Josema yendo al piso a marcar

Qatar 2022 > LA POLÉMICA DEL MUNDIAL

La razón técnica por la que FIFA asumió que el penal de Josema Giménez fue mal cobrado

Mirá lo que dice la regla, las consideraciones que un árbitro debe tomar en cuenta para cobrar un penal por mano y las razones por las cuales Alireza Faghani falló al sancionar una mano no cobrable de José María Giménez ante Portugal
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30 de noviembre de 2022 a las 14:36

FIFA asumió este miércoles que el penal que el juez iraní Alireza Faghani cobró por mano de José María Giménez en el partido Uruguay-Portugal, correspondiente a la segunda fecha del grupo H del Mundial de Qatar 2022, fue mal sancionado. 

Así se lo hizo saber el jefe del Departamento de Arbitraje FIFA, el suizo Massimo Busacca (aquel que arbitró el Uruguay-Costa Rica en el Centenario por la revancha del repechaje para Sudáfrica 2010) al presidente de Conmebol Alejandro Domínguez, quien después se lo trasladó al integrante del consejo ejecutivo de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) Eduardo Ache. 

“El propio presidente de la Confederación habló con Busacca y le terminó reconociendo que fue una decisión mal tomada”, dijo Ache este miércoles en Sport 890. “El error del juez fue haber aceptado una opinión errónea del VAR. El juez había fallado bien”.

Faghani dudó por el llamado del VAR y luego erró

Pero ¿cuál es el fundamento técnico que explica que la mano estuvo no era sancionable como para cobrar penal?

La regla 12.1 expresa lo siguiente sobre "tocar el balón con la mano":
"Tocar el balón con la mano implica la acción deliberada de un jugador de tocar el balón con las manos o el brazo. El árbitro deberá considerar las siguientes circunstancias:
• el movimiento de la mano hacia el balón (no del balón hacia la mano)
• la distancia entre el adversario y la mano (balón que llega de forma inesperada)
• la posición de la mano no presupone necesariamente una infracción"

Pero además de las reglas estás las instrucciones específicas que los jueces reciben de cada incidencia y que son redactadas por la IFAB (The International Football Association Board) que es integrada por las cuatro asociaciones de fútbol del Reino Unido y por la FIFA y que es el órgano que define las reglas del fútbol y sus modificaciones. 

Al respecto de "tocar el balón con la mano", IFAB establece: "Con el fin de determinar con claridad las infracciones por mano, el límite superior del brazo coincide con el punto inferior de la axila. No todos los contactos del balón con la mano o el brazo constituyen infracción. Cometerá infracción el jugador que:

  • toque el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo, por ejemplo, haciendo un movimiento en dirección al balón con estas partes del cuerpo;

  • toque el balón con la mano o el brazo cuando la mano o el brazo se posicionen de manera antinatural y consigan que el cuerpo ocupe más espacio. Se considerará que un jugador ha conseguido que su cuerpo ocupe más espacio de manera antinatural cuando la posición de su mano o brazo no sea consecuencia del movimiento de su cuerpo en esa acción concreta o no se pueda justificar por dicho movimiento. Al colocar su mano o brazo en dicha posición, el jugador se arriesga a que el balón golpee esa parte de su cuerpo y esto suponga una infracción". 

La regla y la instrucción son claras: no todo contacto con la mano es penal. 

Es claro que el toque en la mano no fue voluntario, que la pelota fue hacia la mano y no la mano a la pelota porque Giménez se tiró a jugar el balón con los pies. 

Más importante que eso es que en ese tipo de incidencias, cuando el jugador va al piso a defender, el juez debe tomar en cuenta dos consideraciones: la ampliación del radio defensivo por un lado y la naturalidad del movimiento del brazo. 

Lo que es un hecho es que el jugador que va al piso a defender asume el riesgo de que una mano involuntaria sea sancionable como penal. Y Giménez lo asumió. 

¿Pero hubo ampliación del radio defensivo? La mano está colocada detrás del cuerpo. No está al costado del mismo ni por encima, un punto muy significativo. Por esa razón no hay una ampliación del radio defensivo en ese sentido. 

Las protestas de los jugadores uruguayos

¿Es una mano de bloqueo o una mano de apoyo? Por la naturalidad del movimiento del cuerpo, la mano debió considerarse como mano de apoyo y no de bloqueo. Nuevamente por el mismo fundamento: el jugador pone su mano por detrás del cuerpo, el balón da en sus piernas, le pasa por abajo y recién después le da en la mano. 

La mano es recta y está yendo al piso como apoyo, no para bloquear ni cortar la trayectoria de la pelota, según explicó a Referí un referente del arbitraje uruguayo.  

Es una típica jugada donde la interpretación y el sentido común conducen a decir: "el jugador no se puede cortar el brazo" en esa situación. Esto da cuenta de la naturalidad del movimiento del cuerpo en la incidencia. No hubo un gesto antinatural de parte del zaguero.

Mano de apoyo y contexto de juego son dos argumentos firmes y contundentes para interpretar la jugada y entender que no hubo penal por mano por una supuesta ampliación del radio defensivo sino mano de apoyo que no amplió el radio defensivo. 

Además, esto está consagrado a texto expreso en las consideraciones que reciben los árbitros cuando dice: "no se considerará infracción cuando el balón toque la mano o el brazo" y se dan cuatro situaciones específicas: 
  • si proviene directamente de la cabeza o el cuerpo (incluido el pie) del propio jugador;
  • si proviene directamente de la cabeza o el cuerpo (incluido el pie) de otro jugador;
  • si la mano o el brazo están cerca del cuerpo y no se encuentran en una posición antinatural con la que se consiga ocupar más espacio;
  • si el jugador cae y la mano o el brazo quedan entre el cuerpo y el punto de apoyo en el suelo, pero no alejadas del cuerpo hacia un lado o en vertical.

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