonia, Flores, Salto, Artigas y Rocha ya regularon en el mismo sentido en este último período. 

En paralelo, la Comisión de Salud integrada con Defensa de Diputados se apresta a unificar la semana próxima dos proyectos de ley –uno del blanco Gastón Cossia y otro de la cabildante Silvana Pérez– presentados este período. "Uno hablaba de prohibición, pero para poder avanzar entendimos necesario buscar la regulación de los artefactos de estruendo", dijo a El Observador el diputado nacionalista Gabriel Gianoli, que integra la comisión. 

El hecho de que el tema esté siendo tratado tanto a nivel departamental como nacional desató cuestionamientos del intendente de Canelones, Yamandú Orsi, quien dijo que la regulación "tiene que ser una disposición de carácter nacional". El jerarca declaró a Canelones Ciudad Portal: "Podemos prohibir la venta, pero quién puede prohibir que lo vayamos a comprar a otro lado". Orsi llamó además a ser "realistas" y lanzó: “Andá a controlar un 24 (de diciembre)”. 

El dilema entre texto y realidad impregna el resto de los casos. La Intendencia de Paysandú –donde la Junta prohibió en julio el uso y comercialización de pirotecnia sonora y de estruendo– devolverá al legislativo sanducero una "reglamentación más afinada para aprobar vía decreto", señaló el jefe comunal Nicolás Olivera a El Observador. "Un decreto que prohíbe la pirotecnia sonora es difícil de aplicar. Como toda actividad humana genera un sonido, es bravo ponerle límite", afirmó. 

"Todavía no hemos recibido solicitudes de autorización para la venta, pero sí vamos a pedir que las de alto impacto, como bombas y tortas, no se pongan a la venta, de forma precautoria, esperando la reglamentación", expresó el intendente. El artiguense Pablo Caram, por otro lado, no tuvo dudas: "Es aplicable y por eso lo votamos", indicó a El Observador. El jerarca adelantó que "se va a poner un 0800" para denuncias y que ya pidieron a los comerciantes que "traigan solo luminarias, sin explosivos"

"Lo vamos a hacer con notificación a los comercios, pero controlar lo que haga cada uno en sus casas es imposible. Sí hay que ir a las bocas de salida", manifestó por su parte el rochense Alejo Umpiérrez, intendente de Rocha, aunque aseguró que "si se constata" la venta de pirotecnia sonora, "se va a decomisar y sancionar". 

Órdenes

El Servicio de Material y Armamento (SMA) del Ejército emitió en agosto una orden para clasificar los fuegos artificiales a comercializar a partir de febrero de 2022, según el texto al que accedió El Observador. Con un sistema similar al que se aplica con el etiquetado de alimentos, la pirotecnia llevará un hexágono según la cantidad de decibeles que alcance el estruendo

Fuegos artificiales deberán tener etiquetado según sonoridad a partir de 2022

Aquellos que no superen los 80 decibeles –equivalente a un timbre– llevarán una etiqueta verde con la distinción de "ruido bajo"; en amarillo y en "intermedio" estarán aquellos entre 81 y 110 decibeles; y en rojo y con la inscripción "ruido alto" estarán los que superen esa marca, que excede al sonido de un bocinazo. Esos niveles los medirá e imprimirá el SMA al desembarcar los fuegos en el país. 

La Junta Departamental de Montevideo proyecta aprobar en comisión especial un proyecto que regule la pirotecnia, entre esta semana y la próxima. La Intendencia de Montevideo (IM) quedó en hacer devoluciones a la junta, indicó el edil frenteamplista Claudio Visillac. En caso de aprobarse, la iniciativa busca incorporar a la normativa los criterios establecidos por el Ejército. "No queremos que quede algo muy perfecto o teórico y que después no se pueda hacer cumplir", dijo el edil. 

Montevideo aprobó para las fiestas 45 puestos de venta en el departamento, y otros 34 están en trámite, según los datos a los que accedió El Observador. Esa cifra está en descenso desde el último quinquenio, aunque marca una leve suba respecto a 2020 (66). 

Jurídico

Por encargo de Gustavo Prato, titular de la compañía Mundo Pirotécnico, el abogado constitucionalista Martín Risso elaboró un informe en que concluyó que las disposiciones departamentales hoy sobre la mesa "resultan inconstitucionales y, a su vez, si la prohibición se dispusiera por ley nacional, seguiría siendo inconstitucional por carecer de base en razones de interés general". La argumentación, a la que accedió El Observador, se repartió entre los legisladores de la comisión de Diputados. 

"Solo la ley está habilitada a prohibir una actividad que se considera lícita y las disposiciones departamentales en estudio violan inequívocamente el principio de legalidad", escribió Risso, quien añadió que mediante las nuevas reglas queda "comprometida" la libertad de empresa consagrada en la Constitución.

Martín Risso consideró que está "comprometida" la libertad de empresa

El experto recordó que la ley habilita a las intendencias a "establecer zonas de contaminación acústica, otorgar permisos, aplicar sanciones", pero "de ninguna manera" a "prohibir la fabricación, venta, exhibición o uso de material pirotécnico, y menos en todo el territorio departamental". Risso señaló que los gobiernos departamentales "no pueden establecer criterios para ciertos productos y no para otros", como fijar máximos sonoros en zonas determinadas pero sí habilitar motores o fiestas al aire libre. "Si lo hiciera, además de no tener competencia, contrariaría el principio constitucional de igualdad", arremetió.

"La pregunta es ¿se va a prohibir la circulación en vehículos a motor, que son mucho más sonoros, ocasionan daños mucho más severos a las personas y se les padece todo el año? El no poder contestar esta pregunta, sumado a que los fuegos artificiales como expresiones de júbilo, festejo, etc., se han usado siempre en nuestro país y en el extranjero, demuestra la violación de los principios de razonabilidad y proporcionalidad", zanjó. 

Risso sintetizó que las medidas podrían contrarrestarse con una solicitud de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia –"con la dificultad práctica de que tendría procesos separados por departamentos"– o buscando indemnizaciones por "los daños que provoca la inconstitucional prohibición", como la no posibilidad de comercializar stocks que ya fueron acopiados. 

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