Varios integrantes del partido hablaron del endurecimiento de las penas por delitos sexuales que implementó la LUC

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Dirigentes nacionalistas usaron el caso de violación para defender cambios en la LUC a ese delito

"Vota NO al derecho del violador a salir antes", dijo en un tuit el senador Sebastián da Silva
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25 de enero de 2022 a las 12:15

Apenas habían pasado unas horas desde que se hiciera público el caso de la violación a una mujer a la salida de un baile en la madrugada del domingo, cuando dirigentes del oficialismo utilizaron el caso para defender la ley de urgente consideración (LUC) con miras al referéndum del próximo 27 de marzo. Legisladores y dirigentes de primera línea del Partido Nacional aprovecharon la instancia para defender los artículos de la ley referidos a las penas de los violadores que serán sometidos a referéndum e intentar llevar agua para su molino. 

A través de las redes hicieron notar su repudio a la situación, y afirmaron que la LUC descartó la redención de penas por estudio y trabajo a quienes cometen delitos sexuales, además de incrementar las penas a los menores de edad por estos casos.

Al mediodía de este lunes 24, el senador nacionalista Sebastián da Silva publicó un tuit en el que decía que "de comprobarse" la violación, los victimarios "cumplirán toda la pena en la cárcel", debido al artículo 86 de la LUC, por el que "los violadores no tienen posibilidad de reducir su condena". "Votá NO al derecho del violador a salir antes", concluyó el legislador.

Por otra parte, el asesor del ministro del Interior Luis Alberto Heber, Andrés Capretti, compartió su "asco" y "repudio" por el hecho, y pidió que "a los violadores que son unos delincuentes les caiga todo el peso de la Ley", en un tuit publicado este lunes a la hora 15. Allí también expresó que "con la LUC estos seres no redimen pena y quieren derogar esto", lo que calificó como algo "de locos".

"Gracias a la LUC los violadores no gozarán de redención de pena por trabajo y el menor no tendrá régimen de semilibertad (salir a calle durante cumplimiento de pena). Sin LUC si podrán. Piénsalo", aseguró Alejo Umpiérrez, intendente blanco de Rocha, este martes por Twitter.

En otro tuit se enfocó en el aumento de penas a menores de edad que cometan delitos de esta índole –uno de los agresores es menor de edad–, y aseguró que por la LUC los menores pasaron de un mínimo de un año a dos y un máximo de cinco a diez años de pena, además de que se conservan los antecedentes al llegar a la mayoría de edad. "Sin LUC el delincuente se beneficia", sentenció. En el mismo sentido se expresó el diputado de Cabildo Abierto Álvaro Perrone. 

Los cambios de la LUC

La LUC efectivamente introduce cambios que involucran las penas de los violadores y, aunque algunos dirigentes frenteamplistas cuestionaron los tuits de los dirigentes del oficialismo, algunos de los artículos que se pretenden derogar pueden afectar la pena que reciban los autores de estos delitos. 

El abogado penalista Pedro Montano aseguró a El Observador que los dirigentes nacionalistas "tienen razón" en lo que refiere al incremento y endurecimiento de las penas a los violadores por la LUC, además de la eliminación de su redención por trabajo y educación. 

Esta opinión fue compartida por el presidente de la Asociación de Abogados Penalistas del Uruguay, Juan Fagúndez, quien explicó a El Observador que los cambios propuestos por la LUC quitan "beneficios liberatorios" a aquellas personas mayores de edad que cometieron delitos sexuales, y por ello "van a estar más tiempo presas", en referencia al artículo 86 de la ley, que modifica el artículo 13 de la Ley n.º 17.897. "No es que aumenta la pena, te impide que salgas. En buen romance, te comés toda la pena", aclaró.

Fagúndez remarcó que ya se habían aumentado los días de trabajo y estudio necesarios para los delitos de tráfico de estupefacientes, rapiña, privación de libertad, lesiones graves y gravísimas, y homicidio intencional de dos a tres días de labor por un día de pena, pero que en el caso de los delitos sexuales "se les sacó del todo" esta posibilidad, indicó.

En lo que respecta al endurecimiento de las penas a los menores de edad que cometan estos actos, ambos penalistas sostuvieron que también es cierto que la LUC aumenta esa sanción penal. El artículo 75 de la LUC modificó el artículo 90 del Código de la Niñez y la Adolescencia, y establece que los menores con cargos por delitos sexuales no podrán salir en régimen de semilibertad, que permite al infractor "visitar a su familia" o realizar "actividades externas" de un máximo de ocho horas de duración.

El 76 modificó el artículo 91 del Código de la Niñez y la Adolescencia, y aumenta la duración máxima de la pena de cinco a diez años para aquellos que hayan cometido delitos sexuales, o un homicidio especialmente agravado. El artículo 77 de la LUC aumentó a su vez la duración mínima para delincuentes con estos cargos de 12 a 24 meses, prevista en el artículo 116 Bis del código.

El artículo 78 cambió el artículo 222 del Código de la Niñez y la Adolescencia, al instaurar que quienes sean condenados de los 15 a los 18 años por delitos sexuales mantengan en su expediente el hecho al cumplir la mayoría de edad.

"En contra de la Constitución"

Más allá de que ratificaron lo expresado por los dirigentes nacionalistas, los dos penalistas consultados por El Observador mostraron sus discrepancias con los cambios impuestos por la LUC en el endurecimiento de estas penas. Fagúndez detalló que la modificación prevista en el artículo 86 de la LUC va "en contra de la Constitución", debido a que el artículo 26 de la carta magna asegura que la cárcel cumple una tarea de "reeducación", objetivo que pierde incentivo con la quita de la redención de pena por trabajo y estudio.

Además, el presidente del gremio de penalistas indicó que ese artículo rompe con el principio de legalidad al utilizar un decreto para derogar una ley que se apoya en la Constitución. El artículo 86 de la LUC establece que "el Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición en un plazo no mayor de ciento cincuenta días desde la promulgación de la presente ley". Para Fagúndez esta ley es "tramposa", porque habilita por decreto quitar un derecho constitucional, algo que se debe hacer "por ley", según el penalista. Las reglamentaciones se hacen por decreto. 

"Educación" y atención psiquiátrica

Para ambos penalistas, no es la correcta la solución elegida para penar a los delincuentes de actos sexuales. Montano dijo que la intención de la coalición fue "buena", pero criticó que en Uruguay "está demostrado" que "no sirve aumentar penas", debido a los altos niveles de reincidencia, mayores en quienes ya pasaron por una cárcel.

"Las soluciones tienen que venir por la educación", afirmó Montano, y agregó que en el caso de delitos graves, se debe brindar la posibilidad de una libertad anticipada, condicional o domiciliaria. También se refirió a la posibilidad de una libertad vigilada, "yendo a la policía una vez a la semana", detalló.

Por otro lado, Fagúndez explicó que los delincuentes sexuales deberían ser tratados con "atención psiquiátrica", debido a que su problema "no lo soluciona la cárcel", sino el "tratamiento efectivo" de cada caso.

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