Al menos dos fiscales de Flagrancia, Sabrina Flores y Adriana Costa, indagan el origen de la página de Instagram Varones Carnaval, luego de que más de 15 personas denunciara el sitio por difamación e injurias, dijeron a El Observador fuentes de la investigación.
El sitio investigado, creado durante el último fin de semana de agosto, publicó 254 posteos con diferentes relatos sobre situaciones de violencia, abuso o acoso sexual por parte de hombres vinculados a conjuntos carnavaleros o incluso a agrupaciones de Carnaval de las Promesas. Por motivo de esas acusaciones, la fiscal de Delitos Sexuales Sylvia Lovesio citó en los últimos días a varias de las denunciantes, aunque aún tiene pendiente filtrar aquellos relatos que describan con más claridad y detalles las presuntas situaciones delictivas.
En paralelo, el departamento de Delitos Informáticos de la Policía Nacional recibió a fines de agosto cerca de 10 denuncias por algunos de los afectados, y en el correr de los días ese número creció a más de 15, la mayoría de las cuales están a cargo de Flores. Esta fiscal ya envió un exhorto a la empresa Instagram –compañía que es propiedad de Facebook– para conocer "quién es el administrador de la página" denunciada, dijeron las fuentes consultadas.
La fiscal Costa, por su parte, dijo a El Observador que dio instrucciones a los investigadores policiales para que también continuaran con las averiguaciones de modo de determinar "a los responsables" de ese sitio de la red social.
Según dijo días atrás el abogado de la Asociación de Directores del Carnaval de las Promesas (Adicapro) Eduardo Outerelo las denuncias presentadas responden al presunto daño sufrido por "varios socios" del gremio que "se sintieron afectados al ponerse sus nombres" en esa cuenta, cuando entienden que no fueron partícipes de ninguna situación de violencia.
El Código Penal define un delito de difamación y otro de injuria. El primero alcanza al que "ante varias personas reunidas o separadas, pero de tal manera que pueda difundirse la versión, le atribuyere a una persona un hecho determinado, que si fuere cierto, pudiera dar lugar contra ella a un procedimiento penal o disciplinario, o exponerla al odio o al desprecio público", y castiga al que cometa este ilícito con cuatro meses de prisión a tres años de penitenciaría, o con una multa que va desde 80 a 800 Unidades Reajustables ($ 102.645 a $ 1.026.456).
El segundo se imputa a quien "ofendiere de cualquier manera, con palabras, escritos o hechos, el honor, la rectitud o el decoro de una persona" y tiene una pena de tres a 18 meses de prisión o una multa de 60 a 400 Unidades Reajustables ($ 76.984 a $ 513.228).
Sin embargo, la ley Nº 18.815 –que introdujo en 2009 modificaciones a la regulación de los medios de comunicación– definió que para que cualquiera de estos delitos fuera imputados la Justicia tiene que probar que haya habido "real malicia del autor de agraviar a las personas o vulnerar su vida privada".
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