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Compras web en el exterior generaron renuncia fiscal de US$ 19 millones en 2017

Durante el año pasado hubo un aumento de los envíos recibidos pese a una limitación en la cantidad de operaciones permitidas por persona
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24 de abril de 2018 a las 18:55

La Cámara de Comercio realizó este martes un evento sobre encomiendas postales internacionales y el impacto que el régimen genera en el sector del comercio. El presidente de la gremial, Julio César Lestido, se refirió durante la presentación del seminario a las asimetrías que existen entre el tratamiento fiscal que recibe la franquicia de encomiendas internacionales y el comercio local. Eso provoca, dijo, un impacto negativo para las empresas privadas y también en las fuentes de trabajo que generan.

Según un informe sobre compras web en el exterior que elaboró la cámara, durante 2017 llegaron al país 366.299 paquetes con un crecimiento anual de 10,1% y un incremento de 19,2% medido en dólares corrientes. Eso ocurrió a pesar de una baja en la cantidad de encomiendas recibidas por persona física, ya que en 2016 se permitían cuatro anuales y previamente la franquicia incluía cinco.

La franquicia marca que los envíos recibidos no pueden exceder por vez los US$ 200 con un tope de 20 kilos. Deben ser para uso personal y abonadas con tarjeta de crédito o débito internacional por un mayor de edad. Si cumple con esos requisitos fundamentales (la normativa vigente incluye otras exigencias) las compras quedan exentas de impuestos.

Lea también: Uruguayos hicieron compras web en el exterior por US$ 37 millones

Uno de los disertantes fue el socio de CPA Ferrere, Gabriel Oddone, quien efectuó un comparativo de en la estructura de costos entre las compras web y las que se realizan en los comercios locales. Allí explicó que el costo CIF (mercadería, costo y flete) de los bienes adquiridos bajo el régimen de encomiendas postales internacionales es al menos un 40% inferior al precio al precio de venta en comercios locales. En ese sentido añadió que por cada envío recibido de US$ 200 se pierden US$ 345 de ventas locales.

A su vez, tomando en cuenta la cantidad de envíos y el valor total de las compras que se verificó durante el año pasado indicó que hubo una renuncia fiscal total de US$ 19,16 millones.

El economista comparó también la franquicia uruguaya con la vigente en Chile y Colombia.

En el primer caso, a las compras por menos de US$ 30 no se le cobran impuestos. Por las restantes hasta US$ 1.000 se debe pagar 6% de impuesto aduanero (si no hay un TLC con el país de origen), 19% de IVA sobre el valor CIF más de derechos de aduana y otros gravámenes. En el caso de Colombia, para los envíos entre US$ 2 y US$ 2.000 con peso menor a 50 kilos y que no incluyan seis artículos de la misma clase se debe abonar 10% de impuestos aduaneros y 19% de IVA.

Oddone expresó que en Uruguay la brecha de costos entre el comercio minorista y las compras web en el exterior podría acortarse 14 puntos porcentuales si los bienes que llegan fueran gravados por IVA e impuestos aduaneros como ocurre en Chile y Colombia. Ello también podría moderar efectos negativos directos sobre la actividad, el empleo y la recaudación.

El socio de CPA explicó que las compras online se vieron fundamentalmente favorecidas por dos factores. El primero, de carácter más coyuntural, fue el del tipo de cambio. El dólar a nivel local permanece en un nivel bajo lo que generó un aumento del poder de compra de bienes en dólares de los hogares. El otro aspecto mencionado fue la fuerte penetración tecnológica que se produce en el país.

Oddone culminó subrayando que el gran desafío ante el avance de la tecnología y el comercio electrónico, es que los sistemas regulatorios e impositivos sean naturales y equitativos, tanto entre las diversas formas de comercio electrónico, como entre el comercio electrónico y el convencional.

Por último, un informe elaborado por Ricardo Olivera García -director de Olivera Abogados- señaló que exonerar el IVA a las importaciones bajo el régimen de encomiendas, implica un tratamiento discriminatorio que viola el principio de igualdad e incide negativamente en la competencia de los agentes económicos.

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