La Justicia Civil tiene el desafío de ponerle precio a cosas que no lo tienen. En 2017, el funcionario policial Juan Antonio Lanza mató de un disparo en la cabeza a su esposa, Valeria Sosa, frente a sus dos hijos de 7 y 10 años. Ella ya había hecho dos denuncias en la policía, que nunca tuvieron un correlato en la Justicia, razón por la que se sumarió a 17 policías.
Lanza fue condenado a 16 años de prisión y la familia de Sosa fue contra el Ministerio del Interior en la vía civil por entender que su impericia terminó con ella muerta. Inicialmente se había condenado a la cartera a pagar cerca de US$ 940 mil por daño moral, pero el ministerio apeló y el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5to Turno la redujo en más de un 80%. El abogado de la familia, Ignacio Durán, llevó el caso a la Suprema Corte de Justicia.
El femicidio de Sosa fue el quinto que ocurrió en un mes e hizo que el Frente Amplio y el Partido Nacional coincidieran en la necesidad de tomar medidas legislativas. Ese mismo año se sancionó la ley de violencia hacia las mujeres basada en género (19.580) que agregó el femicidio como situación agravante del homicidio.
Además, el ministerio debe pagar otra cifra por el concepto de lucro cesante, a lo que el tribunal también decidió reducir un 20%.
Según la sentencia a la que accedió El Observador, la reducción de la compensación por daño moral a US$ 158.200 fue por dos razones. En primer lugar, aceptó el argumento del Ministerio del Interior de que el monto que había fijado en primera instancia el juez Pablo Gandini son “manifiestamente desproporcionados para el baremo jurisprudencial”. Es decir, no son los que se estila aplicar en este tipo de casos.
Además, las tres ministras firmantes –Loreley Pera, Analía García y Cecilia Schroeder– entendieron que la responsabilidad del Ministerio del Interior no era total, como lo había percibido Gandini. Estimaron que la responsabilidad del estado fue del 70%.
"El obrar del Ministerio del Interior no fue el único causante del daño, ya que este no se hubiera producido sin el accionar del victimario", expone el fallo. El juez Gandini había entendido lo contrario porque el protocolo de Actuación en materia de Violencia Doméstica obligaba a quitarle el arma de reglamento a los funcionarios denunciados, cosa que no pasó con Lanza. Esa arma fue la que después utilizó para matar a Sosa.
"Indudablemente es imposible asegurar que, de haberse procedido en la forma debida, poniendo en conocimiento de la denuncia a la Justicia y retirándole el arma de reglamento al ofensor, se hubiera evitado la muerte de la Sra. Sosa, pero indudablemente ese hecho hubiera contribuido a que el lamentable suceso no ocurriera", argumentó el tribunal de apelaciones.
La crítica al juez anterior
La familia de Valeria interpuso un recurso en la Suprema Corte de Justicia: "Es absurdo"
El abogado Ignacio Durán, patrocinante de la familia de Valeria Sosa, interpuso un recurso de casación en la Suprema Corte de Justicia para que se vuelva a revisar el fallo, que los dejó profundamente disconformes.
"Las circunstancias particulares del caso lo vuelven absolutamente único en su especie por su gravedad y ameritan consecuentemente la imposición de una reparación muy superior a la que los baremos jurisprudenciales marcan, derivando en una solución que debe catalogarse como absurda para el caso concreto", argumentó en el escrito al que accedió El Observador. Advirtió que en este caso hubo "ausencia absoluta del Estado".