El exgerente de Recursos Humanos de la automotora Santa Rosa, concesionaria en Uruguay de marcas como Renault y Nissan, estafó a lo largo de 20 meses a la empresa por un total de US$ 386 mil, confirmaron a El Observador allegados al caso.
Las partes, sin embargo, llegaron a un acuerdo confidencial reparatorio por el que se estableció que el exfuncionario devolviera US$ 220 mil, de forma tal que se lo absolvió del delito continuado de estafa. "Téngase por extinguido el delito", afirma el escrito al que accedió El Observador.
La denuncia fue presentada por el abogado Federico Soneira, en representación de la automotora. El hombre, sin antecedentes, estafó a la empresa desde 2016 y por un período de 20 meses. Sin embargo, la denuncia por estafa recién se presentó en mayo de 2019. Para ese entonces, el hombre seguía formando parte de la firma, aunque fue desvinculado tiempo después.
La razón, explicaron allegados al caso, fue que la estafa surgió en el análisis de los balances anuales de la empresa y fue detectado en el de 2018. En los ejercicios anteriores no llamó la atención porque eran sumas menores.
El escrito al que accedió El Observador asegura que el hombre "ocupaba un cargo de confianza en la empresa" y estaba "a cargo, dentro de otras funciones, de enviar un listado digital mensual con los sueldos de todo el personal (más de 200 empleados) al gerente financiero".
De esta manera, el responsable de finanzas pedía al banco la autorización para hacer la transferencia a las cuentas de los funcionarios.
La investigación arrojó que el hombre "se colocaba en dos oportunidades" en la lista de funcionarios, por lo que "cobraba doble".
El caso llegó a la Fiscalía de Delitos Económicos que investigó el caso y dispuso la formalización por "la presunta comisión de un delito continuado de estafa". Sin embargo, las partes llegaron al acuerdo reparatorio que fue homologado por la Fiscalía.
El acuerdo reparatorio establece que el imputado y la víctima, desde el momento de la formalización de la investigación y durante todo el proceso, pueden llegar a un acuerdo "materia o simbólico", que luego será puesto a consideración de la Justicia, tal como establece el artículo 393 del nuevo código del proceso penal.
La reparación puede darse siempre y cuando no exista "interés público en la persecución", así como cuando "la gravedad de la culpabilidad no se oponga a ello". Este acuerdo es realizable en casos de delitos culposos, castigados con pena de multa, de lesiones personales, de contenido patrimonial o contra el honor. Cumplido el acuerdo reparatorio y declarado judicialmente dicho cumplimiento, el delito queda extinguido.
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