Carmen Asiaín, senadora del Partido Nacional.

Nacional > Parlamento

Blancos rechazan juicio político a alcalde apelando a "inconstitucionalidad” de ley votada por unanimidad

La "inconstitucionalidad" de una norma votada por todos los partidos centró el debate legislativo sobre "el alcalde de las mil gauchadas"
Tiempo de lectura: -'
26 de mayo de 2022 a las 05:02

El Partido Nacional se reivindicó como "defensor de la Constitución" al promover, junto al resto de la coalición de gobierno, el archivo del pedido de juicio político ante el Senado contra Alfredo Sánchez, el "alcalde de las mil gauchadas", condenado a prisión el año pasado por varios delitos de corrupción vinculados a su gestión al frente del Municipio coloniense de Florencio Sánchez. 

La resolución se adoptó con cinco votos sobre nueve presentes este martes en la Comisión de Constitución y Legislación de la cámara alta, durante un intenso debate sobre el marco legal y la propia constitucionalidad de una ley que la oposición intentó hacer valer contra el procesado jerarca, integrante de filas nacionalistas. 

La postura del oficialismo fue defendida por la senadora blanca Carmen Asiaín, que argumentó que la intervención del Senado debe constituir una excepción al principio constitucional que establece que quien juzga es el Poder Judicial. La clave de su interpretación es el artículo 296 de la Constitución, que establece que los intendentes y los miembros de la Junta Departamental podrán ser acusados ante la Cámara de Senadores por un tercio de votos del total de componentes y separados de sus cargos por dos tercios de votos del total de sus componentes. Las causas pueden ser violación a la carta marga o la comisión de delitos graves. 

Para Asiaín el razonamiento es claro: los alcaldes no son mencionados allí ni en el artículo 93, considerado la "madre" del juicio político, que le adjudica a la Cámara de Representantes la potestad de acusar ante el Senado al presidente, legisladores, ministro y otros altos cargos del Estado. 

La senadora admitió que en el artículo 18 de la ley 19.272 que hace extensible el instituto del juicio político a los integrantes de las juntas locales, pero sostuvo que la coalición considera que esa extensión –que en su momento fue votada por todos los partidos y no solo el Frente Amplio–  "sería inconstitucional", al darle potestad al Senado sobre un asunto que no es de su competencia y al otorgarle un "privilegio especial" de ser juzgadas políticamente a personas que no están mencionadas en la Constitución. 

A la vez que extendió una "condena enfática" a la conducta de Sánchez, Asiaín remarcó que el Senado es incompetente para juzgarlo políticamente. "Acá lo que está en cuestión no es si creemos que son gravísimos los hechos cometidos por determinada persona. Podemos decir que son gravísimos los hechos de los homicidas o de los violadores que están hoy presos. Pero eso no habilita a que haya un juicio político contra ellos", argumentó. 

"Nosotros tenemos que proteger la sumisión de Estado de Derecho. Para nosotros, no prima lo político por encima de lo jurídico", insistió. Según Asiaín, en la coalición son "defensores de la Constitución" por lo que deben aplicarla "sin intentar actuar más allá de ella". 

Su correligionario Carlos Camy reforzó la idea. El Poder Legislativo, explicó, no es juez y parte para definir al mismo tiempo ampliar el ámbito de sujetos pasivos de la aplicación de su norma. 

En el Frente Amplio, el senador Charles Carrera consideró plenamente justificado entablar un juicio político al alcalde Sánchez, imputado por acusación para delinquir, concusión y fraude. 

La oposición entiende que el artículo 18 de la ley de municipios habilita ese mecanismo, un mandato que el Senado debe cumplir en la medida en que es a requerimiento de la Junta Departamental de Colonia. "En nuestro país únicamente se puede dejar de aplicar una ley para un caso concreto y por mandato de la Suprema Corte de Justicia", resaltó. "Este no es el caso, ya que acá nadie interpuso una excepción de inconstitucionalidad". 

Para Carrera no le corresponde a la cámara entrar en consideraciones de si la norma es o no constitucional. El deber de los senadores, remarcó, es cumplirla. A su juicio, en todo caso debe ser Sánchez el que decida si inicia una acción de inconstitucionalidad. 

El senador frenteamplista sostuvo que además existe una configuración de la causal de juicio político contra el acalde según lo previsto en la Constitución, ya que cometió varios "delitos graves". Para respaldar su postura, citó un informe que había sido elevado en 1992 al Parlamento por parte de un grupo de juristas, entre ellos Ruben Correa Freitas y José Korzeniak, en el que se indica que el concepto de "delito grave" es indeterminado. La tesis de la oposición es que ese tipo penal se da cuando está relacionado con la función pública. Así, como Sánchez fue electo para gestionar y administrar bienes públicos, la "tríada" de delitos por los que fue imputado son, precisamente, graves y por lo tanto corresponde iniciarle la acción ante el Parlamento. 

Carrera apeló a Correa Freitas, que en su informe al Poder Legislativo decía: "el juicio político está establecido para proteger el funcionamiento correcto de los órganos públicos". También advirtió que Sánchez llegaría a cumplir la pena que le impuso la Justicia es de penitenciaría y finalizaría en setiembre de 2024, por lo que de no ser destituido estará en condiciones de reasumir su cargo hasta el final del período. 

Consultado este miércoles por El Observador, Correa Freitas sostuvo que la ley de que dio origen a los municipios es "inconstitucional" y que por eso la decisión de hacerle un juicio político a un alcalde se da "sin fundamentos constitucionales". Su colega Martín Risso sostuvo que, actualmente, "no se puede" entablarle un juicio político a un alcalde. 

Durante la sesión de la comisión la senadora Liliam Kechichian sostuvo que en este tema el mensaje de la responsabilidad política hacia la sociedad debía de ser muy claro. "Tenía la esperanza de que pudiéramos hacerlo en esta oportunidad", dijo. "Hoy el alcalde puede ser de un partido, pero mañana puede ser de otro". Asiaín discrepó: "el mensaje que tenemos que darle a la sociedad es que nosotros nos adecuamos a la Constitución"

Un caso diferente

La coalición mantuvo una postura similar sobre la situación del hijo del alcalde, el edil coloniense Pablo Sánchez, comprometido en la misma causa. Según Asiaín, al no ocupar hoy su banca por contar con sentencia firme, no correspondería el juicio político en su contra. "La potestad del Senado es la de juzgar jurídica y penalmente la conducta al solo efecto de su separación del cargo", puntualizó. 

Con todo, reparó en el hecho de que para este caso también rige una inhabilitación para ocupar cargos públicos por tres años, lo que permitiría al edil retomar su puesto en setiembre de 2024. 

De allí que la decisión de la coalición fue diferir el pronunciamiento y darle lugar a Sánchez –que cumple pena de dos años en un establecimiento penitenciario– para que efectúe sus descargos por escrito. Para eso se le dio un plazo de diez días.

 

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...