Extienden hasta el 31 de julio de 2021 el plazo para actualizar la información requerida a los deudores del sector no financiero.

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El Banco Central extiende facilidades para deudores por la pandemia y autoriza mayores plazos para repagos

La Superintendencia de Servicios Financieros autorizó a bancos y administradoras de crédito a extender plazos para amortizaciones de créditos por hasta 180 días
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30 de abril de 2021 a las 17:26

La Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) del Banco Central del Uruguay (BCU) resolvió extender los plazos de vigencia de anteriores medidas adoptadas en el contexto de emergencia sanitaria, que abarcan tanto a empresas como a personas físicas, según informó este viernes la autoridad monetaria. 

En primer lugar, la SSF autorizó a las instituciones de intermediación financiera​ a extender hasta el 31 de enero de 2022 el plazo de vigencia de la disposición que permitía incrementar en 10% (hasta 25% de la responsabilidad patrimonial neta) el tope de riesgos con partes vinculadas por operaciones con empresas administradoras de crédito y entidades que prestan al consumo declaradas conjunto económico con la institución.

Del mismo modo, la Superintendencia habilitó a las instituciones de intermediación financiera a extender hasta el 31 de julio de 2021 el plazo para actualizar la información requerida a los deudores del sector no financiero, así como de los informes sobre el valor de tasación de las correspondientes garantías.

Por otra parte, también se autorizó a las instituciones de intermediación financiera, empresas de servicios financieros y empresas administradoras de crédito de mayores activos a extender el plazo de operaciones crediticias de clientes personas físicas con créditos al consumo, vivienda y por utilización de tarjetas de crédito, que se encuentren calificados como vigentes al 28 de febrero de 2021 y cuyos vencimientos se produzcan hasta el 31 de agosto de 2021, por un período de hasta 180 días en las mismas condiciones dadas a conocer en 2020.

Además, se autorizó a las instituciones de intermediación financiera, casas de cambio, empresas de servicios financieros y empresas de transferencias de fondos a extender el plazo hasta el 30 de noviembre de 2021 para aplicar los procedimientos de verificación de la identidad de clientes no residentes.

Finalmente, se prorrogó por 30 días la presentación de los informes referidos de auditores externos referidos al 31 de diciembre de 2020 cuyos vencimientos ocurran durante los meses de abril y mayo de 2021, de acuerdo con el detalle incluido en la correspondiente comunicación​.

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